Resolución de la Corporación Autónoma Regional del Centro de Antioquia, 2021-09-02 - Normativa - VLEX 878229402

Resolución de la Corporación Autónoma Regional del Centro de Antioquia, 2021-09-02

Número de radicado160ZF-RES2109-5579
Fecha de publicación02 Septiembre 2021
SISTEMA DE GESTIÓN INTEGRAL - SGI
RESOLUCIÓN
CÓDIGO: FT-GIC-24
VERSIÓN: 03
PÁGINA: 1 de 30
Corantioquia está comprometida con el tratamiento legal, lícito, confidencial y seguro de sus datos personales. Por
favor consulte nuestra Política de Tratamiento de datos personales en nuestra página web: www.corantioquia.gov.co
Oficina Territorial Zenufaná:
Vegachí-Antioquia, Carrera 49
N°49-33
Tel: 57 (4) 830 60 63
e-mail
zenufana@corantioquia.gov.co
“POR LA CUAL SE OTORGA UN PERMISO DE VERTIMIENTOS Y SE TOMAN
OTRAS DETERMINACIONES”
EL JEFE DE LA OFICINA TERRITORIAL ZENUFANÁ DE LA CORPORACIÓN
AUTÓNOMA REGIONAL DEL CENTRO DE ANTIOQUIA EN CUMPLIMIENTO DE
SUS FUNCIONES DE CONFORMIDAD AL ACUERDO DEL CONSEJO DIRECTIVO
N° 452 DEL 24 DE NOVIEMBRE DE 2014, LA RESOLUCIÓN 040-RES1811-6140
DEL 8 DE NOVIEMBRE DE 2018, Y LA RESOLUCIÓN 040-RES1905-2216 DEL 2
DE MAYO DE 2019, Y CONSIDERANDO
Que mediante escrito con radicado interno corporativo 160ZF-COE2106- 21717 del
10 de junio de 2021, el MUNICIPIO DE VEGACHÍ identificado con NIT. 890.985.285-
8, a través de su representante legal, el señor DEISON ULILO ACEVEDO MÉNDEZ
identificado con la cédula de ciudadanía No. 98.696.373 de Bello-Antioquia, en su
condición de Alcalde Municipal, solicitó a la Corporación Autónoma Regional del
Centro de Antioquia-CORANTIOQUIA, Oficina Territorial Zenufaná, Permiso de
Vertimientos para la instalación de cincuenta y ocho (58) sistemas de tratamiento de
Aguas Residuales Domestica ARD (tanques sépticos), en las veredas La Gallinera,
San Pascual, Piedrancha, Bellavista, todas en la jurisdicción del Municipio de
Vegachí, dentro del convenio interadministrativo No. 040-COV2007-59 de julio de
2020, celebrado entre CORANTIOQUIA y el Municipio de Vegachí, cuyo objeto es
“Aunar esfuerzos para contribuir al saneamiento hídrico rural en el Municipio de
Vegachí Antioquia”. Expediente ZF7-2021-300.
Que de la revisión de la información se identificó que no estaban completos los
requisitos mínimos para iniciar el trámite y se procedió a expedir el Acto Administrativo
160ZF-ADM2106-3651 del 16 de junio de 2021, en el cual se requirió al MUNICIPIO
DE VEGACHÍ identificado con NIT. 890.985.285-8, para que allegara lo siguiente:
“(…) La información faltante correspondiente a la Junta de Acción Comunal de la
vereda Piedrancha quien realiza sus descargas al suelo:
Presentar de conformidad al artículo 2.2.3.3.4.9 del Decreto 1076 de 2015,
modificado por el artículo del decreto 050 de 2018, la información requerida para
los permisos de vertimientos al suelo:
Para Aguas Residuales Domésticas tratadas:
1. Infiltración. Resultados y datos de campo de pruebas de infiltración calculando la
tasa de infiltración.
2. Sistema de disposición de los vertimientos. Diseño y manual de operación y
mantenimiento del sistema de disposición de aguas residuales tratadas al suelo,
incluyendo el mecanismo de descarga y sus elementos estructurantes que permiten
el vertimiento al suelo.
3. Área de disposición del vertimiento. Identificación del área donde se realizará la
disposición en plano topográfico con coordenadas magna sirgas, indicando como
SISTEMA DE GESTIÓN INTEGRAL - SGI
RESOLUCIÓN
CÓDIGO: FT-GIC-24
VERSIÓN: 03
PÁGINA: 2 de 30
Corantioquia está comprometida con el tratamiento legal, lícito, confidencial y seguro de sus datos personales. Por
favor consulte nuestra Política de Tratamiento de datos personales en nuestra página web: www.corantioquia.gov.co
Oficina Territorial Zenufaná:
Vegachí-Antioquia, Carrera 49
N°49-33
Tel: 57 (4) 830 60 63
e-mail
zenufana@corantioquia.gov.co
mínimo: dimensión requerida, los usos de los suelos en las áreas colindantes y el uso
actual y potencial del suelo donde se realizará el vertimiento del agua residual
doméstica tratada, conforme al Plan de Ordenación y Manejo de Cuenca Hidrográfica
y los instrumentos de ordenamiento territorial vigentes.
4. Plan de cierre y abandono del área de disposición del vertimiento. Plan que define
el uso que se le dará al área que se utilizó como disposición del vertimiento. Para tal
fin, las actividades contempladas en el plan de cierre deben garantizar que las
condiciones físicas, químicas y biológicas del suelo permiten el uso potencial definido
en los instrumentos de ordenamiento territorial vigentes y sin perjuicio de la afectación
sobre la salud pública.
Que el MUNICIPIO DE VEGACHÍ identificado con NIT. 890.985.285-8, mediante
radicado interno corporativo N°160ZF-COE2107-26554 del 21 de julio de 2021, dio
respuesta al requerimiento realizado mediante el Acto Administrativo N°160ZF-
ADM2106-3651 del 16 de junio de 2021.
Que subsanada la información faltante por parte del solicitante, y estando completos
los requisitos mínimos, se procedió a la expedición del Acto Administrativo N°160ZF-
ADM2108-4725 del 3 de agosto de 2021, por el cual se admitió e inició la solicitud de
Permiso de Vertimientos.
Que adicionalmente en el Acto Administrativo N°160ZF-ADM2108-4725 del 3 de
agosto de 2021, se identificó lo siguiente:
“(…) se observa que el usuario presenta 58 formatos de asignación y ubicación de
tanques sépticos, de los cuales solo 6 de ellos descargan sus aguas residuales
domésticas ARD, a fuente hídrica y que los restantes 52 beneficios realizan sus
descargas de Aguas Residuales Domesticas a campo de infiltración suelo, con sus
respectivos formatos de presentación de solicitudes de Registro de Usuarios del
Recurso Hídrico RURH, evidenciándose que éstos usuarios cumplen con las
condiciones de registro (Vivienda rural dispersa, uso de subsistencia, vertimiento
domestico al suelo ARD tratada). Que de acuerdo a lo señalado en el artículo 279
de 2020 y al Memorando Corporativo No. 040OJA-MEM2010-6972 del 19 de octubre
de 2020, es procedente realizar el Registro de Usuarios del Recurso Hídrico RURH
de 51 de los beneficiarios. (Subrayado fuera de texto).
Que es de tener presente que la normatividad antes cita, no aplica para las personas
jurídicas, y entre las personas beneficiarias con los sistemas sépticos dentro del
convenio No. 040-COV2007-59 de julio de 2020, celebrado entre la Corporación y el
Municipio de Vegachí Antioquia, se encuentra la Junta de Acción Comunal de la
vereda Piedrancha (Caseta) persona jurídica, quien realiza sus descargas al suelo,
por lo que no le es aplicable el Registro de Usuarios del Recurso Hídrico RURH,
sino que se procederá a continuar con la JAC de la vereda Piedrancha, con el trámite
ordinario del permiso de vertimiento. (Subrayado fuera de texto).
Que para atender la solicitud de permiso de vertimientos se realizó evaluación y se
expidió el informe técnico N°160ZF-IT2109-9304 del 1 de septiembre de 2021, en el
cual se conceptúo lo siguiente:
“(…)
2. Situación encontrada y análisis de información:

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR