Resolución de la Corporación Autónoma Regional del Centro de Antioquia, 2022-05-11 - Normativa - VLEX 903172446

Resolución de la Corporación Autónoma Regional del Centro de Antioquia, 2022-05-11

Fecha de publicación11 Mayo 2022
Número de radicado160AN-RES2205-2565
SISTEMA DE GESTIÓN INTEGRAL - SGI
RESOLUCIÓN
CÓDIGO: FT-GIC-24
VERSIÓN: 03
PÁGINA: 1 de 26
160AN-RES2205-2565
Corantioquia está comprometida con el tratamiento legal, lícito, confidencial y seguro de sus datos personales. Por
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www.corantioquia.gov.co - Municipio: Medellín , Antioquia
Correo electrónico: aburranorte@corantioquia.gov.co
“POR LA CUAL SE RESUELVE UN RECURSO DE REPOSICIÓN
EL JEFE DE LA OFICINA TERRITORIAL ABURRÁ NORTE DE LA
CORPORACIÓN AUTÓNOMA REGIONAL DEL CENTRO DE ANTIOQUIA,
CORANTIOQUIA, EN USO DE LAS FACULTADES CONFERIDAS EN LA LEY
99 DE 1993 Y EL ACUERDO CORPORATIVO N°180-ACU2008-586 DEL 14
DE AGOSTO DEL 2020 MODIFICADO POR EL ACUERDO N°180-ACU2201-
629 DEL 27 DE ENERO DE 2022, EN CONCORDANCIA CON LA
RESOLUCIÓN N°040-RES-2101-427 DEL 29 DE ENERO DE 2021 Y EL
MEMORANDO N°040-MEM2104-3047 DEL 30 DE ABRIL DEL 2021,
CONSIDERANDO
Que Corantioquia emite la factura electrónica AN00-3381 del 22 de abril de
2022 por valor de QUINIENTOS CUARENTA Y DOS MILLONES NOVENTA
Y TRES MIL TRESCIENTOS OCHENTA Y UN PESOS M/L ($542.093.381) a
nombre de EMPRESAS PÚBLICAS DE MEDELLÍN E.S.P. EPM
ALCANTARILLADO CORREGIMIENTO SAN CRISTOBAL- identificada con
NIT. 890.904-996-1, con fecha límite de pago 06 de junio de 2022, por
concepto de Tasa Retributiva por vertimientos puntuales correspondiente al
período 2021 de las descargas efectuadas por el alcantarillado del
corregimiento San Cristóbal, relacionada en el expediente ANTR-2011-1.
Que a la factura objeto de recurso le fue aplicado un saldo a favor de CIENTO
TRECE MILLONES SESENTA Y CINCO MIL NOVECIENTOS SETENTA Y
SEIS PESOS M/L ($113.065.976) por lo que el valor a pagar relacionado en la
factura electrónica N°AN00-3382 del 22 de abril de 2022 es de
CUATROCIENTOS VEINTINUEVE MILLONES VEINTISIETE MIL
CUATROCIENTOS CINCO PESOS M/L ($429.027.405).
Que la citada factura fue remitida al usuario al correo
facturaelectronica@epm.com.co el 22 de abril de 2022, recibida en la misma
fecha como se aprecia de la certificación que para el caso efectúa el servicio
de envíos de Colombia 472, como se observa en la imagen 1.
Que por escrito con radicado corporativo N°160AN-COE2204-14555 del 28 de
abril de 2022, el abogado JUAN CARLOS GÓMEZ GÓMEZ identificado con
cédula de ciudadanía N°71.667.069 y portador de la Tarjeta Profesional
N°62.796 del C. S. de la J. en calidad de Apoderado General de EPM E.S.P.
presenta RECURSO DE REPOSICIÓN contra la factura electrónica N°AN00-
3382 por concepto de Tasa Retributiva correspondiente al período 2021
producto de las descargas efectuadas por el alcantarillado del corregimiento
San Cristóbal, entendiéndose así notificado por conducta concluyente de la
factura electrónica N°AN00-3382 del 22 de abril de 2022.
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VERSIÓN: 03
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Imagen 1.
Que los argumentos presentados en el escrito con radicado corporativo
N°160AN-COE2204-14555 del 28 de abril de 2022, son los siguientes:
“(…) Elementos Jurídicos y Fácticos que fundamentan la presente
reclamación
Esa Corporación Autónoma Regional carece de competencia para la
Facturacion y recaudo de la tasa retributiva causada en la zona urbana del
corregimiento de San Cristóbal, municipio de Medellín, por las razones que se
expondrán a continuación.
1.- La CORPORACION AUTONOMA REGIONAL DEL CENTRO DE
ANTIOQUIA "CORANTIOQUIA", persiste en realizar el cobro por concepto de
tasa retributiva por vertimientos puntuales realizados por los usuarios del
servicio público de alcantarillado en el Corregimiento de San Cristóbal Centro
Poblado para el periodo 2020 a través de la Factura Electrónica AN00 - 1303,
desconociendo la titularidad del AREA METROPOLITANA DEL VALLE DE
ABURRA, sobre esta misma renta en lo que guarda relación con los
vertimientos causados en el área urbana (área central) del aludido
corregimiento.
CORANTIOQUIA aduce que en virtud de lo dispuesto en artículo 313 de la
Corregimientos se encuentran clasificados como áreas rurales y que por tanto
ellos son la autoridad competente en aquella porción del territorio,

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