Resolución de la Corporación Autónoma Regional del Centro de Antioquia, 2023-02-23 - Normativa - VLEX 924619561

Resolución de la Corporación Autónoma Regional del Centro de Antioquia, 2023-02-23

Fecha de publicación23 Febrero 2023
Número de radicado160CA-RES2302-639
Sistema de Gestión Integral (SGI)
Resolución
Código: F-PGI-31, versión: 03
160CA-RES2302-639
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www.corantioquia.gov.co - Municipio: Jericó, Antioquia
Correo electrónico: cartama@corantioquia.gov.co
“POR LA CUAL SE OTORGA UN PERMISO DE VERTIMIENTOS”
El Jefe de la Oficina Territorial Cartama de la Corporación Autónoma Regional
del Centro de Antioquia - CORANTIOQUIA, en uso de las facultades otorgadas
según Resolución 040-RES2110-6700 del 15 de octubre de 2021, en
concordancia con los Acuerdos Corporativos 452 y 453 de 2014
reglamentados por medio de la Resolución 040-RES1811-6140 de 2018, y,
CONSIDERANDO
Que mediante Formulario Único Nacional de Solicitud de Permiso de
Vertimientos No. 160CA-COE2204-14194 del 26 de abril del 2022, El
MUNICIPIO NUEVA CARAMANTA Antioquia, identificado con NIT
890.984.132-5, a través de su Representante Legal, el alcalde JULIÁN
ANDRÉS GRANADA RESTREPO, identificado con cédula de ciudadanía CC.
71.993.207, solicito permiso de vertimiento para adelantar proyecto de
saneamiento básico hídrico rural (convenio interadministrativo 040-
cov2108-64), consistente en la instalación de varios tanques sépticos, para el
tratamiento de aguas residuales domésticas. Diligencias radicadas en el
expediente No. CA7-2023-27.
Que de conformidad con lo dispuesto en el artículo 70 de la Ley 99 de 1993,
es deber de la autoridad ambiental, dictar un auto de iniciación de trámite al
recibir una petición para iniciar una actuación administrativa ambiental, así
como notificarlo y publicarlo en los términos de la ley 1437 del 2011.
Que mediante Acto Administrativo No. 160CA-ADM2302-483 del 03 de febrero
de 2023, debidamente notificado el día 03 de febrero de 2023, se dispone a
admitir e iniciar el trámite solicitado al MUNICIPIO NUEVA CARAMANTA, en
los siguientes términos:
“(…) ARTÍCULO PRIMERO: Admitir la solicitud de Permiso de
Vertimientos presentada por el MUNICIPIO NUEVA CARAMANTA
Antioquia, identificado con NIT 890.984.132-5, a través de su
Representante Legal, el alcalde JULIÁN ANDRÉS GRANADA
RESTREPO, identificado con cédula de ciudadanía CC. 71.993.207 o
quien haga sus veces, para el tratamiento de las aguas residuales
domésticas ( proyecto de saneamiento básico hídrico rural convenio
interadministrativo N° 040-COV2108-64), consistente en la instalación
de varios tanques sépticos. Diligencias radicadas en el expediente No.
CA7-2023- 27, de conformidad con lo expuesto en la parte motiva de
esta providencia. (…)”
Sistema de Gestión Integral (SGI)
Resolución
Código: F-PGI-31, versión: 03
160CA-RES2302-639
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Que en el artículo tercero del acto administrativo número No. 160CA-
ADM2302-483 del 03 de febrero de 2023, se dispuso lo siguiente:
“(…) ARTÍCULO TERCERO: Evaluar la información disponible para el
presente trámite por un funcionario del Área Técnica de la Corporación,
y solo en caso de que lo considere pertinente y necesario, practicará
una visita para determinar la viabilidad del permiso de vertimientos
solicitado. (…)”
Que, la CORPORACION expidió informe técnico de evaluación con radicado
160CA-IT2302-1585 del 17 de febrero de 2023, dentro del cual se consignaron
las siguientes consideraciones:
“(…) 2. Situación encontrada:
Mediante Comunicación Oficial Externa 160CA-COE2204-14194 del
26 de abril del 2022, el Municipio de NUEVA CARAMANTA solicita
el permiso de vertimientos y anexa todos los documentos necesarios
para llevar a cabo el trámite en el marco del convenio de
saneamiento básico 040-COV2108-64, para un total de Veintisiete
(27) beneficiarios de Sistemas de Tratamiento de Aguas Residuales
Domésticas, ubicados en las veredas: La Esmeralda, Aguadita
Pequeña, Manzanares, Buenos Aires, La Frisolera, La Unión, San
Pablo, La Cascada, Aguadita Grande, Yarumalito, y Conde, del
Municipio de Caramanta. Según lo consagrado en el Memorando
160-1312-5050 del 17 de diciembre de 2013, corresponde a un
permiso de vertimientos tipo II (Únicamente, aguas provenientes de
actividades domésticas) por lo anterior la presente evaluación se
realiza por método de racionalización.
El usuario anexa los siguientes documentos para llevar a cabo el
trámite:
1. Formato único nacional de permiso de vertimiento a cuerpos de
agua. Base legal 1076 de 2015. Resolución 631 de 2015 y
Resolución 883 de 2018, o aquellos que lo modifiquen.
2. Cuadro inventario de usuarios.
3. Fichas (31) Formato para asignación y Ubicación de Tanques
Sépticos. (Son 27 usuarios, enviaron 4 fichas repetidas: Luis
Aníbal Acevedo, Roberto León Serna, José Doney Velásquez,
Rosa Elena López.)
4. Copia Convenio 040-COV2108-64.
5. Copia Cédula de Ciudadanía Alcalde Municipal Caramanta.
6. Copia Registro Único Tributario Municipio Nueva Caramanta (3
folios).
7. Copia Registro Único Tributario Alcalde.
8. Copia Acta de Posesión Alcalde de Caramanta.
9. Copia credencial de la Registraduría Nacional del Estado Civil,
elección Alcalde de Caramanta.

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