Resolución de la Corporación Autónoma Regional del Centro de Antioquia, 2020-05-08 - Normativa - VLEX 878229405

Resolución de la Corporación Autónoma Regional del Centro de Antioquia, 2020-05-08

Fecha de publicación08 Mayo 2020
Número de radicado160PZ-RES2005-2532
SISTEMA DE GESTIÓN INTEGRAL -SGI
RESOLUCIÓN
DIGO: FT-GIC-24
VERSIÓN: 03
PÁGINA: 1 de 9
Calle 9ª N° 24-03 Barrio El Triángulo, Teléfono 839 32 58 839 32 52,
Caucasia-Antioquia / panzenu@corantioquia.gov.co
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“POR LA CUAL SE MODIFICA UN PERMISO, CONCESION O
AUTORIZACION
La Jefe de la Oficina Territorial Panzenú de la Corporación Autónoma Regional
del Centro de Antioquia, CORANTIOQUIA, en uso de las facultades otorgadas
mediante Acuerdo 452 de 2014 y Resolución 040-RES2002-729 del 13 de
febrero de 2020, y
CONSIDERANDO
Que es función de la Corporación Aunoma Regional del Centro de Antioquia
CORANTIOQUIA-, otorgar concesiones, permisos, autorizaciones y licencias
ambientales dentro de su jurisdicción; requeridas por ley para el uso,
aprovechamiento o movilización de los recursos naturales renovables o para
el desarrollo de actividades que afecten o puedan afectar el medio ambiente,
de conformidad con el numeral 9 del artículo 31 de la Ley 99 de 1993.
Que mediante Resolución N°. 130PZ-1409-2913 del 25 de septiembre de 2014,
notificada personalmente el 02 de octubre de la misma anualidad, la Corporación
Autónoma Regional del Centro de Antioquia CORANTIOQUIA-, otorgó a la
Sociedad MINEROS S.A. con Nit. 890.914.525-7, Permiso de Vertimiento para
el tratamiento de las aguas residuales de tipo doméstico generadas en el
campamento y/o vivienda del proyecto de plantaciones de Caucho, desarrollado
en la Finca EL LLANO, ubicada en la vía Caucasia-El Bagre, vereda La Pajuila
(Escarralao), Zona Rural del Municipio de Zaragoza, Antioquia; por 8 personas
que allí habitan, en un caudal de 0.0128 l/s, con una frecuencia de 24 horas al
día, 30 días al mes, en flujo continuo, cuya fuente abastecedora y receptora es
la “Quebrada sin Nombre”, en las coordenadas X: 911.055 y Y: 1´333.876, cota
(msnm) 64, perteneciente a la cuenca del Río Cauca, por un término de diez (10)
años. Actuaciones obrantes en el expediente N°. PZ-2014-6.
Que la Corporación, mediante Acto Administrativo N°. 160PZ-1505-3632 del
15 de mayo de 2015, notificada personalmente el día 27 del mismo mes y
anualidad, requirió a la sociedad para que solicitara modificación del permiso
de vertimiento ajustados para que se evaluara técnica y ambientalmente el
sistema de tratamiento instalado, con lo cual el permisionario debía aportar

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