Resolución de la Corporación Autónoma Regional del Centro de Antioquia, 2021-12-21 - Normativa - VLEX 881072444

Resolución de la Corporación Autónoma Regional del Centro de Antioquia, 2021-12-21

Fecha de publicación21 Diciembre 2021
Número de radicado160AN-RES2112-8982
SISTEMA DE GESTIÓN INTEGRAL - SGI
RESOLUCION
CÓDIGO: FT-GIC-24
VERSIÓN: 03
PÁGINA: 1 de 5
160AN-RES2112-8982
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“POR LA CUAL SE DECLARA EL DESISTIMIENTO TACITO
El Jefe de la Oficina Territorial Aburrá Norte de la Corporación Autónoma
Regional del Centro de Antioquia, CORANTIOQUIA, en uso de las facultades
conferidas en la Ley 99 de 1993 y el Acuerdo Corporativo No.586 del 14 de
agosto del 2020, en concordancia con la Resolución No.040-RES-2101-427
del 29 de enero de 2021 y el Memorando No.040-MEM2104-3047 del 30 de
abril del 2021 y,
CONSIDERANDO
Que mediante formulario de solicitud de ocupación de cauce radicado
130AN-105-1439 del 06 de mayo de 2010, EL MUNICIPIO DE MEDELLIN, con
Nit 890.905.211-1, representado legalmente por el señor ALONSO SALAZAR
JARAMILLO, identificado con cedula de ciudadanía Nº 71.587.929, a través
de Apoderada la señora DORA ANGELA MURIEL BEDOYA, identificada con
cedula de ciudadanía Nº 21.729.161, solicito autorización para ocupar el cauce
de la quebrada el criadero, para realizar la construcción de una canalización
con el objeto de controlar las aguas superficiales, ubicada en el Corregimiento
Altavista, vereda Belén Aguas Frías, Predio El Criadero del Municipio de
Medellín. Expediente: AN8-2010-22.
Que a través del acto administrativo Nº 130AN-15978 del 26 de mayo de 2010,
se admitió la solicitud y declaro iniciado el trámite de ocupación de cauce, a
nombre del MUNICIPIO DE MEDELLIN, con Nit 890.905.211-1.
Que se evalúo técnicamente la solicitud presentada, la cual genero el informe
técnico Nº 160AN-IT1701-500 del 17 de enero de 2017.
Que a través del acto administrativo Nº 160AN-ADM1702-964 del 24 de
febrero de 2017, se requirió al MUNICIPIO DE MEDELLIN, con Nit
890.905.211-1, para que en el término máximo de quince (15) días, presente
cálculos y especificaciones detalladas de las obras ejecutadas, con
coordenadas y cotas de inicio y fin de cada obra.
Que por medio del acto administrativo Nº 160AN-ADM1706-3363 del 27 de
junio de 2017, se reconoció como tercero interviniente al señor ALVARO
GARRO PARRA, identificado con cedula de ciudadanía Nº 71.005.180, en los
procedimientos, tramites y demás asuntos ambientales en que sea parte el
municipio de Medellín, que se surten en el expediente Nº AN8-2010-22.
Que por medio del comunicado con radicado Nº 160-COE1712-43055 del 26
de diciembre de 2017, el señor ALVARO GARRO PARRA, identificado con
cedula de ciudadanía 71.005.180, desistió de su calidad de tercero
interviniente en los procedimientos, tramites y demás asuntos ambientales,

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