Resolución de la Corporación Autónoma Regional del Centro de Antioquia, 2022-10-19 - Normativa - VLEX 913016261

Resolución de la Corporación Autónoma Regional del Centro de Antioquia, 2022-10-19

Fecha de publicación19 Octubre 2022
Número de radicado160CA-RES2210-6045
Sistema de Gestión Integral (SGI)
Resolución
Código: F-PGI-31, versión: 03
160CA-RES2210-6045
Corantioquia está comprometida con el tratamiento legal, lícito, confidencial y seguro de sus datos personales. Por
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Carrera 3 n.° 5-28. Tel: 604 493 88 88 - Ext. 4100 y 4101. 311 7054792
www.corantioquia.gov.co - Municipio: Jericó, Antioquia
Correo electrónico: cartama@corantioquia.gov.co
“POR LA CUAL SE OTORGA UN PERMISO DE VERTIMIENTOS”
El Jefe de la Oficina Territorial Cartama de la Corporación Autónoma Regional
del Centro de Antioquia - CORANTIOQUIA, en uso de las facultades otorgadas
según Resolución 040-RES2110-6700 del 15 de octubre de 2021, en
concordancia con los Acuerdos Corporativos 452 y 453 de 2014
reglamentados por medio de la Resolución 040-RES1811-6140 de 2018, y,
CONSIDERANDO
Que mediante Formulario Único Nacional de Solicitud de Permiso de
Vertimientos No. 160CA-COE2208-27624 del 10 de agosto de 2022, la
sociedad LA AGUADEÑA S.A.S, identificada con NIT 901.566.430-1, a través
de su representante legal, el señor JOSE MAURO PALACIO MORALES,
identificado con cédula de ciudadanía número 71.875.794, solicitó a la Oficina
Territorial Cartama, un permiso de vertimientos para el tratamiento de las
aguas residuales domésticas, que se generan en el predio de su Posesión,
identificado con folio de matrícula inmobiliaria No. 014-6252, ubicado en la
vereda la Tolda del Municipio de Jericó -Antioquia. Diligencias radicadas en el
expediente No. CA7-2022-617.
Que de conformidad con lo dispuesto en el artículo 70 de la Ley 99 de 1993,
es deber de la autoridad ambiental, dictar un auto de iniciación de trámite al
recibir una petición para iniciar una actuación administrativa ambiental, así
como notificarlo y publicarlo en los términos de la ley 1437 del 2011.
Que mediante Acto Administrativo No.160CA-ADM2209-4557 del 06 de
septiembre de 2022, debidamente notificado el día 16 de septiembre de 2022,
se dispone admitir e iniciar el trámite solicitado por la sociedad LA AGUADEÑA
S.A.S, en los siguientes términos:
(…) ARTÍCULO PRIMERO: Admitir la solicitud de Permiso de
Vertimientos presentada por la sociedad LA AGUADEÑA S.A.S,
identificada con NIT 901.566.430-1, a través de su representante legal,
el señor JOSE MAURO PALACIO MORALES, identificado con cédula
de ciudadanía número 71.875.794, para el tratamiento de las aguas
residuales domésticas, que se generan en el predio de su posesión,
identificado con folio de matrícula inmobiliaria No. 014-6252, ubicado en
la vereda la Tolda del Municipio de Jericó- Antioquia, de conformidad
con lo expuesto en la parte motiva de esta providencia. (…)”
Sistema de Gestión Integral (SGI)
Resolución
Código: F-PGI-31, versión: 03
160CA-RES2210-6045
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Que en el artículo tercero del acto administrativo número No. No.160CA-
ADM2209-4557 del 06 de septiembre de 2022, se dispuso lo siguiente:
“(…) ARTÍCULO TERCERO: Evaluar la información disponible para el
presente trámite por un funcionario del Área Técnica de la corporación,
y solo en caso que lo considere pertinente y necesario, practicará una
visita para determinar la viabilidad del permiso de vertimientos
solicitado. (…)”
Que el día 14 de octubre de 2022, la COPORACION expidió informe técnico
de evaluación con radicado 160CA-IT2210-11903, dentro del cual se
consignaron las siguientes consideraciones:
“(…)
Situación encontrada y/o análisis de información:
El presente informe se realiza por orden del jefe inmediato a través de
la asignación número CA-22-4391 del 22 de septiembre del año 2022.
INFORMACION DEL PETICIONARIO.
El día 13 de octubre del año en curso, se realiza visita de evaluación
técnica por parte de Corantioquia al predio denominado Sierra Morena
ubicado en las coordenadas 5°45”15.79” N 75°49”31.11” W cota 2097
m.s.n.m., vereda La Tolda del municipio de Pueblorico Antioquia, para
determinar la viabilidad o no de otorgar el permiso de vertimientos
domésticos.
Al predio se ingresa por la vía que desde el Municipio de Jericó conduce
por la vía antigua al Municipio de Pueblorico, aproximadamente a 5.72
kilómetros, sobre la margen derecha se encuentra el predio.
Al realizar el recorrido se evidencia que el Predio Sierra Morena, cuenta
con dos viviendas construidas, La principal es habitada de manera
transitoria por 3 personas y la auxiliar por 4 personas permanentes.

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