Resolución de la Corporación Autónoma Regional del Centro de Antioquia, 2020-04-16 - Normativa - VLEX 878240705

Resolución de la Corporación Autónoma Regional del Centro de Antioquia, 2020-04-16

Número de radicado160HX-RES2004-1955
Fecha de publicación16 Abril 2020
SISTEMA DE GES TIÓN INTEGRAL -SG I
RESOLUCIÓN
CÓDIGO: FT-GIC-24
VERSIÓN: 03
PÁGINA 1 de 3
Calle 11 No. 10-79, 853 41 91, Municipio de Santa fe de Antioquia, Antioquia.
hevexicos@corantioquia.gov.co
Corantioquia está comprometida con el tratamiento legal, lícito, confidencial y seguro de sus datos personales.
Por favor consulte nuestra Política de Tratamiento dedatos personales ennuestra página web:
www.corantioquia.gov.co.
Este registro es propiedad de Corantioquia, no debe ser divulgado a terceros sin la respectiva autorización.
“Por la cual se niega una concesión de aguas superficiales”
El Jefe de la Oficina Territorial Hevéxicos de la Corporación Autónoma
Regional del Centro de Antioquia, en uso de las facultades otorgadas por la
Resolución No. 040-2101-378 del 27 de enero de 2020, y
CONSIDERANDO
Que el día 15 de diciembre de 2016 con radicado 160HX-1612-2103, el señor
Nazareno de Jesús Arboleda Lopera en calidad de persona natural
identificado con cédula de ciudadanía No. 3.521.909, presentó solicitud de
Concesión De Aguas Superficiales, de la fuente:
Nombre de la fuente: Quebrada Los Peñoles
Predio
Vereda
Corregimiento
Municipio
El Hoyo
Los Peñoles
Carmen de la Venta
Liborina
Que los siguientes usos son para beneficio de los predios que se describen a
continuación:
Nombre de la fuente: Quebrada Los Peñoles
Uso
Predio
Ubicación del predio a beneficiarse
Vereda
Corregimiento
Municipio
Agrícola
El Hoyo
Los Peñoles
Carmen de la Venta
Liborina
Pecuario
Que la solicitud fue admitida, iniciada mediante Acto Administrativo No.
160HX-1612-8569 del 20 de diciembre de 2016, actuación notificada al
solicitante y adelantada en los términos del artículo 70 de la ley 99 de 1993,
artículo 96 de la ley 633 de 2000 y Capitulo 2 Uso y aprovechamiento del
agua del decreto 1076 del 26 de mayo de 2015Por medio del cual se expido
el Decreto Único Reglamentario del Sector Ambiente y Desarrollo
Sostenible”, publicándose el aviso No. 160HX-AVI1907-589 y cancelándose
los valores facturados.
Que mediante informe técnico 160HX-IT2001-448 del 21 de enero de 2020,
se conceptúa: No es Viable técnica y ambientalmente otorgar Concesión de
Aguas de la fuente Los Peñoles (Nacimiento Izquierdo) (Código 9124) por
tanto se recomienda negar al solicitante, ya que el mismo al momento de la
visita informó no requerir el recurso hídrico
1978 Julio 26 Por el cual se reglamenta la Parte III del Libro II del Decreto -

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR