Resolución de la Corporación Autónoma Regional del Centro de Antioquia, 2021-05-26 - Normativa - VLEX 878234294

Resolución de la Corporación Autónoma Regional del Centro de Antioquia, 2021-05-26

Fecha de publicación26 Mayo 2021
Número de radicado160HX-RES2105-2954
SISTEMA DE GESTIÓN INTEGRAL -SGI
RESOLUCIÓN
CÓDIGO: FT-GIC-24
VERSIÓN: 03
PÁGINA 1 de 6
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160HX-RES2105-2954
POR LA CUAL SE OTORGA CONCESIÓN DE AGUAS SUPERFICIALES
El Jefe de la Oficina Territorial Hevéxicos de la Corporación Autónoma Regional
del Centro de Antioquia, CORANTIOQUIA, en uso de las facultades otorgadas
por la Resolución No. 040-RES2001-378 del 27 de enero de 2020, y
CONSIDERANDO
Que el día 19 de marzo de 2021, la PARCELACION LOS PINOS identificada
con NIT 900.552.573-1, a través de su representante legal señor
HERDERSON HERALDO LÓPEZ ROBLES identificado con cédula de
ciudadania número 71.719.940, presentó solicitud de Concesión de Aguas
Superficiales, de la fuente como se describe a continuación:
Nombre de la fuente:
Predio o comunidad
Vereda
Municipio
Parcelacion los Pinos
Llano de Montaña
Sopetrán
Que la petición se presentó para los siguientes usos:
Nombre de la fuente: QUEBRADA LA SOPETRANA
Uso
Predio / Comunidad
Ubicación del predio o comunidad a
beneficiarse
Vereda
Municipio
Agrícola
Parcelación los Pinos
Llano De Montaña
Sopetrán
Doméstico
Parcelación los Pinos
Llano De Montaña
Sopetrán
Que la presente concesión se otorga con base en la información contenida en
el Informe Técnico con radicado 160HX-IT2104-3616 del 9 de abril de 2021.
1978 Julio 26 Por el cual se reglamenta la Parte III del Libro II del Decreto -
Ley 2811 de 1974: "De las aguas no marítimas" y parcialmente la Ley 23 de
1973). Y en ellas se establece:
ARTICULO 2.2.3.2.2.4. Dominio sobre las aguas de uso público. El Dominio
que ejerce la Nación sobre las aguas de uso público, conforme al artículo 80
del Decreto - Ley 2811 de 1974, no implica su usufructo como bienes fiscales,
sino por pertenecer ellas al Estado, a éste incumbe el control o supervigilancia
sobre el uso y goce que les corresponde a los particulares, de conformidad

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