Resolución de la Corporación Autónoma Regional del Centro de Antioquia, 2021-07-14 - Normativa - VLEX 878215843

Resolución de la Corporación Autónoma Regional del Centro de Antioquia, 2021-07-14

Fecha de publicación14 Julio 2021
Número de radicado160AS-RES2107-4209
SISTEMA DE GESTIÓN INTEGRAL - SGI
RESOLUCIÓN
CÓDIGO: FT-GIC-24
VERSIÓN: 03
PÁGINA: 1 de 18
160AS-RES2107-4209
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“POR LA CUAL SE OTORGA UN PERMISO DE VERTIMIENTO”
El Jefe de la Oficina Territorial Aburrá Sur de la Corporación Autónoma
Regional del Centro de Antioquia CORANTIOQUIA, en uso de sus facultades
conferidas mediante el Acuerdo No. 452 de 2014, modificado por el Acuerdo
No. 180-ACU2008-586 de 2020, la Resolución No. 040-1607-22528 del 14 de
julio de 2016, la Resolución No. 040-RES2101-201 del 15 de enero de 2021 y
el Memorando 040-MEM2104-3048 del 30 de abril de 2001, y
CONSIDERANDO
Que mediante Acto Administrativo No. 160AS-ADM2106-3630 del 15 de junio
de 2021, la Oficina Territorial Aburrá Sur de CORANTIOQUIA, admitió y
declaró iniciado el trámite de Permiso de Vertimiento puntual al suelo,
presentado por la señora DIANA MARÍA RESTREPO PEÑA, identificada con
cédula de ciudadanía No. 32.150.147, para las Aguas Residuales Domésticas
-ARD- a generar en un predio (Lote # 16) del cual es propietaria (Matrícula
Inmobiliaria No. 001-776731), ubicado en la Vereda La Corrala, del Municipio
de Caldas - Antioquia. Diligencias radicadas en el Expediente No. AS7-2021-
295.
Que se realiza por el área técnica visita ocular al predio y evaluación de la
información aportada al trámite, dando origen al Informe Técnico No. 160AS-
IT2107-7044 del 06 de julio de 2021, en el que se conceptúa entre otros, lo
siguiente:
Situación encontrada y/o análisis de información:
El día 28 de Junio de 2021, se realizó visita técnica en compañía de la señora DIANA
MARIA RESTREPO PEÑA, al lote # 16 ubicado al interior de lo que se denomina
“parcelación La Posada de Oriente” vereda la Corrala del municipio de Caldas, con
coordenadas 75°37'35.50"O, 6°5'3.40"N, cota 1838 msnm.
La solicitud la realiza la señora Diana María Restrepo Peña como persona natural y
dueña del lote # 16 con matrícula No 001-776731, dado que, lo que se denomina
como parcelación La Posada de Oriente” no se encuentra constituida como persona
jurídica.
Características del predio:
En el lote #16, al momento de la visita técnica se evidenció que no hay edificación o
construcción alguna, dado que la señora Diana María Restrepo Peña se encuentra a
la espera de la licencia urbanística por el Municipio de Caldas, por ende, no se
encuentra instalado el pozo séptico que propone en la solicitud, el cual será un
sistema séptico integrado con un tanque horizontal, fabricado con polietileno lineal,
con una capacidad de 2.000 litros, con descarga puntual al suelo.
SISTEMA DE GESTIÓN INTEGRAL - SGI
RESOLUCIÓN
CÓDIGO: FT-GIC-24
VERSIÓN: 03
PÁGINA: 2 de 18
160AS-RES2107-4209
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Este lote #16, es derivado de un loteo de subdivisión según la resolución 0195 del 13
de Octubre de 1999, expedida por el Departamento Administrativo del Municipio de
Caldas, que consta de 30 lotes, la señora Diana María Restrepo Peña pretende
construir una (1) vivienda de tres (3) pisos que será habitada por 6 personas en
promedio, 4 permanentes y 2 flotantes, para esta actividad se contara con el
suministro de agua por parte de la Asociación de usuarios del acueducto multiveredal
Corrala, Corralita y Corrala parte baja con NIT 811.020.0402, por lo cual se requiere
instalar un sistema de tratamiento básico para aguas residuales domésticas.
Dado que la señora Diana María Restrepo solo aportó certificado de matrícula
inmobiliaria y no aportó la información correspondiente a la licencia de subdivisión,
como soporte legal, se retoma información del informe técnico de evaluación 160AS-
IT2104-3450 del 6 de abril de 2021 (pagina 3 y 4) y el radicado 160AS-COE2103-
11712 del 26 de marzo de 2021(pagina 2 y 3), pertenecientes al expediente AS7
2021-5, que corresponde al predio vecino lote # 20 de la parcelación La Posada de
Oriente, donde se encuentra la licencia de subdivisión resolución 0195 del 13 de
Octubre de 1999, de La Posadas Oriente expedida por el Departamento
Administrativo del Municipio de Caldas y certificado de matrícula inmobiliaria.
(…)
Datos tomados en campo y según las especificaciones expuestas por el
solicitante al momento de la visita:
Coordenadas Ubicación del predio:
Sistema de referencia
Y: Latitud
MSNM
MAGNA-SIRGAS Colombia Bogotá
1164803.233
1838
Coordenadas Ubicación del Sistema:
Sistema de referencia
Y: Latitud
MSNM
MAGNA-SIRGAS Colombia Bogotá
1164790.729
1824
Coordenadas Ubicación de las descargas:
Sistema de referencia
Y: Latitud
MSNM
MAGNA-SIRGAS Colombia Bogotá
1164787.913
1823
Se procede a realizar la revisión y el análisis técnico de la información presentada en
la solicitud por la señora Diana María Restrepo Peña y la verificación de las
determinantes ambientales y condicionantes que están asociados al predio
identificado con matrícula inmobiliaria No. 001-776731, inmueble sobre el cual el
usuario tramita como propietaria. Se destacan los siguientes aspectos:
Información y documentación consultada y aportada por el usuario
(…)
Características del sistema de tratamiento propuesto:
El sistema séptico integrado Rotoplast consiste en tanques horizontales, fabricado
con polietileno lineal, dividido en su interior en cámaras que conforman el tanque
séptico y el filtro, con una capacidad de 2.000 litros. El sistema tiene las siguientes
dimensiones: 1.23 m altura x 1.14 m ancho x 2.30m longitud, está conformado por
tanque séptico de 1545 l, FAFA de 515 l y la trampa de grasas de 105 l. La forma de
descarga del vertimiento es puntual al suelo mediante campo de infiltración como se
observa en la figura 5. El sistema séptico cumple con la norma NTC 5770 y con los
requerimientos de la resolución 631 de 2015 y decreto 1594 de 1984. Las
especificaciones técnicas del sistema de tratamiento, cumple con el RAS 2017.

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