Resolución de la Corporación Autónoma Regional del Centro de Antioquia, 2020-05-05 - Normativa - VLEX 878219798

Resolución de la Corporación Autónoma Regional del Centro de Antioquia, 2020-05-05

Fecha de publicación05 Mayo 2020
Número de radicado160ZF-RES2005-2406
SISTEMA DE GESTIÓN INTEGRAL -SGI
RESOLUCIÓN
CÓDIGO: FT-GIC-24
VERSIÓN: 03
PÁGINA: 1 de 80
Oficina Territorial Zenufaná: Vegachí-Antioquia, Carrera 49 N°49-33. Teléfono: 830 60 63, Fax: 830 57 33
e-mail zenufana@corantioquia.gov.co
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“POR LA CUAL SE RESUELVE UN RECURSO DE REPOSICIÓN
El Jefe de la Oficina Territorial Zenufaná De La Corporación Autónoma
Regional Del Centro De Antioquia en cumplimiento de sus funciones de
conformidad al Acuerdo del Consejo Directivo N° 452 del 24 de noviembre de
2014, a la Resolución 040-1607-22528 del 14 de julio de 2016
C O N S I D E R A N D O
Que por consecutivo interno 130ZF-107-1263 del 13 de julio de 2010,
habitantes del sector de la calle 55 con carrera 7 del Municipio de Puerto
Berrio denunciaron ante esta Oficina Territorial la perturbación ambiental
generada por los olores fétidos provenientes del boxcoulver situado en la
dirección de la misma comunidad.
Que mediante informe técnico 130ZF-1102-9066 del 9 de febrero de 2011, se
procedió a atender la denuncia presentada, identificando lo siguiente:
SISTEMA DE GESTIÓN INTEGRAL -SGI
RESOLUCIÓN
CÓDIGO: FT-GIC-24
VERSIÓN: 03
PÁGINA: 2 de 80
160ZF-RES2005-2406
Oficina Territorial Zenufaná: Vegachí-Antioquia, Carrera 49 N°49-33. Teléfono: 830 60 63, Fax: 830 57 33
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SISTEMA DE GESTIÓN INTEGRAL -SGI
RESOLUCIÓN
CÓDIGO: FT-GIC-24
VERSIÓN: 03
PÁGINA: 3 de 80
160ZF-RES2005-2406
Oficina Territorial Zenufaná: Vegachí-Antioquia, Carrera 49 N°49-33. Teléfono: 830 60 63, Fax: 830 57 33
e-mail zenufana@corantioquia.gov.co
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Que como consecuencia, se emitió el Acto Administrativo 130ZF-1102-4823
del 10 de febrero de 2011 por medio del cual se requirió al Municipio de Puerto
Berrio y a la Empresa Aguas del Puerto S.A E.S.P a través de sus
representantes legales, con el fin de dar cumplimiento a las siguientes
obligaciones ambientales:

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