Resolución de la Corporación Autónoma Regional del Centro de Antioquia, 2020-10-22 - Normativa - VLEX 878224942

Resolución de la Corporación Autónoma Regional del Centro de Antioquia, 2020-10-22

Número de radicado160AN-RES2010-5940
Fecha de publicación22 Octubre 2020
SISTEMA DE GESTIÓN INTEGRAL - SGI
RESOLUCIÓN
CÓDIGO: FT-GIC-24
VERSIÓN: 03
PÁGINA 1 DE 5
160AN-RES2010-5940
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“POR LA CUAL SE DECLARA EL DESISTIMIENTO TÁCITO”
El jefe de la Oficina Territorial Aburrá Norte de la Corporación Autónoma
Regional del Centro de Antioquia CORANTIOQUIA, en uso de las
facultades otorgadas por la Resolución 040-RES2003-1337 del 18 de marzo
de 2020, y
CONSIDERANDO
Que el día 24 de septiembre de 2008, el señor JESUS ANTONIO OSSA
MAZO, identificada con cédula de ciudadanía No. 3.571.586, solicitó permiso
de vertimiento para las aguas residuales domésticas, que se generan en su
predio, ubicado en la vereda La Ese del municipio de Girardota, Antioquia.
Expediente AN7-2006-262.
Que mediante Comunicación Oficial Interna No. 130AN-1208-1114 del 09 de
agosto de 2012, notificado el 17 de agosto de 2012, se requirió al señor
JESUS ANTONIO OSSA MAZO, identificada con cédula de ciudadanía No.
3.571.586, en los siguientes términos:
“(…)
El trámite a la fecha se encuentra suspendido, hasta tanto se
cancele la factura por concepto de liquidación real por Evaluación
del Permiso No. 10752 cuyo valor es de $ 56.980 pesos, la cual le
adjunto.
Conforme a lo anterior, le solicito que en un plazo de quince (15)
días calendario se acerque a nuestras oficinas a realizar el pago. En
el evento que en dicho tiempo no se anexe la constancia del pago,
se procederá al archivo del expediente, teniendo como base el
desinterés del usuario en impulsar el procedimiento y en
consecuencia deberá abstenerse de realizar vertimientos sin contar
con el correspondiente permiso.
(…)”
Que al realizar el análisis del expediente AN7-2006-262, no se evidencia que
el usuario haya dado cumplimiento a la comunicación interna No. 130AN-
1208-1114 del 09 de agosto de 2012, como tampoco se evidencia que haya
realizado acciones que permitan determinar el interés en continuar con el
trámite de solicitud de permiso de vertimientos, voluntad que se ve reflejada

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