Resolución de la Corporación Autónoma Regional del Centro de Antioquia, 2023-03-02 - Normativa - VLEX 924601654

Resolución de la Corporación Autónoma Regional del Centro de Antioquia, 2023-03-02

Fecha de publicación02 Marzo 2023
Número de radicado160AN-RES2303-755
Sistema de Gestión Integral (SGI)
Resolución
Código: F-PGI-31, versión: 03
160AN-RES2303-755
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Carrera 65 n.° 44A - 32. Tel : 604 493 88 88 - Ext. 1100
www.corantioquia.gov.co - Municipio: Medel lín , Antioquia
Correo electrónico: abur ranorte@corantioquia.gov.co
POR LA CUAL SE OTORGA UN PERMISO DE VERTIMIENTO
El Jefe de la Oficina Territorial Aburrá Norte de la Corporación Autónoma
Regional del Centro de Antioquia, CORANTIOQUIA, en uso de las facultades
conferidas en la Ley 99 de 1993 y el Acuerdo Corporativo No. 586 del 14 de
agosto del 2020, en concordancia con la Resolución No. 040-RES-2101-427
del 29 de enero de 2021 y el Memorando No. 040-MEM2104-3047 del 30 de
abril del 2021,
CONSIDERANDO
Que mediante formulario recibido con consecutivo 160AN-COE2301-373
del 5 de enero de 2023, la señora SILVIA ELENA HERNANDEZ
ATEHORTUA, identificada con la cédula de ciudadanía No. 43.629.587 solicitó
Permiso de Vertimientos para las aguas residuales que se generan en un
predio del cual es COPROPIETARIA, identificado con Folio de Matrícula
Inmobiliaria No. 01N-5081519, ubicado en la vereda El llano, Corregimiento de
Santa Elena del municipio de Medellín Antioquia. Expediente AN7-2023-4
Que a través de acto administrativo No. 160AN-ADM2301-115 de 12 de
enero de 2023, se inició el trámite.
Que mediante Informe Técnico No. 160AN-IT2302-917 de 6 de febrero de
2023, se evaluó la solicitud y se conceptuó:
“(…) Situación encontrada:
El usuario allegó solicitud de permiso de vertimientos para una vivienda
ubicada en Santa Elena, vereda El Llano, a continuación, se relacionan las
coordenadas captadas en la visita de campo realizada:
Punto de Referencia
Coordenadas
Geográficas
Coordenadas Planas
Magna/Sirgas Bogotá
Predio con Ma trícula
Inmobiliaria 01N-
5081519
Longitud: 75º30´0.06
Latitud: 6º12´5.44
Cota: 2589 msnm
X: 842.551
Y:1.177.733
Cota: 2589 msnm
STARD
Longitud: 75º29´59.75
Latitud: 6º12´5.24
Cota: 2588 msnm
X: 842.561
Y:1.177.726
Cota: 2588 msnm
Sistema de Gestión Integral (SGI)
Resolución
Código: F-PGI-31, versión: 03
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Imagen 1: Ubicación del pr edio según Matrícula Inmobiliaria 01N -5081519 mapas Medellín
De acuerdo con lo informado por el usuario en la visita, la vivienda fue
construida hace más de 80 años, informa que fue ahí donde se criaron sus
padres. Actualmente la vivienda cuenta con una situación interna, esta fue
separada en su interior, una parte de la vivienda habitan tres (3) personas fijas
y tres (3) flotantes, la segúnda parte de la vivienda la habita un adulto mayor y
una persona con discapacidad. Así las cosas, el sistema séptico corresponde
a una población a atender de: 5 personas fijas y 3 transitorias.
Indica además que el STARD fue instalado por EPM en el año de 1991, en
este sistema son conducidas las aguas residuales de la vivienda que
actualmente se encuentra separada.
La solicitud de legalización ante la corporación se realiza por exigencia del
Acueducto veredal, informa que el acueducto envió comunicación en la cual
se les informa a los propietarios que de no contar con permiso de vertimientos
serán desconectados del suministro de agua.
El predio genera únicamente vertimientos de tipo doméstico, no se realizan
otras actividades en su interior.
Imagen 2: Vivienda de la señora Silvia
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Imagen 3, 4: Parte posterior de la vivienda la cual fue separada
Análisis de información:
En atención a la solicitud de la señora Silvia Elena Hernández, identificado con
C.C. 43.629.587, quien actúa en calidad de Copropietaria (según Formulario
Único Nacional de Solicitud de Permiso de Vertimientos al suelo), en lo
referente a la expedición del permiso de vertimientos, y teniendo en cuenta que
se suministró a la Corporación la ficha de diseños del sistema de tratamiento
de aguas residuales, y que adicionalmente la solicitud se hace para un
vertimiento de tipo doméstico; se procede a realizar la evaluación de la
información aportada, como se describe a continuación:
El predio con matrícula inmobiliaria 01N-5081519, se encuentra ubicado en la
vereda El Llano, corregimiento Santa Elena del municipio de Medellín.
En la solicitud no se evidencia información del sistema séptico de la usuaria,
en la visita técnica indica que el sistema fue instalado por EPM en el año 1991,
informa además que este es en mampostería cuenta con dos compartimientos
con manejo de efluente al recurso suelo.
En la visita no fue posible inspeccionar el interior del sistema séptico, toda ves
que este se encuentra bajo tierra, informa la señora que este sistema es
demasiado grande, que el mantenimiento se realiza cada dos años y que nunca
a presentado fallas de filtraciones.
De igual forma se le indica a la señora Silvia que por llevar más de 30 años de
construido el sistema, se hace necesario inspeccionar su parte estructural y
redes con el fin de detectar fugas, filtraciones o daños en su interior.

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