Resolución de la Corporación Autónoma Regional del Centro de Antioquia, 2020-11-26 - Normativa - VLEX 878234586

Resolución de la Corporación Autónoma Regional del Centro de Antioquia, 2020-11-26

Fecha de publicación26 Noviembre 2020
Número de radicado160AN-RES2011-6669
SISTEMA DE GESTIÓN INTEGRAL - SGI
RESOLUCIÓN
CÓDIGO: FT-GIC-24
VERSIÓN: 03
PÁGINA: 1 de 8
160AN-RES2011-6669
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“POR LA CUAL SE OTORGA UN PERMISO DE VERTIMIENTOS”
El jefe de la Oficina Territorial Aburrá Norte de la Corporación Autónoma
Regional del Centro de Antioquia CORANTIOQUIA, en uso de las facultades
otorgadas por la Resolución 040-RES2003-1337 del 18 de marzo de 2020, y
CONSIDERANDO
Que mediante formulario recibido bajo el consecutivo No. 130AN-1405-1529
del 8 de mayo de 2014, la COMPAÑÍA AGROPECUARIA RIO GRANDE
S.A.S., identificada con Nit. No. 900.617.336-3, a través de su representante
legal CESAR AUGUSTO LANCHEROS SALAZAR, identificado con cédula
No. 71.693.452, solicitó Permiso de Vertimientos para las aguas residuales
domésticas generadas por un predio “Sin nombre” del cual es propietaria,
identificado con matrícula inmobiliaria No.01N-482635 localizado en la Vereda
Cuartas, Corregimiento de San Félix, Municipio de Bello - Antioquia.
Expediente AN7-2014-151.
Que la solicitud fue admitida, iniciada y adelantada en los términos del artículo
70 de la Ley 99 de 1993, y artículo 2.2.3.3.5.5. del Decreto 1076 del 26 de
2015 “Por medio del cual se expide el Decreto Único Reglamentario del Sector
Ambiente y Desarrollo Sostenible”, quedando plasmada en el Acto
Administrativo No. 130AN-1406-25326 del 9 de junio de 2014.
Que los Informes Técnicos No.160AN-1412-28009 del 29 de diciembre de
2014 y 160AN-1505-28889 del 11 de mayo de 2015 dan cuenta de la
evaluación de la información aportada con el fin de definir la viabilidad técnica
y ambiental para otorgar o no el permiso de vertimientos, indicando:
Informe Técnico No.160AN-1412-28009 del 29 de diciembre de 2014:
(…) Técnicamente se encuentra viable otorgar el permiso de vertimientos no
puntual para las aguas residuales domésticas, para las cuatro viviendas
existentes en predio para un promedio de 6 personas con un caudal de
descarga de 0.01 l/s, loc cuales se ubicarán en las siguientes cotas y
coordenadas:
SISTEMA DE GESTIÓN INTEGRAL - SGI
RESOLUCIÓN
DIGO: FT-GIC-24
VERSIÓN: 03
PÁGINA: 2 de 8
160AN-RES2011-6669
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Informe Técnico 160AN-1505-28889 del 11 de mayo de 2015:

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