Resolución de la Corporación Autónoma Regional del Centro de Antioquia, 2023-04-14 - Normativa - VLEX 929061943

Resolución de la Corporación Autónoma Regional del Centro de Antioquia, 2023-04-14

Fecha de publicación14 Abril 2023
Número de radicado040-RES2304-1398
Sistema de Gestión Integral (SGI)
Resolución
Código: F-PGI-31, versión: 03
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Correo electrónico: corantioquia@corantioquia.gov.co
POR LA CUAL SE ACEPTA UN DESISTIMIENTO.
La Directora General de la Corporación Autónoma Regional del centro de
Antioquia-CORANTIOQUIA, en uso de sus facultades legales, estatutarias y en
especial, las que otorga la Ley 99 de 1993 y el artículo 8 del Decreto 2489 de
2009 y en concordancia con la Resolución N° 040-RES2201-488 del 31 de
enero de 2022, y
CONSIDERANDO
Que reconocido el medio ambiente como principio, derecho colectivo y
derecho-deber constitucional, esencial para la supervivencia humana y del
medio mismo, le es exigible al Estado proteger la diversidad e integridad del
ambiente, planificar el manejo y aprovechamiento de los recursos naturales a
fin de garantizar su desarrollo sostenible, así como adoptar las acciones
correspondientes para prevenir y controlar los factores que puedan ocasionar
deterioro ambiental, e imponer las sanciones respectivas cuando hubiere lugar
a ello.
COMPETENCIA.
La Corporación Autónoma Regional del Centro de Antioquia,
CORANTIOQUIA, ostentan el carácter de máxima autoridad ambiental en la
zona de su jurisdicción; por lo tanto, se encuentran plenamente facultada para,
otorgar concesiones, permisos, autorizaciones y licencias ambientales
requeridas por la ley para el uso, aprovechamiento o movilización de los
recursos naturales renovables o para el desarrollo de actividades que afecten
o puedan afectar el medio ambiente, por lo tanto, se encuentran plenamente
facultadas para iniciar y decidir procedimientos sancionatorios de conformidad
con el artículo 31 numerales 2, 9 y 12 de la Ley 99 de 1993, en concordancia
con el artículo 33 de la misma ley.
Que, la Constitución Política de Colombia en sus artículos 79 y 80, establece
que es deber del Estado proteger la diversidad e integridad del ambiente,
conservar las áreas de especial importancia ecológica y fomentar la educación
ambiental para garantizar el derecho de todas las personas a gozar de un
ambiente sano y planificar el manejo y aprovechamiento de los recursos
naturales para asegurar su desarrollo sostenible, conservación, restauración o
sustitución, debiendo prevenir y controlar los factores de deterioro ambiental,
imponer sanciones legales y exigir la reparación de los daños causados.
Que en aras de regular las funciones de la Corporación Autónoma Regional
del Centro de Antioquia se emitió entre otras la Resolución N° 040-RES1811-
6140 del 2018, por medio de la cual se actualizó y se adoptó el manual
especifico de funciones.
040-RES2304-1398
040-RES2304-1398

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