Resolución de la Corporación Autónoma Regional del Centro de Antioquia, 2022-05-27 - Normativa - VLEX 907245657

Resolución de la Corporación Autónoma Regional del Centro de Antioquia, 2022-05-27

Fecha de publicación27 Mayo 2022
Número de radicado160PZ-RES2205-2958
Sistema de Gestión Integral (SGI)
Resolución
Código: F-PGI-31, versión: 03
160PZ-RES2205-2958
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“POR LA CUAL SE DECIDE UN PROCEDIMIENTO SANCIONATORIO”
La Jefe de la Oficina Territorial Panzenú de la Corporación Autónoma
Regional del Centro de Antioquia - CORANTIOQUIA, en ejercicio de las
funciones establecidas en la Resolución Nº 040-1412-20544 del 31 de
diciembre de 2014, modificada por la Resolución N° 040-1607-22528 de 14
de julio de 2016 y 040-1609-22902 de 30 de septiembre de 2016,
actualizada mediante Resolución 040-RES1811-6140 de 08 de
noviembre de 2018, concordada con la Resolución N° 040-RES2002-729
del 13 de febrero de 2020 y,
CONSIDERANDO
Que mediante queja con radicado N. 130PZ-1401-57 del 17 de enero de 2014,
se denunciaron afectaciones ambientales negativas ocasionadas en el predio
denominado “Chingo”, ubicado en el corregimiento Jardín, municipio de
Cáceres, departamento de Antioquia, a causa de un vertimiento de aguas
negras y basura en una fuente hídrica (quebrada), adelantado presuntamente
en el municipio de Cáceres.
Que en atención a la queja, mediante Acto Administrativo N° 130PZ-1405-
3102 del 12 de mayo de 2014, se ordenó una indagación preliminar con el
objeto de verificar la existencia de la conducta ocasionada con afectaciones
ambientales negativas ocasionadas en el predio denominado “Chingo” ubicado
en el corregimiento Jardín, municipio de Cáceres, departamento de Antioquia;
y en consecuencia determinar si se están generando o no afectaciones
ambientales negativas.
Que conforme a lo ordenado en el acto de indagación se realizó visita técnica
el 04 de junio de 2014, plasmada en el Informe Técnico No. 130PZ-1406-9602
del 19 de junio de 2014, el cual indicó lo siguiente:
Con el fin de establecer si existen afectaciones ambientales por
descargas directas de aguas residuales a la fuente de agua superficial
quebrada Chingó, se hace un recorrido por la zona. En el recorrido se
observa que el hotel El Lago, el cual es propiedad de la EDS Terpel el
Lago, se encuentra realizando vertimientos directos de las aguas

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