Resolución de la Corporación Autónoma Regional del Centro de Antioquia, 2022-04-28 - Normativa - VLEX 902654401

Resolución de la Corporación Autónoma Regional del Centro de Antioquia, 2022-04-28

Fecha de publicación28 Abril 2022
Número de radicado160AN-RES2204-2276
SISTEMA DE GESTIÓN INTEGRAL - SGI
RESOLUCIÓN
CÓDIGO: FT-GIC-24
VERSIÓN: 03
PÁGINA: 1 de 5
160AN-RES2204-2276
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POR LA CUAL SE ARCHIVA UN EXPEDIENTE
El Jefe de la Oficina Territorial Aburrá Norte de la Corporación Autónoma
Regional del Centro de Antioquia, CORANTIOQUIA, en uso de las facultades
conferidas en la Ley 99 de 1993 y el Acuerdo Corporativo No.586 del 14 de
agosto del 2020, en concordancia con la Resolución No.040-RES-2101-427
del 29 de enero de 2021 y el Memorando No.040-MEM2104-3047 del 30 de
abril del 2021,
CONSIDERANDO
Que es función de CORANTIOQUA, en su jurisdicción, otorgar concesiones,
permisos, autorizaciones y licencias ambientales requeridas por la ley para el
uso, aprovechamiento o movilización de los recursos naturales renovables o
para el desarrollo de actividades que afecten o puedan afectar el medio
ambiente, de conformidad con el Numeral 9, artículo 31 de la Ley 99 de 1993.
Que mediante Resolución con radicado No.130AN-2829 del 17 de enero de
2005, se otorgó a la señora AMPARO ISAZA LÓPEZ, identificada con cédula
de ciudadanía No.21.255.447, Concesión de Aguas Superficiales a derivar del
nacimiento Sin Nombre, que aflora en predios del señor Joaquín García López,
con un caudal de 0.05 l/s, para uso doméstico de un predio ubicado en la
Vereda El Totumo del Municipio de Girardota del Departamento de Antioquia.
Expediente AN1-2001-145.
Que la Concesión de Aguas fue otorgada por un término de diez (10) años
contados a partir de la fecha de notificación, la cual se hizo efectiva el día
30 de marzo de 2005.
Que posteriormente, a través de la Resolución con radicado No.130AN-1308-
14388 del 30 de agosto del 2013, y en atención a la solicitud de traspaso
solicitada, esta Oficina Territorial, resolvió lo siguiente:
ARTÍCULO 1°. Aprobar las obras de captación, control y reparto de agua, con
el respectivo vertedero que garantiza que se toma el caudal autorizado por la
Corporación, de acuerdo a lo requerido en el Parágrafo Tercero del Artículo
Segundo de la Resolución No.130AN-2829 del 17 de enero de 2005.
ARTÍCULO 2°. Autorizar el traspaso a la DISTRIBUIDORA NACIONAL DE
SOMBREROS LTDA., identificada con NIT. Número 890.918.413-9, de la
Concesión de Aguas otorgada en la Resolución AN-2829 del 17 de enero de
2005, a derivar del nacimiento Sin Nombre, que aflora en predios del señor
Joaquín García López, en cantidad de 0.05 l/s para uso Doméstico de un predio
ubicado en la Vereda EI Totumo, Municipio de Girardota. Expediente AN1-01-
145.
(…)”

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