Resolución de la Corporación Autónoma Regional del Centro de Antioquia, 2022-08-29 - Normativa - VLEX 909510601

Resolución de la Corporación Autónoma Regional del Centro de Antioquia, 2022-08-29

Fecha de publicación29 Agosto 2022
Número de radicado160TH-RES2208-5052
Sistema de Gestión Integral (SGI)
Resolución
Código: F-PGI-31, versión: 03
Corantioquia está comprometida con el tratamiento legal, lícito, confidencial y seguro de sus datos personales. Por favor consulte
nuestra Política de Tratamiento de datos personales en nuestra página web: www.corantioquia.gov.co
Página 1 de 12
Carrera 28A n.° 32-17, piso 3 Terminal Transporte. Tel: 604 493 88 88 -
Ext. 8100 y 8101. 311 7056068
www.corantioquia.gov.co - Municipio: Santa Rosa de Osos, Antioquia
Correo electrónico: tahamies@corantioquia.gov.co
No 160 TH- RES
POR LA CUAL SE ARCHIVA UN EXPEDIENTE”
El Jefe de la Oficina Territorial Tahamíes de la Corporación Autónoma
Regional del Centro de Antioquia, de CORANTIOQUIA, en ejercicio de la
delegación otorgada por la resolución No. 040-1607-22528 del 14 de julio
2016, concordada con la resolución No.040-RES1906-3021 de 12 de junio de
2019, y los acuerdos 452 y 453 del 24 de noviembre del 2014, y
CONSIDERANDO
Que mediante la resolución con radicado No. 160TH-RES1805-2384 del 4 de
mayo de 2018, notificada el 04 de mayo de 2018, se otorga un permiso de
ocupación de cauce al Municipio de Entrerríos, permiso de ocupación de
cauce de la quebrada La Candelaria, para construcción de un puente en
concreto reforzado de 30 metros de longitud, 5.5 metros de ancho y 2 metros
de altura del tablero, apoyado en ambas márgenes del canal mediante estribos
de concreto conformados a su vez con terraplenes de acceso en las
coordenadas geográficas: 06°40’8.05’’ N, 75°36’14.09 W, coordenadas planas
magna-sirgas origen Bogotá X=831204; Y=1’229471.
Que se indicó en su Artículo Cuarto de una vigencia por el término de la vida
útil del proyecto, el cual se estimó por un periodo de cinco (5) años.
Que en el Artículo Segundo indicó del cumplimiento de las siguientes
obligaciones ambientales.
- El interesado debe implementar estructuras de entrada y salida de la obra
hidráulica, que ayuden a direccionar el flujo y evacuarlo rápidamente, con el
objeto de disminuir la posibilidad de represamientos tanto aguas arriba como
aguas abajo de la obra.
- Las obras complementarias de entrada y salida no deben disminuir el ancho de
30 metros y el galibo de la sección libre del puente, por lo que deben diseñarse
para que cumplan la función de direccionamiento del agua, pero sin restringir el
área hidráulica mencionada
- Presentar en un término de un (1) mes, los planos y diseños definitivos de la
obra objeto de ocupación considerando las obras de entrada y salida y demás
elementos necesarios para estabilidad del cauce natural de la quebrada.
- Presentar en un término de un (1) mes, el mapa de localización geográfica del
proyecto en sistema de coordenadas planas MagnaSirgas origen Bogotá, y a una
escala adecuada para su fácil lectura y visualización.

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR