Resolución de la Corporación Autónoma Regional del Centro de Antioquia, 2021-03-05 - Normativa - VLEX 878431781

Resolución de la Corporación Autónoma Regional del Centro de Antioquia, 2021-03-05

Número de radicado160AN-RES2103-1220
Fecha de publicación05 Marzo 2021
SISTEMA DE GESTIÓN INTEGRAL - SGI
RESOLUCIÓN
CÓDIGO: FT-GIC-24
VERSIÓN: 03
PÁGINA: 1 de 3
160AN-RES2103-1220
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“POR LA CUAL SE ACEPTA UN DESISTIMIENTO”
El Jefe de La Oficina Territorial Aburrá Norte de la Corporación Autónoma Regional
del centro de Antioquia-CORANTIOQUIA, en cumplimiento de sus facultades
conferidas mediante los Acuerdos del Consejo Directivo No. 452 y 453 de 2014, en
concordancia con las Resoluciones No. 040-1607-22528 y No. 040-1609-22902 de
2016 y la Resolución No. 040-RES2101-201 del 15 de enero de 2021,
CONSIDERANDO
Que mediante Formulario Único Nacional de Solicitud de Permiso de Vertimientos No.
160AN-COE2002-6825 del 28 de febrero de 2020, la señora IVONNE PATRICIA
DURAN MAURY, identificada con cédula de ciudadanía No. 43.736.752; solicitó
permiso de vertimientos, en calidad de propietaria, para tratamiento de las aguas
residuales domésticas generadas en el predio con matricula inmobiliaria No. 01N-
5484605, localizado en la Vereda Piedras Blancas Vía Santa Ana, Corregimiento
Santa Elena del Municipio de Medellín.
Que en atención a lo anterior, por Acto Administrativo con radicado 160AN-ADM2004-
1382 del 13 de abril de 2020, se admitió la solicitud presentada y en consecuencia
solicito al área técnica verificar la necesidad de dar aplicación a lo estipulado en el
Que en consecuencia de lo anterior, se realizó análisis de la información allegada, lo
que generó el Informe Técnico 160AN-IT2008-7066 del 21 de agosto de 2020,
determinándose la inviabilidad del otorgamiento, lo cual genero la Resolución 160AN-
RES2008-4833 del 27 de agosto de 2020, donde se decidió NEGAR a la señora
IVONNE PATRICIA DURAN MAURY, identificada con cédula de ciudadanía No.
43.736.752, permiso de vertimientos para el tratamiento de las aguas residuales
domésticas, generadas en su predio con matricula inmobiliaria No. 01N-5484605,
localizado en la Vereda Piedras Blancas Vía Santa Ana, Corregimiento Santa Elena
del Municipio de Medellín, en atención a la ubicación del predio, el cual se encuentra
en el polígono de tratamiento CONSERVACIÓN SE-CS-14, cuya categoría de uso
principal es Forestal Protector y el uso para vivienda es condicionado o restringido.
Que la Resolución antes citada, otorgo la posibilidad de la presentación de recurso
de reposición, el cual fue presentado mediante comunicación externa con radicado
No.160AN-COE2009-25530 del 08 de septiembre de 2020, siendo esta analizada y
admitida mediante Acto Administrativo 160AN-ADM2009-4608 del 11 de septiembre
de 2020, en el cual igualmente se decretó las pruebas solicitadas, ordenándose al
área técnica de la corporación evalúe las consideraciones técnicas expuestas por la
recurrente.
Que el día 23 de febrero de 2021, mediante radicado 160AN-COE2102-7059, la
señora IVONNE PATRICIA DURAN MAURY, identificada con cédula de ciudadanía
No. 43.736.752, procede a manifestar el desistimiento del trámite en curso, el cual
resposa en el expediente AN7-2020-127.

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