Resolución de la Corporación Autónoma Regional del Centro de Antioquia, 2023-06-09 - Normativa - VLEX 934331589

Resolución de la Corporación Autónoma Regional del Centro de Antioquia, 2023-06-09

Fecha de publicación09 Junio 2023
Número de radicado160HX-RES2306-2659
Sistema de Gestión Integral (SGI)
Resolución
Código: F-PGI-31, versión: 03
160HX-RES2306-2659
Corantioquia está comprometida con el tratamiento legal, lícito, confidencial y seguro de sus datos personales. Por
favor consulte nuestra Política de Tratamiento de datos personales en nuestra página web: www.corantioquia.gov.co
Página 1 de 27
Calle 11 n.° 10-39. Tel: 604 493 88 88 - Ext. 9100 y 9101. 311 7052293
www.corantioquia.gov.co - Municipio: Santa Fe de Antioquia
Correo electrónico: hevexicos@corantioquia.gov.co
“POR LA CUAL SE DECIDE UN PROCEDIMIENTO SANCIONATORIO”
La Jefe ( E ) de la Oficina Territorial Hevéxicos, de la Corporación Autónoma
Regional del Centro de Antioquia CORANTIOQUIA, en uso de sus facultades
conferidas mediante los Acuerdos del Consejo Directivo N° 586 y 587 de 2020,
en concordancia con la Resolución N° 040-RES2305-2401 del 30 de mayo de
2023, y
CONSIDERANDO
ANTECEDENTES
El dia 25 de julio del año 2014, con radicado No. 130HX1407-1226, se
interpone queja en contra del señor JAVIER HERNANDEZ, por presunta
deforestación y quema de vegetación protectora del nacimiento Sin Nombre,
del cual se beneficia la Escuela de la vereda Salazar en el municipio Caicedo.
A fin de verificar la ocurrencia de los hechos, determinar su constitución en
infracción ambiental e identificar a los responsables de la conducta, se llevó a
cabo visita técnica al sitio de interés el 25 de septiembre de 2014, cuyos
resultados fueron plasmados en el Informe Técnico 160HX-1410-22385 del 01
de octubre de 2014, encontrándose lo siguiente:
(...)
“SITUACIÓN ENCONTRADA
La vereda la Salazar está ubicada aproximadamente a una hora en
vehículo del casco urbano del municipio de Caicedo Antioquia, el
ingreso a punto de afectación se realizó caminando, ascendiendo por
una pendiente alrededor de 45 minutos, ubicada a mano derecha,
límites con la vereda Cascajala, posteriormente se continuó por un
llano pasando por un costado de la escuela veredal, hasta llegar a las
coordenadas 6"22’ 20.091" N, 75° 56’ 02.145" cota 2.179 m.s.n.m,
donde se evidenció tala y quema de la vegetación nativa que
conformaba la zona de protección de una fuente sin nombre que
abastece la escuela, en un área aproximada a una hectárea con
pendientes superiores a los 45 (ver fotografías No 1 y 2)
De acuerdo a la información proporcionada por algunos habitantes del
sector y por el denunciante anónimo, el predio es propiedad del señor
Sistema de Gestión Integral (SGI)
Resolución
Código: F-PGI-31, versión: 03
160HX-RES2306-2659
Corantioquia está comprometida con el tratamiento legal, lícito, confidencial y seguro de sus datos personales. Por
favor consulte nuestra Política de Tratamiento de datos personales en nuestra página web: www.corantioquia.gov.co
Página 2 de 27
Calle 11 n.° 10-39. Tel: 604 493 88 88 - Ext. 9100 y 9101. 311 7052293
www.corantioquia.gov.co - Municipio: Santa Fe de Antioquia
Correo electrónico: hevexicos@corantioquia.gov.co
JAVIER DE JESUS HERNANDEZ MONTOYA identificado con el
número de cédula 70.470.079, número de contacto 312 875 4726, quien
presuntamente reside en límites con el municipio de Anzá.
Adicionalmente también se evidenció un tocón, trozas y residuos de un
individuo de la especie roble de tierra fría (Quercus humboldtii)
Agrava esta situación que algunos residuos producto de la tala fueron
arrojados al cauce de la fuente sin nombre
En relación a la Resolución 096 del 20 de enero de 2006 “Por la cual se
modifican las resoluciones 316 de 1974 y 1408 de 1975, proferidas por
el INDERENA, en relación con la veda sobre la especie Roble (Quercus
humboldtii) artículo primero: Establecer en todo el territorio nacional y
por tiempo indefinido, la veda para el aprovechamiento forestal de la
especie Roble (Quercus humboldtii)
Al realizar búsqueda en el aplicativo Docunet, no se evidenció ningún
permiso de aprovechamiento forestal tramitado por el señor JAVIER DE
JESUS HERNANDEZ MONTOYA.
Al realizar la valoración de la importancia de la afectación, de acuerdo
al Manual metodología para el cálculo de multas por infracción a la
normativa ambiental MAVDT, se obtuvo una valoración con un rango de
47 con un medio cualitativo SEVERO VALORACIÓN IMPORTANCIA
DE LA AFECTACIÓN Manual metodología para el cálculo de multas por
infracción a la normativa ambiental.
Con base en lo anterior, mediante Acto Administrativo 130HX-1412-7457 del
02 de diciembre de 2014 notificado a través del Aviso No. 160HX-NAV1710-
1060 del 25 de octubre de 2017, se procedió a dar inicio formal al respectivo
proceso sancionatorio ambiental en contra del señor JAVIER DE JESUS
HERNANDEZ MONTOYA, en calidad de presunto responsable de la comisión
de infracciones ambientales (violación normativa y/o comisión de daños
ambientales), derivadas de la tala y quema de vegetacion en la vereda Salazar
del municipio d Caicedo, departamento de Antioquia.
Posteriormente, mediante Informe Técnico N° 160HX-IT1903-4095 del 28 de
marzo de 2019 en los términos de la Resolución N° 2086 de 2010, fue
reajustada la valoración de impactos derivados de los hechos objeto de
investigación, en los siguientes términos:
(...)
“Situación encontrada y/o análisis de información:
Que de conformidad con el artículo 5 de la Ley 1333 de 2009, son
infracciones ambientales.” toda acción u omisión que constituya

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR