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Resolución de la Corporación Autónoma Regional del Centro de Antioquia, 2023-05-23

Fecha de publicación23 Mayo 2023
Número de radicado040-RES2305-2134
Sistema de Gestión Integral (SGI)
Resolución
Código: F-PGI-31, versión: 03
Código Dependencia-
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Por medio de la cual se actualiza y se adopta el Plan para la Gestión
Integral de Residuos Peligrosos en los municipios de la jurisdicción de
Corantioquia 2023 2030
La Directora General de la Corporación Autónoma Regional del Centro de
Antioquia CORANTIOQUIA, en uso de las facultades otorgadas por la ley 99
de 1993 y,
CONSIDERANDO
Que la Corporación Autónoma Regional del Centro de Antioquia
“CORANTIOQUIA” es un ente corporativo de carácter público, creado por la
Ley 99 de 1993, integrado por las entidades territoriales que por sus
características constituyen geográficamente un mismo ecosistema o
conforman una unidad geopolítica, biogeografía o hidrogeográfica, dotado de
autonomía administrativa y financiera, patrimonio propio y personería jurídica,
encargado por la ley de administrar, dentro del área de su jurisdicción, el medio
ambiente y los recursos naturales renovables y propender por su desarrollo
sostenible, de conformidad con las disposiciones legales y las políticas del
Ministerio de Ambiente y Desarrollo Sostenible.
Que según lo establecido en la misma Ley 99 de 1993 corresponde a las
Corporaciones Autónomas Regionales, según lo dispuesto en el artículo 31,
dentro de las funciones que se les atribuye: “Ejecutar las políticas, planes y
programas nacionales en materia ambiental definidos por la ley aprobatoria del
Plan Nacional de Desarrollo y del Plan Nacional de Inversiones o por el
Ministerio del Medio Ambiente, así como los del orden regional que le hayan
sido confiados conforme a la ley, dentro del ámbito de su jurisdicción”.
Que frente al tema de residuos sólidos y desechos peligrosos, el Ministerio de
Ambiente, Vivienda y Desarrollo Territorial, expidió el Decreto 4741 del 30 de
diciembre de 2005 "Por el cual se reglamenta parcialmente la prevención y
manejo de los residuos o desechos peligrosos generados en el marco de la
gestión integral", el cual fue derogado por el Decreto 1076 del 26 de mayo de
2015 por medio del cual se “Expide el Decreto Único Reglamentario del Sector
Ambiente y Desarrollo Sostenible”.
Que el título 6 del Decreto 1076 de 2015. Capitulo I. Sección 1, establece en
el objeto la prevención y el manejo de los residuos o desechos peligrosos,
generados en desarrollo de la gestión Integral, citando además el alcance, las
definiciones y las obligaciones de los generadores, gestores y autoridades
ambientales, entre otros aspectos sustanciales.
Corantioquia está comprometida con el tratamiento legal, lícito, confidencial y seguro de sus datos personales. Por
favor consulte nuestra Política de Tratamiento de datos personales en nuestra página web: www.corantioquia.gov.co
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Código Dependencia-
Fecha- (de radicación)
Sistema de Gestión Integral (SGI)
Resolución
Código: F-PGI-31, versión: 03
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Menciona además en el numeral d) del artículo 2.2.6.1.5.1, del Título 6,
Capitulo 1, de la Sección 5, refiriéndose a las autoridades ambientales que
deben:
“d. Formular e implementar en el área de su jurisdicción un plan para promover
la gestión integral de residuos o desechos peligrosos, con énfasis en aquellas
estrategias o acciones que haya definido la Política como prioritarias. Lo
anterior, independientemente de los planes de gestión que deben formular los
generadores, fabricantes o importadores”
Que la Política ambiental para la gestión integral de residuos peligrosos y Plan
de Acción 20222030 adoptada por el Ministerio de Ambiente y Desarrollo
Sostenible en el año 2022, establece la importancia de articularse con los
instrumentos y tendencias internacionales de gestión y responsabilidad
ambiental en materia de RESPEL resaltando la Ley 253 de 1996 adoptó el
Convenio de Basilea y reguló el movimiento transfronterizo de desechos
peligrosos.
Que la normatividad existente sobre la gestión de Respel, proviene de 2005 y
en la última década se establecieron las normas reglamentarias (Decreto
1076, 2015), las cuales están vigentes y rigen para una adecuada gestión de
los Respel en el país, además se convierten en una oportunidad inmejorable
para establecer nuevas metas para la minimización, prevención y promoción
en la gestión de los Respel.
Que obedeciendo al avance normativo y a las circunstancias actuales que
exige la gestión de residuos sólidos en los municipios de la jurisdicción de
Corantioquia, se hace necesaria la revisión y actualización del Plan
Corporativo para la gestión de los residuos y desechos peligrosos, vigente
desde el año 2005, con el fin de que dicho Plan se articule con la política
ambiental para la gestión integral de residuos peligrosos y Plan de Acción 2022
2030 expedida por el Ministerio de Medio Ambiente en el año 2022 y permita
atender nuestras funciones de manera eficiente y acertada.
Que para el cumplimiento de sus funciones, con la implementación del Plan
de Acción 2020-2023 específicamente del Programa IV. Hábitat y hábitos de
vida sostenible, Proyecto 8. Consolidando hábitat y hábitos sostenibles,
Corantioquia, se plantea aportar en la reducción de residuos aprovechables,
no aprovechables, especiales y peligrosos generados y por consiguiente una
reducción gradual de las cifras a gestionar bien sea en los procesos de
aprovechamiento, tratamiento y/o de disposición final, con lo cual se podrá
determinar de manera acertada el comportamiento y cumplimiento de los
objetivos de calidad (ODC).
Que en virtud de las consideraciones que motivan la presente resolución, la
Directora General de la Corporación Autónoma Regional del Centro de
Antioquia -CORANTIOQUIA en mérito de lo expuesto,
Corantioquia está comprometida con el tratamiento legal, lícito, confidencial y seguro de sus datos personales. Por
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Resolución
Código: F-PGI-31, versión: 03
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RESUELVE
Artículo 1º. Adoptar en la Corporación Autónoma Regional del Centro de
Antioquia -CORANTIOQUIA-, el Plan para la Gestión Integral de Residuos
Peligrosos en los municipios de la jurisdicción de Corantioquia 2023 2030, el
cual hace parte integrante de la presente Resolución, de conformidad con la
parte motiva del presente acto administrativo.
Artículo 2º. La presente Resolución rige a partir de la fecha de su expedición y
pblicación en el diario oficial. Publíquese además en la página web de
Corantioquia y deja sin efecto cualquiera otra contraria a estas disposiciones.
Dado en Medellín,
PUBLÍQUESE Y CUMPLASE
ANA LIGIA MORA MARTÍNEZ
Directora General
Anexo: La Política Ambiental para la Gestión Integral de Residuos Peligrosos y Plan de
Acción 2022 2030
Elaboró: Mishel Dayana Segura,
Gonzalo Antonio Figueredo
Revisó: Gabriel Jaime Ayora Hernandez
Llanedt Rosa Martínez Ruíz
Fecha de elaboración: 2023-05-17
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