Resolución de la Corporación Autónoma Regional del Centro de Antioquia, 2021-06-28
Fecha de publicación | 28 Junio 2021 |
Número de radicado | 160AN-RES2106-3734 |
SISTEMA DE GESTIÓN INTEGRAL - SGI
RESOLUCIÓN
CÓDIGO: FT-GIC-24
VERSIÓN: 03
PÁGINA: 1 de 11
160AN-RES2106-3734
Corantioquia está comprometida con el tratamiento legal, lícito, confidencial y seguro de sus datos personales. Por
favor consulte nuestra Política de Tratamiento de datos personales en nuestra página web: www.corantioquia.gov.co
Dirección Carrera 65 No. 44 – 32
Municipio Medellín
Tel: 57 (4) 4938888
corantioquia@corantiquia.gov.co
“POR LA CUAL SE ADOPTA UNA DECISIÓN”
El Jefe de la Oficina Territorial Aburrá Norte de la Corporación Autónoma Regional
del Centro de Antioquia –CORANTIOQUIA- en uso de las facultades conferidas en la
Ley 99 de 1993 y el Acuerdo Corporativo No. 586 del 14 de agosto de 2020, en
concordancia con la Resolución No. 040-RES2101-427 del 29 de enero de 2021 y el
Memorando No. 040-MEM2104-3047 del 30 de abril de 2021,
CONSIDERANDO
Que la Corporación Autónoma Regional del Centro de Antioquia “CORANTIOQUIA”,
le fue asignado el manejo, administración y fomento de los recursos naturales
renovables dentro del territorio de su jurisdicción.
ANTECEDENTES.
Que a través de la Resolución N°130AN-1303-13981 del 11 de marzo de 2013,
notificada personalmente 11 de marzo de 2013, esta Autoridad Ambiental otorgó
concesión de aguas superficiales a la sociedad LADRILLEROS ASOCIADOS S.A.,
con NIT 890.908.404-1, representada legalmente por el señor MAURICIO
ALEJANDRO CUARTAS RESTREPO, identificado con cédula de ciudadanía N°
15.347.022, o quien haga sus veces, para captar aguas de la fuente La Cangreja
(código 10043) alias Los Bernal, ubicada en el corregimiento de AltaVista del
municipio de Medellín - Antioquia, para uso domestica e industrial, y un total de caudal
otorgado de 1.4656 l/s. Dicha concesión de aguas se otorgó por el término de diez
(10) años.
Que en el artículo 3°, 4° y 5° de la citada resolución se requirió al concesionario para
que dieran cumplimiento a los siguientes requerimientos:
“(…)
(…)”.
Para continuar leyendo
Solicita tu prueba