Resolución de la Corporación Autónoma Regional del Centro de Antioquia, 2022-08-26 - Normativa - VLEX 909482035

Resolución de la Corporación Autónoma Regional del Centro de Antioquia, 2022-08-26

Fecha de publicación26 Agosto 2022
Número de radicado160CI-RES2208-5000
Sistema de Gestión Integral (SGI)
Resolución
Código: F-PGI-31, versión: 03
160CI-RES2208-5000
Corantioquia está c omprometida con el tr atamiento legal, lícito, confid encial y seguro de s us datos personales. P or
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www.corantioquia.gov.co - Municipio: Andes, Antioquia
Correo electrónico: citara@corantioq uia.gov.co
POR LA CUAL SE OTORGA UN PERMISO DE VERTIMIENTOS
EL JEFE DE LA OFICINA TERRITORIAL CITARÁ DE LA CORPORACIÓN
AUTÓNOMA REGIONAL DEL CENTRO DE ANTIOQUIA-CORANTIOQUIA, EN
CUMPLIMIENTO DE SUS FACULTADES CONFERIDAS MEDIANTE LOS
ACUERDOS DEL CONSEJO DIRECTIVO N°452 Y 453 DE 2014, EN
CONCORDANCIA CON LA RESOLUCIÓN N° 040-RES1811-6140 DE 2018, LA
RESOLUCIÓN 040-RES2002-555 DEL 3 DE FEBRERO 2020 Y EL
MEMORANDO 040-MEM2107-5131 DEL 29 DE JULIO DE 2021, Y
C O N S I D E R A N D O
Que mediante formato de radicado N° 160CI-COE2112-46838 del 22 de diciembre
del 2021, la señora MARIA ELENA GARCÉS POSADA, identificada con cédula de
ciudadanía N° 21.675.083, en calidad de propietaria del predio con matricula
inmobiliaria 004-23635, solicitó permiso de vertimientos para las aguas de tipo
agrícolas, domésticas y pecuarias, provenientes de las actividades que se desarrollan
en el predio denominado “Verdún”, localizado en la vereda Pueblorrico del Municipio
de Concordia, Antioquia.
Que mediante acto administrativo N°160CI-ADM2112-8487 del 28 de diciembre de
2021, se admite la solicitud de permiso de vertimientos presentada por la señora
MARIA ELENA GARCES POSADA, identificada con cédula de ciudadanía N°
21.675.083, para las aguas residuales de tipo domésticas, agrícolas y pecuarias,
provenientes de las actividades que se desarrollan en el predio denominado Verdún,
localizado en la vereda Pueblorrico del Municipio de Concordia, Antioquia.
Que mediante resolución N° 160CI-RES2203-1438 del 15 de marzo de 2022, por la
cual se adopta una decisión se exige la presentación del Plan de cumplimiento a
cargo de la señora MARIA ELENA GARCES POSADA, identificada con cedula de
ciudadanía N°21.675.083, el cual deberá estar elaborado conforme a las indicaciones
realizadas en el informe técnico N° 160CI-IT2202-1737 del 25 de febrero de 2022, el
cual, para el efecto se integra a esta actuación administrativa y se remite adjunto.
ARTÍCULO 2º: La presentación de la primera etapa del Plan de Cumplimiento a que
se refiere la norma precedente, deberá realizarse en el término que no supere tres (3)
meses, contados a partir de la ejecutoria de esta actuación administrativa.
Que mediante comunicación oficial externa N° 160CI-COE2205-16325 del 11 de
mayo de 2022, la señora MARIA ELENA GARCES POSADA, identificada con cedula
de ciudadanía N°21.675.083, aporta información técnica sobre el plan de
cumplimiento solicitado en la resolución N° 160CI-RES2203-1438 del 15 de marzo
de 2022.
Sistema de Gestión Integral (SGI)
Resolución
Código: F-PGI-31, versión: 03
160CI-RES2208-5000
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Que, con el fin de analizar la viabilidad de lo pedido, un funcionario de la Oficina
Territorial Citará, realiza análisis de la información aportada por la usuaria y la visita
al predio denominado predio Verdun, localizado en la vereda Pueblo Rico del
municipio de Concordia, Antioquia, propiedad de la señora MARIA ELENA GARCÉS
POSADA, identificada con cédula de ciudadanía N° 21.675.083, mediante la cual
conceptúa el presente informe técnico 160CI-IT2207-7558 del 18 de julio de 2022.
“(…) la información remitida por la usuaria, tiene la estructura de los términos de referencia que se le
enviaron para la presentación del Plan de Cumplimiento, para optimizar el manejo de las aguas
residuales generadas en el beneficiado del café del predio Verdun. Su contenido se encuentra
estructurado de acuerdo con los siguientes descriptores:
Nombre del Proyecto e información del proponente, Nombre del usuario Predio, vereda y municipio,
dirección y teléfono Objetivo Descripción: aquí se plantea la metodología de trabajo, las metas o
resultados obtenidos con las actividades que se determinan para mejorar las condiciones del vertimiento.
Impactos y beneficios ambientales: en este acápite se identifican los impactos, los cambios que se
tendrán con la implementación de las obras y los beneficios ambientales que se obtienen con la
implementación del proyecto La inversión realizada: especificada en valores de las actividades.
Cronograma de ejecución; se planeó para cuatro meses (de febrero a mayo) Anexos: f otografías y
diseños de las estructuras.
Se hace visita de verificación al predio, para observar la situación y hacer el análisis para evaluar el
permiso de vertimientos.
La Vivienda principal del predio se encuentra en las coordenadas Magna Sirgas nacionales X:
4.678.662,82; Y: 2.225.590,75, cota 1830 msnm., cuya ubicación se muestra en la siguiente imagen,
tomada del portal geográfico de Corantioquia
Imágenes en el informe técnico N° 160CI-IT2207-7558 del 18 de julio de 2022.
Usos del Suelo. Teniendo en cuenta el certificado de usos del suelo expedido por la Secretaría de
Planeación e Infraestructura del municipio de Concordia, el predio Verdún, con matrícula inmobiliaria
005-24255, se encuentra en la Vereda Pueblo Rico, presenta un nivel de amenaza media por movimiento
en masa, con uso del suelo en “Producción agroforestal”, sin que se tengan conflictos con determinantes
ambientales en esta área (EOT, acuerdo 013 de 2017) como se muestra en la siguiente información
Uso 1
Clasificacion general del suelo
Suelo rural
Tratamiento
Consolidación rural (CR
Uso del suelo
Producción agroforestal
Uso 2
Tratamiento
Z8 DE Tratamiento de Desarrollo en zona de
Expansión
Requerimiento
Plan parcial
Áreas protegidas:
“(…) Se espacializa el punto de localización de las instalaciones y vertimiento del predio Verdun con la
herramiento ArcGis, shapefile Registro Único Nacional de Áreas Protegidas (RUNAP), observándose
que el predio no se encuentra en inmediaciones de áreas protegidas.
se muestra la ubicación del predio con respecto a las áreas protegidas declaradas en la zona, sin que
interfiera con ninguna de ellas.(…)”
Rondas hídricas:
“(…) En la visita de campo, se pudo establecer que el predio se encuentra a más de 30 metros de las
fuentes hídricas que discurren por el sector, guardando los retiros normativos en este sentido: (…)”

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