Resolución de la Corporación Autónoma Regional del Centro de Antioquia, 2020-06-23 - Normativa - VLEX 878240884

Resolución de la Corporación Autónoma Regional del Centro de Antioquia, 2020-06-23

Número de radicado160CA-RES2006-3414
Fecha de publicación23 Junio 2020
SISTEMA DE GESTIÓN INTEGRAL -SGI
RESOLUCIÓN
CÓDIGO: FT-GIC-24
VERSIÓN: 03
PÁGINA: 1 de 7
Carrera 3 No. 5-28, Teléfono 852 47 15/852 47 16/852 51 58, Fax 852 47 15; Municipio de
Jericó, Antioquia; cartama@corantioquia.gov.co
160CA-RES2006-3414
“POR LA CUAL SE NIEGA UN PERMISO DE VERTIMIENTOS
El Jefe de la Oficina Territorial Cartama de la Corporación Autónoma Regional
del Centro de Antioquia, de CORANTIOQUIA, en ejercicio de la delegación
otorgada por la Resolución N° 040-RES2002-555 del 3 de febrero 2020;
concordada con los Acuerdos 452 y 453 del 24 de noviembre del 2014, y
CONSIDERANDO
Que a través de escrito radicado con el número 160CA-1609-2178 del 6 de
septiembre de 2016, la EMPRESA OPERADORES DE SERVICIOS S. A. E.
S. P., con NIT. 811.005.377-6, representada legalmente por el señor HERNÁN
DARÍO PÉREZ LOZANO, identificado con la cédula de ciudadanía número
70.119.644, presentó solicitud de permiso de vertimientos para las aguas
residuales domésticas generadas en la Planta de Tratamiento de Agua
residual “PTAR ATANASIO”, del Municipio de Santa Bárbara, Antioquia.
Que mediante el acto administrativo con radicado N° 160CA-1707-3928 del 18
de julio del año 2017, se decidió: Admitir la solicitud de Permiso de
Vertimientos a nombre de la EMPRESA OPERADORES DE SERVICIOS S. A.
E. S. P., con NIT. 811.005.377-6, representada legalmente por el señor
HERNÁN DARÍO PÉREZ LOZANO, identificado con la cédula de ciudadanía
número 70.119.644, para tratar las aguas residuales domésticas provenientes
de la población del área urbana, en la Planta de Tratamiento de Agua residual
PTAR ATANASIO”, del Municipio de Santa Bárbara, Antioquia.
Que dentro del mismo acto administrativo se ordenó el análisis técnico
correspondiente y realizar visita, con el fin de precisar la viabilidad de otorgar
o negar el permiso. Dicho estudio fue consignado en el informe técnico con
radicado 160CA-IT1909-10118 del 19 de septiembre de 2019, en donde se
considera:
La información suministrada en la solicitud del permiso de
vertimiento. Se evalúa la información documental presentada y se encuentra
completa para el trámite.
Clasificación de las aguas de conformidad con lo dispuesto en el artículo
205 del Decreto 1541 de 1978. La PTARD Atanasio del municipio de Santa
Bárbara, se ubica en la vereda Atanasio, con coordenadas X:836033 y Y:
1.140.076, con vertimiento a la quebrada La Vuelta, afluente de la quebrada
Sabaletas. Fuente de agua clasificada por la norma como CLASE II (fuentes
de agua que permiten vertimientos con tratamiento).
Lo dispuesto en los artículos 24 y 25 del presente decreto. Los artículos
indica las restricciones, donde no se puede realizar vertimiento y las
prohibiciones para el desarrollo de diversas actividades que generan

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