Resolución de la Corporación Autónoma Regional del Centro de Antioquia, 2021-08-26 - Normativa - VLEX 878215171

Resolución de la Corporación Autónoma Regional del Centro de Antioquia, 2021-08-26

Fecha de publicación26 Agosto 2021
Número de radicado160CI-RES2108-5376
SISTEMA DE GESTIÓN INTEGRAL - SGI
RESOLUCIÓN
CÓDIGO: FT-GIC-24
VERSIÓN: 03
PÁGINA: 1 de 4
160CI-RES2108-5376
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“POR LA CUAL SE ARCHIVA UN EXPEDIENTE”
El Jefe de la Oficina Territorial Citara de la Corporación Autónoma Regional del Centro
de Antioquia, de CORANTIOQUIA, en ejercicio de la delegación otorgada por la
Resolución N° 040-RES2002-555 del 3 de febrero 2020; concordada con los
Acuerdos 452 y 453 del 24 de noviembre del 2014 y el Memorando N° 040-
MEM2107-5131 del 29 de julio de 2021.
CONSIDERANDO
Que mediante escrito bajo radicado No 1405-839 del 14 de mayo de 2014 se
interpuso una denuncia contra los señores JORGE OCTAVIO GALLÓN RESTREPO
Y RITA EDILIA GALLÓN OSORIO, por la tala sistemática de bosque nativo y por
fumigaciones cercanas a sitios de captaciones de aguas en la vereda Alto Cañaveral,
localizado en el municipio de Andes Antioquia.
Que mediante acto administrativo N° 1409-17546 del 25 de septiembre de 2014, se
ordena iniciar trámite sancionatorio y ordenar la investigación en contra de los señores
Jorge OCTAVIO GALLÓN RESTREPO, identificado con la cédula de ciudadanía N°
15.528.166 y RITA EDILIA GALLÓN OSORIO, identificada con cédula de ciudadanía
21.458.376, por la intervención realizada sobre la cobertura vegetal nativa que
protegía recursos naturales importantes en especial la flora silvestre dentro del DMI
Cuchilla Jardín Támesis; y las afectaciones a las zonas de recarga hídrica donde se
encuentran los nacimientos de la quebrada Los Chorros y al Negra donde se ubican
las bocatomas que abastecen el acueducto Multiveredal de Andes. Que dicho acto
administrativo se fundamenta en el informe técnico Cl-1407-21416 del 07 de julio de
2014.
Que por acto administrativo Cl-1411-17683 del 25 de noviembre de 2014, la
Corporación Autónoma Regional del Centro de Antioquia, Oficina Territorial Citará,
formula en contra de los señores JORGE OCTAVIO GALLÓN RESTREPO,
identificado con la cédula de ciudadanía No 15.528.166 y RITA EDILIA GALLÓN
OSORIO, con cédula 21.458.376, el siguiente cargo.
• Realizar actividades de intervención sobre la cobertura vegetal nativa que protegía
recursos naturales importantes, en especial la flora silvestre dentro del DMI Cuchilla
Jardín Támesis y las afectaciones a las zonas de recarga hídrica donde se encuentran
nacimientos de la quebrada Los Chorros y la Negra donde se ubican las bocatomas
que abastece el acueducto Multiveredal de Andes; en contravención a lo prescrito en
el artículo 23 del decreto 1791 de 1996, artículo 8 literal g, del decreto 2811 de 1974.
Que para la formulación de este auto de cargos se consideró solamente el informe
técnico Cl-1407-21416 del 07 de julio de 2014.

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