Resolución de la Corporación Autónoma Regional del Centro de Antioquia, 2022-12-01 - Normativa - VLEX 916013586

Resolución de la Corporación Autónoma Regional del Centro de Antioquia, 2022-12-01

Fecha de publicación01 Diciembre 2022
Número de radicado160AN-RES2212-7230
Sistema de Gestión Integral (SGI)
Resolución
Código: F-PGI-31, versión: 03
160AN-RES2212-7230
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Carrera 65 n.° 44A - 32. Tel: 604 493 88 88 - Ext. 1500
www.corantioquia.gov.co - Municipio: Medellín , Antioquia
Correo electrónico: aburranorte@corantioquia.gov.co
POR LA CUAL SE OTORGA UNA CONCESIÓN DE AGUAS
SUPERFICIALES Y SE APRUEBA UN PUEAA
El Jefe de la Oficina Territorial Aburrá Norte de la Corporación Autónoma
Regional del Centro de Antioquia, CORANTIOQUIA, en uso de las facultades
conferidas en la Ley 99 de 1993 y el Acuerdo Corporativo No.586 del 14 de
agosto del 2020, en concordancia con la Resolución No.040-RES-2101-427 del
29 de enero de 2021 y el Memorando No.040-MEM2104-3047 del 30 de abril del
2021,
CONSIDERANDO
Que por comunicación No. 160AN-COE1907-22213 de 4 julio de 2019, se
presentó la solicitud de concesión de aguas, descrita a continuación:
Solicitante: SEMINARIO MISIONERO ARQUIDIOCESANO
REDEMPTORIS MATER con NIT No. 800088662-6, representada
legalmente por el padre Antonio Urso Giacomino, con CE No. 268.390
Nombre de la fuente: Quebrada El Chupadero
Ubicación del predio: Calle 48 No. 4-131 kilometro 1 vía Santa Elena -
Medellin
Predio/Comunidad
Uso
Seminario Misionero Arquidiocesano Redemptoris
Domestico
Pecuario
Que por acto administrativo No. 160AN-ADM1907-4392 del 22 de Julio de
2019 notificado el 26 de julio de 2019, se procedió a requerir al Seminario
Misionero Arquidiocesano Redemptoris Mater, identificado con Nit
800.088.662-6, para que en el término de un (1) mes, contado a partir de la
notificación de dicha actuación administrativa, allegue Programa de Uso de
Eficiente y Ahorro del Agua PUEAA conforme a lo establecido en el artículo 2
de la Resolución No.1257 del 10 de julio de 2019 del Ministerio de Medio
Ambiente y Desarrollo sostenible.
Que a través de comunicación No 160ANCOE1908- 28138 del 21 de agosto
2019, el peticionario solicitó un plazo adicional para cumplir con el citado
requerimiento.
Que la información aportada por el peticionario fue analizada por personal
técnico de la Oficina Territorial, llevándose a cabo visita técnica el día 17 de
julio de 2021, la cual quedó plasmada en el Informe Técnico N° 160AN-IT2108-
8475 del 13 de agosto de 2021, el cual reportó entre otras, la siguiente
información:
“(…) 3. Información del(os) predio(s) o comunidad(es) a beneficiar:
Sistema de Gestión Integral (SGI)
Resolución
Código: F-PGI-31, versión: 03
160AN-RES2212-7230
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Predio o comunidad
Dirección
vereda
Corregimiento
Municipio
Área
total
(has)
Seminario Misionero
Arquidiocesano
Redemptoris Mater (00125472)
Calle 48
#4-131
KM 1 vía
Santa
Elena
Santa Elena
Medellín
4. Descripción del tipo y manejo del(os) vertimiento(s) generado(s) en el(os)
predio(s):
Nombre del solicitante: Seminario Misionero Arquidiocesano Redemptoris Mater
Nombre de la fuente:
Predio o comunidad
Uso
Clase de
vertimiento
Cota
(msnm)
Requiere
permiso
Caudal
(l/s)
Seminario Misionero
Arquidiocesano
Redemptoris Mater
(001-25472)
Doméstico
Puntual al
suelo
1,876
Si
4.1 Descripción de la(s) actividad(es) que genera(n) vertimiento(s) por
predio:
En el predio se generan vertimientos de tipo doméstico, para los cuales cuentan
con el debido permiso de vertimientos otorgado por la resolución N 160-
RES1712-7475 del 28 de diciembre de 2017 por una duración de 10 años, es
decir, a la fecha se encuentra vigente dicho permiso.
4.2 Descripción del tipo y manejo de los residuos sólidos que se generan por
predio:
En el predio se manejan residuos de carácter orgánico, reciclable y no reciclable.
Parte de los residuos orgánicos son recolectados, secados y empleados en
compostaje. Las basuras son entregadas al camión recolector una vez por
semana. Se evidencio en la visita una zona de quema y al preguntar por esta,
se informó que ocasionalmente se queman residuos orgánicos, principalmente
hojarasca recolectada de la limpieza de jardines. Se le indicó al usuario que la
quema de basuras es una actividad inadecuada y se recomendó incorporar la
hojarasca en los procesos de compostaje.
5. Requerimientos de caudal:

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