Resolución de la Corporación Autónoma Regional del Centro de Antioquia, 2020-04-14 - Normativa - VLEX 878230121

Resolución de la Corporación Autónoma Regional del Centro de Antioquia, 2020-04-14

Número de radicado160HX-RES2004-1816
Fecha de publicación14 Abril 2020
SISTEMA DE GES TIÓN INTEGRAL -SG I
RESOLUCIÓN
CÓDIGO: FT-GIC-24
VERSIÓN: 03
PÁGINA 1 de 4
Calle 11 No. 10-79, 853 41 91, Municipio de Santa fe de Antioquia, Antioquia.
hevexicos@corantioquia.gov.co
Corantioquia está comprometida con el tratamiento legal, lícito, confidencial y seguro de sus datos personales. Por
favor consulte nuestra Política de Tratamiento dedatos personales ennuestra página web: www.corantioquia.gov.co.
Este registro es propiedad de Corantioquia, no debe ser divulgado a terceros sin la respectiva autorización
Por la cual se archiva un expediente
El Jefe de la Oficina Territorial Hevéxicos de la Corporación Autónoma Regional
del Centro de Antioquia, CORANTIOQUIA, en uso de las facultades otorgadas
por la Resolución No. 040-RES2001-378 del 27 de enero de 2020, y
CONSIDERANDO
Que mediante Resolución N° 130HX-4173 del 28 de mayo de 2009, la
Oficina Territorial Hevéxicos de Corantioquia, otorgó a las señoras Dioselina
Arbelaez Herrera, identificada con cédula de ciudanía número 22.114.317,
Martha Ligia Arbelaez Herrera, identificada con cédula de ciudanía número
22.114.813 y Gloria E..Zapata G., identificada con cédula de ciudanía
número 22.114.719; Concesión de Aguas Superficiales, de la fuente La
Aguada (Código 181) en cantidad de 0.0364 l/s para usos pecuario y
agrícola de su predio 0.0364 l/s. para usos pecuario y agrícola de su predio y
0.0620 l/s para usos pecuario y agrícola de su predio, en su orden.
Que la Concesión de Aguas Superficiales se otorga por un término de siete
(7) años, contados a partir del 07 de julio de 2009, fecha de la última
notificacióny la prorroga se debe solicitar con tres (3) meses de antelación a
su vencimiento, so pena de considerarse vencida.
Que en el día 29 de marzo de 2016 con radicado 160HX-1603-592 el señor
José Iván García Franco, identificado con cédula de ciudanía número
3.620.612, presentó solicitud de traspaso o cambio de titularidad en la
concesión en atención al fallecimiento de su esposa Dioselina Arbelaez
Herrera, anexando certificado de defunción, en el que se certifica el
fallecimiento el 20 de enero de 2012.
Que a la fecha no se ha resuelto esta solicitud, y a la cual la Corporación
Autónoma regional del Centro de Antioquia, debía dar respuesta negativa,
toda vez que el decreto 1076 del 26 de mayo de 2015, establece:
Artículo 2.2.3.2.8.8. Tradición de predio y término para solicitar traspaso.
En caso de que se produzca la tradición del predio beneficiario con una
concesión, el nuevo propietario, poseedor o tenedor, deberá solicitar el traspaso
de la concesión dentro de los sesenta (60) días siguientes, para lo cual
presentará los documentos que lo acrediten como tal y los demás que se le
exijan, con el fin de ser considerado como el nuevo titular de la concesión.
(Decreto 1541 de 1978, artículo 51).”

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR