Resolución de la Corporación Autónoma Regional del Centro de Antioquia, 2023-01-27 - Normativa - VLEX 922248739

Resolución de la Corporación Autónoma Regional del Centro de Antioquia, 2023-01-27

Fecha de publicación27 Enero 2023
Número de radicado160PZ-RES2301-266
Sistema de Gestión Integral (SGI)
Resolución
Código: F-PGI-31, versión: 03
160PZ-RES-2301-266
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6101. 311 7053555
www.corantioquia.gov.co - Municipio: Caucasia, Antioquia
Correo electrónico: panzenu@corantioquia.gov.co
POR LA CUAL SE DECLARA LA CESACION DE UN PROCEDIMIENTO”.
La Jefe de la Oficina Territorial Panzenú de la Corporación Autónoma Regional
del Centro de Antioquia - CORANTIOQUIA, en ejercicio de las funciones
establecidas en la Resolución Nº N° 040-RES1811-6140 de 08 de noviembre
de 2018, concordada con Resolución N° 040-RES2002-729 del 13 de febrero
de 2020 y,
CONSIDERANDO
Que, mediante la Comunicación oficial externa N°160PZ-COE2010-30921 del
20 de octubre de 2020, Las Empresas Públicas de Medellín EPM informa a
la alcaldía municipal de Valdivia el reporte de disposición de materiales en el
sector Escuela El Pescado, del municipio de Valdivia, indicando que el material
removido de los derrumbes que se han presentado en el sector La India, vía
Valdivia Puerto Valdivia, km 81 + 100 según informes del INVIAS, se está
disponiendo en ese sector, contiguo al río Pescado, sobre su margen derecha.
ACTUACIONES TECNCO-JURIDICAS:
Que, para efectos de verificar los hechos informados, se trasladaron unos
funcionarios de la Oficina Territorial Panzenú de CORANTIOQUIA, el día 17
de noviembre de 2020, al sitio localizado en zona rural del municipio de
Valdivia denominado El Pescado, específicamente sobre la margen derecha
de vía que de Caucasia conduce a Valdivia, sobre las coordenadas W84
20´56.25” N, 75º 20´11.86” W zona donde funcionaba una institución
educativa, que en la actualidad se encuentra abandonada. Del cual se generó
el informe técnico 160PZ-IT2012-14681 del 24 de diciembre de 2020, en el
cual se concluyó y recomendó lo siguiente:
“(…) 6. CONCLUSIONES:
En la visita técnica se pudo evidenciar que se intervino parte de la ronda hídrica del
rio El Pescado mediante la disposición de RCD presuntamente por parte de la
empresa Concretos Asfalticos de Colombia SA - CONCRESCOL SA. Con aval o la
anuencia de la Alcaldía municipal, que presuntamente otorgo el permiso y de la
Agencia Nacional de Infraestructura ANI.
El sector donde se dispone este material ha sido tradicionalmente una zona de
inundación del río Pescado, llanura de inundación del río, en temporadas de invierno,
tanto por crecientes de dicho río, como por crecientes del río Cauca que represan
aquel río. Por lo tanto, es de esperar que debido a cualquier creciente o represamiento
del río Pescado inmediatamente se inundará y afectará la escuela al no haber otro
espacio donde el agua pueda inundar.
Sistema de Gestión Integral (SGI)
Resolución
Código: F-PGI-31, versión: 03
160PZ-RES-2301-266
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La zona intervenida corresponde a 0,5 has aproximadamente con lleno de RCD de
3.0 de espesor alcanzando la rasante de la vía pavimentada troncal de occidente.
Las actividades de llenos se desarrollaron sin considerar los aspectos técnicos y
ambientales requeridos. No se obtuvo el permiso de ocupación de cauce requerido.
No se realizó previamente desmonte y limpieza y descapote, actividades que
garantizan la estabilidad geotécnica del lleno. El material de lleno no fue
adecuadamente compactado, quedando vulnerable a la erosión.
7. Recomendaciones:
Remitir el presente Informe a la oficina Jurídica para que requiera a la Alcaldía de
Valdivia, a la Agencia Nacional de Infraestructura y a la firma Concretos Asfalticos de
Colombia SA CONCRESCOL SA la presentación de los permisos ambientales para
disponer los RCD en el sitio de la Institución Educativa de Puerto Pescado,
identificado y documentado técnicamente en el presente informe.
Requerir a la Alcaldía de Valdivia y a la firma Concretos Asfalticos de Colombia SA
CONCRESCOL SA la presentación del Plan de Manejo Ambiental de los RCD que se
generan por sus actividades constructivas. (..)”
Que, siguiendo las recomendaciones del informe técnico arriba referenciado,
se procedió a requerir a la Alcaldía Municipal de Valdivia, a la Agencia Nacional
de Infraestructura y a la firma Concretos Asfalticos de Colombia SA-
CONCRESCOL, mediante Acto Administrativo 160PZ-ADM2101-101 del 8 de
enero de 2021, para que en el término de 30 días calendarios (1 mes),
presentaran a esta Oficina Territorial:
Los permisos ambientales para disponer los RCD en el sitio de la
Institución Educativa de Puerto Pescado
Que, así mismo se requirió a la Alcaldía de Valdivia y a la firma Concretos
Asfalticos de Colombia SA CONCRESCOL SA, para que en el término de 30
días calendarios (1 mes), presenten a esta Oficina Territorial:
El Plan de Manejo Ambiental de los RCD que se generan por sus
actividades constructivas
Que, mediante Comunicación Oficial Externa 160PZ-COE2001-2519 del 27 de
enero de 2021, mediante la cual, la empresa CONCRESCOL, da respuesta al
acto administrativo 160PZ-ADM2101-101 del 8 de enero de 2021.
Que, mediante Comunicación oficial externa 160PZ-COE2102-7364 del 25 de
febrero de 2021, la Agencia Nacional de Infraestructura ANI, da respuesta al
requerimiento impuesto calendado 8 de enero de 2021, en los términos que
está Agencia no tiene a su cargo el corredor vial denominado Troncal de
Occidente y por ende no tiene competencia para autorizar intervención alguna
sobre el mismo.”
Que, así pues, una vez recibidas las anteriores respuestas, se procedió a su
evaluación por parte de técnicos de la Oficina Territorial Panzenú,
generándose el informe técnico 160PZ-IT2105-4577 de 06 de mayo de 2021,

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