Resolución de la Corporación Autónoma Regional del Centro de Antioquia, 2021-04-09 - Normativa - VLEX 878214463

Resolución de la Corporación Autónoma Regional del Centro de Antioquia, 2021-04-09

Número de radicado160HX-RES2104-1944
Fecha de publicación09 Abril 2021
SISTEMA DE GESTIÓN INTEGRAL -SGI
RESOLUCIÓN
CÓDIGO: FT-GIC-24
VERSIÓN: 03
PÁGINA 1 de 6
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POR LA CUAL SE OTORGA CONCESIÓN DE AGUAS SUPERFICIALES
El Jefe de la Oficina Territorial Hevéxicos de la Corporación Autónoma Regional
del Centro de Antioquia, CORANTIOQUIA, en uso de las facultades otorgadas
por la Resolución No. 040-RES2001-378 del 27 de enero de 2020, y
CONSIDERANDO
Que el día 8 de marzo de 2021, el CONSEJO COMUNITARIO DE LA
COMUNIDAD NEGRA DE LA VEREDA TAFETANES SECTOR LA CAÑADA
DEL ORO identificado con NIT 901.094.502-7, a través de su representante
legal señora JACKELINE TORO LUNA identificada con cédula de ciudadanía
número 43.704.071, presentó solicitud de Concesión de Aguas Superficiales
mediante formulario con radicado 160HXCOE2103-8843 , de la fuente como
se describe a continuación:
Nombre de la fuente: QUEBRADA LA JIMENEZ
Predio o comunidad
Vereda
Municipio
Parcelación el Sabanazo
El Rodeo
Sopetrán
Que la petición se presentó para los siguientes usos:
Nombre de la fuente: QUEBRADA LA JIMENEZ
Uso
Predio/Comunidad
Ubicación del predio o comunidad a
beneficiarse
Vereda
Municipio
Agrícola
Parcelación el Sabanazo
El Rodeo
Sopetrán
Que la presente concesión se otorga con base en la información contenida
en el Informe Técnico número 160HX-IT2103-2790 del 16 de marzo de 2021.
1978 Julio 26 Por el cual se reglamenta la Parte III del Libro II del Decreto -
Ley 2811 de 1974: "De las aguas no marítimas" y parcialmente la Ley 23 de
1973). Y en ellas se establece:
ARTICULO 2.2.3.2.2.4. Dominio sobre las aguas de uso público. El Dominio
que ejerce la Nación sobre las aguas de uso público, conforme al artículo 80

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