Resolución de la Corporación Autónoma Regional del Centro de Antioquia, 2021-07-12 - Normativa - VLEX 878216600

Resolución de la Corporación Autónoma Regional del Centro de Antioquia, 2021-07-12

Fecha de publicación12 Julio 2021
Número de radicado160AN-RES2107-4109
SISTEMA DE GESTIÓN INTEGRAL - SGI
RESOLUCIÓN
CÓDIGO: FT-GIC-24
VERSIÓN: 03
PÁGINA: 1 de 52
160AN-RES2107-4109
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POR LA CUAL SE NIEGA UN PERMISO DE VERTIMIENTO
El Jefe de la Oficina Territorial Aburrá Norte de la Corporación Autónoma
Regional del Centro de Antioquia, CORANTIOQUIA, en uso de las facultades
conferidas en la Ley 99 de 1993 y el Acuerdo Corporativo No.586 del 14 de
agosto del 2020, en concordancia con la Resolución No.040-RES-2101-427
del 29 de enero de 2021 y el Memorando No.040-MEM2104-3047 del 30 de
abril del 2021,
CONSIDERANDO
Que es función de CORANTIOQUA, en su jurisdicción, otorgar concesiones,
permisos, autorizaciones y licencias ambientales requeridas por la ley para el
uso, aprovechamiento o movilización de los recursos naturales renovables o
para el desarrollo de actividades que afecten o puedan afectar el medio
ambiente, de conformidad con el Numeral 9, artículo 31 de la Ley 99 de 1993.
Que en el Expediente AN7-2009-155, mediante Formulario Único de Solicitud
de Permiso de Vertimientos radicado bajo el consecutivo No.130AN-97-2140
del 23 de julio del 2009, la sociedad TINTURAS Y TELAS S.A, con
NIT.811.011.232-1, solicitó Permiso de Vertimientos para las aguas residuales
industriales generadas en el predio denominado Tinturas y Telas S.A, ubicado
en la Vereda El Hatillo, Sector La Lomita del Municipio de Barbosa del
Departamento de Antioquia. Expediente AN7-2009-155
Que dentro de este expediente; en virtud de la información presentada, se
emitió el Acto Administrativo de iniciación de trámite con radicado No.130AN-
13439 del 30 de julio del 2009, en el cual se adoptaron decisiones tales como
admitir la solicitud, declarar iniciado el trámite, evaluar la información aportada
y disponer la publicación y notificación del Acto Administrativo.
Que, de conformidad con lo dispuesto en el Acto Administrativo de inicio del
trámite de Permiso de Vertimientos, se generó el Informe Técnico No.130AN-
12910 del 26 de agosto del 2009.
Que en atención a lo conceptuado en el Informe Técnico realizado, por medio
del Acto Administrativo con radicado No.130AN-14813 del 23 de diciembre del
2009, se dispuso requerir a la sociedad TINTURAS Y TELAS S.A, para que
aportara información necesaria para dar trámite al permiso de vertimientos
solicitado.
Que mediante Comunicación Externa No.130AN-104-1329 del 27 de abril del
2010, la sociedad TINTURAS Y TELAS S.A, presentó información en atención
al requerimiento realizado por esta Oficina Territorial.
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Que por medio de las Comunicaciones Externas No.130AN-1108-3944 del 04
de agosto del 2011 y 130AN-1204-939 del 09 de abril del 2012, la sociedad
TINTURAS Y TELAS S.A, hace entrega del informe de los trabajos
adelantados en la planta de aguas residuales, y así mismo, de la
caracterización de los vertimientos generados.
Que en atención a la información presentada, se generó el Informe Técnico
No.130AN-1207-22311 del 26 de julio del 2012, de cuyo contenido se
desprendió el Acto Administrativo con radicado No.130AN-1304-23179 del 24
de abril del 2013, en el cual se dispuso requerir a la sociedad TINTURAS Y
TELAS S.A, con NIT.811.011.232-1, para que diera cumplimiento a una serie
de obligaciones, con la finalidad de dar trámite y poder conceptuar sobre la
solicitud de permiso de vertimientos.
Que posteriormente, la sociedad TINTURAS Y TELAS S.A, a través de la
Comunicación Externa No.130AN-1311-3953 del 28 de noviembre del 2013,
presentó respuesta a los requerimientos dados mediante el Acto
Administrativo con radicado No.130AN-1304-23179 del 24 de abril del 2013.
Que por medio del Acto Administrativo con radicado No.160AN-1601-28312
del 29 de enero del 2016, se dispuso por parte de esta Oficina Territorial,
desglosar el expediente AN7-2009-155, toda vez que en el mismo reposaba
información de diferentes componentes ambientales del desarrollo de la
actividad de la sociedad TINTURAS Y TELAS S.A, quedando en el Expediente
relacionado (AN7-2009-155), el trámite correspondiente a la solicitud de
permiso de vertimiento adelantada.
Que con posterioridad, y en atención a la falta de impulso del trámite de
permiso de vertimientos solicitado por la sociedad TINTURAS Y TELAS S.A;
y que reposa en el expediente AN7-2009-155, por medio de la Comunicación
Oficial Interna con radicado No.160AN-COI1908-21245 del 26 de agosto del
