Resolución de la Corporación Autónoma Regional del Centro de Antioquia, 2022-03-24 - Normativa - VLEX 899251805

Resolución de la Corporación Autónoma Regional del Centro de Antioquia, 2022-03-24

Fecha de publicación24 Marzo 2022
Número de radicado160TH-RES2203-1631
SISTEMA DE GESTIÓN INTEGRAL -SGI
RESOLUCIÓN
CÓDIGO: FT-GIC-24 VERSIÓN: 03 PÁGINA: 1 de 20
Corantioquia está comprometida con el tratamiento l egal, lícito, confidencial y seguro de sus datos personales. Por favor con sulte
nuestra Política de Tratamiento de datos per sonales en nuestra página web: www.corantioquia.gov.co
Carrera 28A n.° 32-17, piso 3 Termin al Transporte. Tel: 604 493 88 88 -
Ext. 8100 y 8101. 311 7056068
www.corantioquia.gov.co - Municipio: S anta Rosa de Osos, Antioquia
Correo electrónico: tahamies@corantioqui a.gov.co
“POR LA CUAL SE OTORGA UNA CONCESIÓN DE AGUAS
SUPERFICIALES ”
El Jefe de la Oficina Territorial Tahamíes de la Corporación Autónoma
Regional del Centro de Antioquia, de CORANTIOQUIA, en ejercicio de la
delegación otorgada por la resolución No. 040-1607-22528 del 14 de julio
2016, concordada con la resolución No.040-RES1906-3021 de 12 de junio de
2019, y los acuerdos 452 y 453 del 24 de noviembre del 2014, y
CONSIDERANDO
Que el día 9 de noviembre de 2020, el señor LUIS CARLOS MEJÍA CATAÑO,
identificado con cédula de ciudadanía No. 70.977.330, presentó solicitud de
concesión de aguas, de la fuente como se describe a continuación:
Nombre de la fuente:
Predio(s) o
comunidad(es)
Ubicación del predio o comunidad
Vereda Corregimiento(s)
Municipio
La Marina
(012-48641)
Iborra Donmatías
Que la petición se presentó para los siguientes usos:
Nombre de la fuente: NACIMIENTO ASI DONMATÍAS
Uso Predio(s)/Comunidad
Ubicación del predio o comunidad a
beneficiarse
Vereda Corregimiento Municipio
Doméstico
La Marina (012-
48641)
Iborra Donmatías
Agrícola La Marina (012-
48641)
Iborra Donmatías
Pecuario La Marina (012-
48641)
Iborra Donmatías
Que, se agrega con la solicitud, la siguiente documentación:
SISTEMA DE GESTIÓN INTEGRAL -SGI
RESOLUCIÓN
CÓDIGO: FT-GIC-24 VERSIÓN: 03 PÁGINA: 2 de 20
160TH-RES2203-1631
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Carrera 28A n.° 32-17, piso 3 Termin al Transporte. Tel: 604 493 88 88 -
Ext. 8100 y 8101. 311 7056068
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Correo electrónico: tahamies@corantioqui a.gov.co
Formulario Único Nacional de Solicitud de Concesión de Aguas
superficiales a nombre del solicitante.
Certificado de tradición del predio con matricula inmobiliaria No. 012-
48641.
Copia de cédula de ciudadanía del señor Luis Carlos Mejía Cataño
Soporte de Recibo de caja No. TH-3485 del 26 de octubre de 2020,
por un valor de $112.194, con recibo de pago Anexo (RCTH-1037).
Que una vez analizada la documentación obrante en el expediente, se rindió
el informe de Preevaluacion, donde se indicó que el presente trámite es Micro.
Además, el informe de Preevaluacion señala que el usuario deberá presentar
el PUEAA simplificado, indicar el área del predio, la autorización de los
copropietarios para adelantar el trámite e indicar las coordenadas del punto de
captación.
Que mediante acto administrativo, con radicado 160TH-ADM2101-45 del 6 de
enero de 2021, con fundamento en lo consagrado en el artículo 17 de la Ley
1437 de 2011 subrogado por el artículo 1 de la Ley 1755 de 2015, se hace un
requerimiento al señor Luis Carlos Mejía Cataño para que allegue el Plan de
uso eficiente y ahorro de agua simplificado, indicar el área del predio La
Marina, la autorización de los copropietarios para adelantar el tramite e indicar
las coordenadas del punto de captación.
Que con oficio del radicado No. 160THCOE2102-4361 del 4 de febrero de
2021, el usuario aporta información técnica, allegando certificado del área del
predio La Marina y autorización de los copropietarios.
Que mediante Comunicaciones Oficiales Externas, con radicado
160THCOE2103-7955 del 2 de marzo de 2021, hay respuesta a requerimiento,
el usuario aporta certificado del área del predio y autorización de los
copropietarios.
Que una vez revisados los documentos allegados en la solicitud de concesión
de aguas superficiales conforme a lo exigido en los artículos 2.2.3.2.9.1. y
2.2.3.2.9.2. del Decreto 1076 de 2015, se procederá a dar aplicación a lo
normado en el artículo 70 de la Ley 99 de 1993 y expedir el auto de iniciación
de trámite de concesión de aguas superficiales.
Que la solicitud fue admitida, iniciada y adelantada en los términos del Artículo
70 de la Ley 99 de 1993, Artículo 96 de la Ley 633 de 2000 y Título III, Capítulos
II y IV del Decreto 1541 de 1978, compilado en el Decreto 1076 del 2015.
Que con Acto Administrativo No.160TH-ADM2106-3380 de 13 de junio de
2021, debidamente notificado, se admite y declara iniciado el trámite de
concesión de aguas solicitado.
Que en el expediente obran los avisos de que trata el artículo 2.2.3.2.9.4 del
Decreto 1076 del 2015 “Por medio del cual se expide el Decreto Único
Reglamentario del Sector Ambiente y Desarrollo Sostenible”, fijados en la

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