Resolución de la Corporación Autónoma Regional del Centro de Antioquia, 2022-06-03 - Normativa - VLEX 907216122

Resolución de la Corporación Autónoma Regional del Centro de Antioquia, 2022-06-03

Fecha de publicación03 Junio 2022
Número de radicado160HX-RES2206-3112
Sistema de Gestión Integral (SGI)
Resolución
Código: F-PGI-31, versión: 03
160HX-RES2206-3112
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Calle 11 n.° 10-39. Tel: 604 493 88 88 - Ext. 9100 y 9101. 311 7052293
www.corantioquia.gov.co - Municipio: Santa Fe de Antioquia
Correo electrónico: hevexicos@corantioquia.gov.co
Por La Cual Se otorga un Permiso de Estudio de Recursos Naturales
El Jefe de la Oficina Territorial Hevéxicos de la Corporación Autónoma
Regional del Centro de Antioquia, CORANTIOQUIA, en uso de las facultades
conferidas mediante la Resolución 040-RES2001-378 del 27 de enero de 2020
y,
CONSIDERANDO
Que en el CAD de esta Territorial, se encuentra, el expediente con radicado
corporativo No. HX2-2022-3, de una solicitud de Permiso de Estudio para
determinar la viabilidad de aprovechamiento sobre la quebrada Juan García,
para el proyecto de estudios de prefactibilidad y factibilidad de un proyecto de
generación Hidroeléctrica en el municipio de Liborina del departamento de
Antioquia, a nombre de PI EPSILON PROYECTOS DE INGENIERIA
ESPECIALIZADA S.A.S., identificado con Nit No. 900.396.394-0, a través de
su Representante Legal.
Que mediante Acto Administrativo No. 160HX-ADM2201-274 del 25 de enero
de 2022, se admite e inicia Permiso de Estudio para determinar la viabilidad de
aprovechamiento de la fuerza hidráulica sobre la quebrada Juan García,
proyecto de generación Hidroeléctrica en el municipio de Liborina del
departamento de Antioquia, a nombre de PI EPSILON PROYECTOS DE
INGENIERIA ESPECIALIZADA S.A.S., identificado con Nit No. 900.396.394-
0, a través de su Representante Legal, que esta providencia es notificada el
día 25 de enero de 2022 por correo electrónico.
Que el artículo tercero del Acto Administrativo No. 160HX-ADM2201-274 del
25 de enero de 2022, ordena practicar visita ocular de trámite y comisionar a
un funcionario de la corporación, a efectos de verificar la viabilidad técnica de
los solicitado.
Que se practicó visita por un funcionario de la Corporación, la cual dio origen
el Informe Técnico No. 160HX-IT2206-5633 del 02 de junio de 2022, en el que
se conceptúan entre otros apartes los siguientes:
“. . . se realiza visita de inspección ocular al vereda Llano Grande del municipio
de Liborina, específicamente a un tramo de la quebrada Juan García entre el
cruce hidráulico del puente vehicular de acceso al casco urbano, en las
Sistema de Gestión Integral (SGI)
Resolución
Código: F-PGI-31, versión: 03
160HX-RES2206-3112
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Calle 11 n.° 10-39. Tel: 604 493 88 88 - Ext. 9100 y 9101. 311 7052293
www.corantioquia.gov.co - Municipio: Santa Fe de Antioquia
Correo electrónico: hevexicos@corantioquia.gov.co
Coordenadas Geográficas: 6°40'28.54"N - 75°48'51.81"O, y su desembocadura
al río, Cauca en las Coordenadas Geográficas: 6°38'56.12"N - 75°49'54.25"O,
haciéndose un reconocimiento especial a los puntos de mayor interés, como a
los posibles sitios de captación, en las Coordenadas Geográficas: 6°40'21.24"N
- 75°48'59.96"O, y casa de máquinas (descarga), en las Coordenadas
Geográficas: 6°39'09.49"N - 75°49'39.95"O, observando las características de
torrencialidad de la quebrada por su gran capacidad de arrastre de material de
gran tamaño, como rocas, y la vegetación asociada a su franja de retiros,
consistentes en especies relacionadas con el Bosque Seco Tropical (bs-T). . .
. . . se puede observar la ubicación del polígono de estudio del proyecto y los
sitios de interés, aguas abajo del casco urbano de Liborina.
Imagen No 1.”
Que en el informe técnico No. 160HX-IT2206-5633 del 02 de junio de 2022, se
incluye: 1. Ubicación y Delimitación del Área Requerida de Estudio; 2. Objetivo y
Justificación del Estudio; 3. Término del Estudio; 4. Metodología; 5. Cronograma de
Ejecución del Estudio; 6. Presupuesto Estimado del Estudio, por tanto se incluye
como parte integral de esta decisión copia del informe, a fin que sea tenida en
cuenta por el concesionario del presente Permiso, en su ejecución.
Que de conformidad con el artículo 54 y siguientes del Decreto 2811 de 1.974,
se podrán conceder permisos para el uso temporal de partes delimitadas de
recursos naturales renovables de dominio público.
Que de conformidad con el artículo 52 del Decreto Ley 2811 de 1974, uno de
los modos de adquirir el derecho a usar los recursos naturales renovables es
el Permiso, el cual, como lo dispone el artículo 54 de la misma norma, se

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