2019, se solicitó a la sociedad informará su interés de continuar con el trámite
solicitado, para lo cual se dio respuesta por medio de la Comunicación externa
No.160AN-COE1910-34293 del 04 de octubre del 2019, manifestando su
intención de continuar con el trámite.
Que con la finalidad de evaluar las condiciones del permiso de vertimientos
solicitado, el día 29 de noviembre del 2019, se realizó visita técnica al área del
desarrollo de la actividad de la sociedad TINTURAS Y TELAS S.A, de la cual
se generó el Informe Técnico No.160AN-IT1912-14991 del 27 de diciembre del
2019, en el cual se establecen las siguientes conclusiones y recomendaciones:
“(…)
Conclusiones
TINTURAS Y TELAS SA. solicita permiso de vertimientos para las aguas
residuales domésticas e industriales producidas en el predio ubicado en la
vereda Tablazo del Municipio de Barbosa. El abastecimiento para las
actividades domésticas e industriales desarrolladas en el predio, es proveniente
de la captación de agua de la quebrada Las Lajas, concesionada a través del
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expediente AN1-2015-163, con uso doméstico de 0,0463 l/s y uso industrial
6,944 l/s, en total el caudal otorgado es de 6,99 l/s.
TINTURAS Y TELAS S.A. es una empresa que viene desarrollando su actividad
productiva desde el año 1988, dedicada a acabados textiles exclusivamente a
trituración de telas a terceros, con una producción actual entre 180 a 200
toneladas al mes.
Dentro del expediente AN7-2009-155 (desglosado a través del acto N° 160AN-
1601-28312), se realiza el respectivo seguimiento de los residuos peligros
generados por la empresa y el permiso de emisiones atmosféricas de las tres
calderas que operan en la empresa; por lo anterior, en este informe solo se
evaluó lo pertinente del permiso de vertimiento doméstico e industrial.
En este informe se evaluó la documentación entregada por el usuario, en
cumplimiento de tos requerimientos solicitados en el Acto Administrativo N°
130AN-1304-23179 del 24 de abril de 2013; así mismo, se realizó visita técnica
de campo en la cual se comprobaron nuevas adecuaciones y mejoras
significativas en La Planta de Tratamiento de Aguas Residuales Industriales, lo
cual ya no se encuentra acorde con la información antigua que reposa en el
expediente, por lo anterior, el usuario deberá actualizar y complementar la
documentación, para darle continuidad al trámite de permiso de vertimiento de
las aguas residuales domesticas e industriales de la empresa TINTURAS Y
TELAS SA.
EI vertimiento de características domesticas de TINTURAS Y TELAS SA. es
proveniente de los servicios sanitarios, cocina y duchas destinas para el uso de
los empleados que laboran en la empresa; la descarga se realiza a cuerpo de
agua identificado como “Caño”, el cual desemboca en Quebrada Sin Nombre y
posteriormente al Rio Medellín. El caudal fue determinado a partir de la
información aportada por el usuario de 90 empleados en la actualidad y un
consumo de 50 L/persona/día con tasa de retorno del 80% de acuerdo con los
módulos de consumo establecidos en la Corporación, arrojando un caudal de
0,044 l/s. El punto exacto de descarga del vertimiento doméstico, deberá ser
georreferenciado por el usuario, ya que, durante la visita de campo, no fue
posible identificarlo con total claridad.
El vertimiento de características industriales, surge de la actividad productiva
de la empresa. La trituración de telas se da por medio de 13 máquinas teñidoras
que operan en 3 turnos diarios de 8 horas, tinturando alrededor de 6 toneladas
de tela; en este proceso se requiere de agua y vapor a temperatura ambiente
para regular el calor interno de las máquinas. El agua con coloración y residuos
químicos como detergentes, sodas, alcalinos y solventes que se adicionan a
las telas, son recolectadas y conducidas a la Planta de tratamiento de Aguas
Residuales Industriales, produciendo un caudal de agua tratada de 6 l/s
(verificado en campo), el cual es descargado a la quebrada La Trocha que
posteriormente desemboca en el Rio Medellín.
Las caracterizaciones de las aguas residuales de TINTURAS Y TELAS S.A.
que reposan en el expediente, no responden a los requerimientos solicitados
por la entidad, puesto que la antigüedad de estas caracterizaciones (6 y 9
años), no son representativas frente al tratamiento actual que tiene la empresa,
principalmente para las aguas residuales industriales y los parámetros de
análisis evaluados deben estar acordes con lo exigido en la normatividad actual
(Resolución 0631 de 2015) para vertimientos a cuerpos de agua.

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