Resolución de la Corporación Autónoma Regional del Centro de Antioquia, 2020-06-24 - Normativa - VLEX 878240405

Resolución de la Corporación Autónoma Regional del Centro de Antioquia, 2020-06-24

Número de radicado160TH-RES2006-3445
Fecha de publicación24 Junio 2020
SISTEMA DE GESTIÓN INTEGRAL -SGI
RESOLUCIÓN
CÓDIGO: FT-GIC-24
VERSIÓN: 03
PÁGINA: 1 de 38
Carrera 28A No.32-17 Tercer Piso Local 302 Teléfono 860 74 89 Fax: 493 88
88 Ext: 518-500- Santa Rosa de Osos-Antioquia
E-mail: tahamies@corantioquia.gov.co
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Este registro es propiedad de Corantioquia, no debe ser divulgado a terceros sin la respectiva autorización
160TH-RES
“POR LA CUAL SE OTORGA UN PERMISO DE VERTIMIENTOS”
El Jefe de la Oficina Territorial Tahamíes de la Corporación Autónoma
Regional del Centro de Antioquia, de CORANTIOQUIA, en ejercicio de la
delegación otorgada por la resolución No. 040-1607-22528 del 14 de julio
2016, concordada con la resolución No.040-RES1906-3021 de 12 de junio de
2019, y los acuerdos 452 y 453 del 24 de noviembre del 2014, y
C O N S I D E R A N D O
Que el día 28 de octubre del 2019, la señora JOHANNA MARCELA OVIEDO
CALDERÓN, identificada con cédula de ciudadanía No. 52.771. 895, presentó
solicitud de Permiso de Vertimiento para las Aguas Residuales Domésticas-
ARD- del predio “Villa Luz”, localizado en la vereda Quebrada Arriba del
municipio de Donmatías, en el departamento de Antioquia.
Que adjuntó a la solicitud:
Formulario Único Nacional de Solicitud de Permiso de Vertimientos.
Fotocopia de la cédula de ciudadanía.
Certificado de tradición y libertad del predio No.012 -63642 del 25 de
octubre del 2019.
Documento de especificaciones técnicas de los tanques.
Diseños.
Informe de preevaluación, donde indica como tipo de descarga al suelo
y clasifica el trámite como especial, refiere que se desconoce el
número de personas, las coordenadas del predio y/o STARD .
Soporte de recibo de caja No.TH 3204 de octubre 28 del 2019, por el
valor de $108.00 con recibo de pago No. RCAN 504 de octubre del
2019.
Que el Artículo 2.2.3.3.5.2 indica los requisitos del permiso de vertimientos. El
interesado en obtener un permiso de vertimiento, deberá presentar ante la
autoridad ambiental competente, una solicitud por escrito que contenga la
siguiente información:
1. Nombre, dirección e identificación del solicitante y razón social si se
trata de una persona jurídica.
2006-3445
24 junio de 2020.
SISTEMA DE GESTIÓN INTEGRAL -SGI
RESOLUCIÓN
CÓDIGO: FT-GIC-24
PÁGINA: 2 de 38
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2. Poder debidamente otorgado, cuando se actúe mediante apoderado.
3. Certificado de existencia y representación legal para el caso de persona
jurídica.
4. Autorización del propietario o poseedor cuando el solicitante sea mero
tenedor.
5. Certificado actualizado del Registrador de Instrumentos Públicos y
Privados sobre la propiedad del inmueble, o la prueba idónea de la
posesión o tenencia.
6. Nombre y localización del predio, proyecto, obra o actividad.
7. Costo del proyecto, obra o actividad.
8. Fuente de abastecimiento de agua indicando la cuenca hidrográfica a
la cual pertenece.
9. Características de las actividades que generan el vertimiento.
10. Plano donde se identifique origen, cantidad y localización
georreferenciada de las descargas al cuerpo de agua o al suelo.
11. Nombre de la fuente receptora del vertimiento indicando la cuenca
hidrográfica a la que pertenece.
12. Caudal de la descarga expresada en litros por segundo.
13. Frecuencia de la descarga expresada en días por mes.
14. Tiempo de la descarga expresada en horas por día.
15. Tipo de flujo de la descarga indicando si es continuo o intermitente.
16. Caracterización actual del vertimiento existente o estado final previsto
para el vertimiento proyectado de conformidad con la norma de
vertimientos vigente.
17. Ubicación, descripción de la operación del sistema, memorias técnicas
y diseños de ingeniería conceptual y básica, planos de detalle del
sistema de tratamiento y condiciones de eficiencia del sistema de
tratamiento que se adoptará.
18. Concepto sobre el uso del suelo expedido por la autoridad municipal
competente.
19. Evaluación ambiental del vertimiento.
20. Plan de gestión del riesgo para el manejo del vertimiento.
21. Constancia de pago para la prestación del servicio de evaluación del
permiso de vertimiento.
22. Los demás aspectos que la autoridad ambiental competente consideré
necesarios para el otorgamiento del permiso.
Que el Decreto 050 de 2018, en su artículo 6 modifica el artículo 2.2.3.3.4.9.
del Decreto número 1076 de 2015; indicando entre otras cosas lo siguiente:
“(…)
Artículo 2.2.3.3.4.9 Del vertimiento al suelo. El interesado en obtener un
permiso de vertimiento al suelo deberá presentar ante la autoridad ambiental
competente una solicitud por escrito que contenga, además de la información
prevista en el artículo 2.2.3.3.5.2., la siguiente información:
Para Aguas Residuales Domésticas tratadas:
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RESOLUCIÓN
CÓDIGO: FT-GIC-24
PÁGINA: 3 de 38
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Carrera 28A No.32-17 Tercer Piso Local 302 Teléfono 860 74 89 Fax: 493 88
88 Ext: 518-500- Santa Rosa de Osos-Antioquia
E-mail: tahamies@corantioquia.gov.co
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1. Infiltración. Resultados y datos de campo de pruebas de infiltración
calculando la tasa de infiltración.
2. Sistema de disposición de los vertimientos. Diseño y manual de operación
y mantenimiento del sistema de disposición de aguas residuales tratadas al
suelo, incluyendo el mecanismo de descarga y sus elementos estructurantes
que permiten el vertimiento al suelo.
3. Área de disposición del vertimiento. Identificación del área donde se
realizará la disposición en plano topográfico con coordenadas magna sirgas,
indicando como mínimo: dimensión requerida, los usos de los suelos en las
áreas colindantes y el uso actual y potencial del suelo donde se realizará el
vertimiento del agua residual doméstica tratada, conforme al Plan de
Ordenación y Manejo de Cuenca Hidrográfica y los instrumentos de
ordenamiento territorial vigentes.
4. Plan de cierre y abandono del área de disposición del vertimiento. Plan que
define el uso que se le dará al área que se utilizó como disposición del
vertimiento. Para tal fin, las actividades contempladas en el plan de cierre
deben garantizar que las condiciones físicas, químicas y biológicas del suelo
permiten el uso potencial definido en los instrumentos de ordenamiento
territorial vigentes y sin perjuicio de la afectación sobre la salud pública.
(…)”
Que se procedió a revisar la solicitud encontrándose que falto por agregar:
Las coordenadas del predio y del Sistema de Tratamiento de las Aguas
Residuales
Además como se trata de un vertimiento al suelo deberá dar cumplimiento al
Decreto 050 de 2018 es decir agregar .
1. Infiltración. Resultados y datos de campo de pruebas de infiltración
calculando la tasa de infiltración.
2. Sistema de disposición de los vertimientos. Diseño y manual de operación
y mantenimiento del sistema de disposición de aguas residuales tratadas al
suelo, incluyendo el mecanismo de descarga y sus elementos estructurantes
que permiten el vertimiento al suelo.
3. Área de disposición del vertimiento. Identificación del área donde se
realizará la disposición en plano topográfico con coordenadas magna sirgas,
indicando como mínimo: dimensión requerida, los usos de los suelos en las
áreas colindantes y el uso actual y potencial del suelo donde se realizará el
vertimiento del agua residual doméstica tratada, conforme al Plan de
Ordenación y Manejo de Cuenca Hidrográfica y los instrumentos de
ordenamiento territorial vigentes.
4. Plan de cierre y abandono del área de disposición del vertimiento. Plan que
define el uso que se le dará al área que se utilizó como disposición del
vertimiento. Para tal fin, las actividades contempladas en el plan de cierre
deben garantizar que las condiciones físicas, químicas y biológicas del suelo
2006-3445

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