Resolución de la Corporación Autónoma Regional del Centro de Antioquia, 2021-04-20 - Normativa - VLEX 878239042

Resolución de la Corporación Autónoma Regional del Centro de Antioquia, 2021-04-20

Número de radicado160TH-RES2104-2166
Fecha de publicación20 Abril 2021
SISTEMA DE GESTIÓN INTEGRAL - SGI
RESOLUCIÓN
CÓDIGO: FT-GIC-24
VERSIÓN: 03
PÁGINA: 1 de 7
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160TH-RES
POR LA CUAL SE OTORGA UNA CONCESION DE AGUAS SUPERFICIALES
El Jefe de la Oficina Territorial Tahamíes de la Corporación Autónoma Regional del
Centro de Antioquia - CORANTIOQUIA -, en uso de sus facultades y en ejercicio de
sus funciones, establecidas en la Resolución N.º 040-1412-20544 del 31 de diciembre
de 2014, modificada por las Resoluciones N.º 040-1607-22528 y 040-1609-22902,
ambas de 2016 y la Resolución N.º 040-RES1906-3021 del 12 de junio de 2019, “Por
Medio de la Cual se Hace un Nombramiento”, y:
C O N S I D E R A N D O
Que el 18 de febrero de 2021 se radicó en la Corporación Formulario Único Nacional de
Solicitud de Concesión de Aguas Superficiales con el radicado 160TH-COE2102-6336,
por parte del Municipio de Angostura, a través de su señor Alcalde, el doctor
GREGORIO DE JESÚS GUTIERREZ GONZÁLEZ, identificado con cédula de
ciudadanía número 3.385.963, mediante el cual solicita concesión de aguas
superficiales para uso agrícola y pecuario, a derivar de una fuente sin nombre,
proveniente de nacimiento de la cuenca del Rio Nechí, en beneficio de un predio
denominado “Granja Escuela Buena Vista”, ubicado en la Vereda Matablanco del
Municipio de Angostura, Departamento de Antioquia.
Que en Acto Administrativo 160TH-ADM2103-1255 del 03 de marzo de 2021,
notificado a su destinatario de conformidad con la Ley 1437 de 2011 o Código de
admitió la solicitud y declaró iniciado el trámite ambiental para solicitud de Concesión
de Aguas Superficiales, a captar de la fuente mencionada en la consideración
anterior, en beneficio de un predio denominado “Granja Escuela Buena Vista”,
ubicado en la Vereda Matablanco del Municipio de Angostura, Departamento de
Antioquia, lo anterior de conformidad con el decreto 1076 de 2015.
Que mediante comunicación 160TH-COE2104-13847 del 15 de abril de 2021, el
solicitante aporta información técnica adicional, esta en el sentido de solicitar dos usos
más para la correspondiente Concesión de Aguas Superficiales, consistentes en uso
piscícola para 500 tilapias y uso de ariete, para lo cual aporta nuevamente el
Formulario Único Nacional de Solicitud de Concesión de Aguas Superficiales.
Que una vez es verificada la solicitud, se tiene que el solicitante cumple con los
requisitos mínimos establecidos en el artículo 2.2.3.2.9.1 del Decreto 1076 de 2015,
por lo tanto, es viable decidir de fondo la mencionada solicitud.
Que en cumplimiento del artículo 2.2.3.2.9.4. del Decreto 1076 de 2015, se elaboró
el Aviso 160TH-AVI2103-153 del 19 de marzo de 2021, debidamente fijado en la
Alcaldía del Municipio de Angostura, Antioquia. En dicho Aviso se informó a la
comunidad del trámite que cursaba en la Corporación, con la finalidad de garantizar
el derecho de intervención a terceros que consideren hacerlo, como lo prescribe el
mencionado artículo del Decreto 1076 de 2015.

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