Resolución de la Corporación Autónoma Regional del Centro de Antioquia, 2023-06-16 - Normativa - VLEX 935155059

Resolución de la Corporación Autónoma Regional del Centro de Antioquia, 2023-06-16

Fecha de publicación16 Junio 2023
Número de radicado160AN-RES2306-2767
Sistema de Gestión Integral (SGI)
Resolución
Código: F-PGI-31, versión: 03
160AN-RES2306-2767
Corantioquia está comprometida con el tratamiento legal, lícito, confidencial y seguro de sus datos personales. Por favor
consulte nuestra Política de Tratamiento de datos personales en nuestra página web: www.corantioquia.gov.co
Página 1 de 6
Carrera 65 n.° 44A - 32. Tel: 604 493 88 88 - Ext. 2100
www.corantioquia.gov.co - Municipio: Medellín , Antioquia
Correo electrónico: aburranorte@corantioquia.gov.co
“POR LA CUAL SE RESUELVE UN RECURSO DE REPOSICIÓN
El Jefe de la Oficina Territorial Aburrá Norte de la Corporación Autónoma Regional
del Centro de Antioquia, CORANTIOQUIA, en uso de las facultades conferidas en
la Ley 99 de 1993 y el Acuerdo Corporativo No.586 del 14 de agosto del 2020, en
concordancia con la Resolución No.040-RES-2101-427 del 29 de enero de 2021 y
el Memorando No.040-MEM2104-3047 del 30 de abril del 2021,
CONSIDERANDO
I. ANTECEDENTES
Que mediante la Resolución N°160AN-RES2007-3913 del 10 de julio de 2020, se
otorgó Permiso de Vertimientos por el termino de DIEZ (10) años a nombre de la
sociedad EMPRESAS PUBLICAS DE MEDELLIN- EPM, identificada con
Nit.890.904.996-1; para las aguas residuales domésticas generadas en el predio
identificado con matrícula inmobiliaria N°01N-5181520 denominado Central
Hidroeléctrica Niquia, con un vertimiento puntual al suelo, con un caudal N°0,0013
L/S, en el sitio de coordenadas X:839.152, Y:1.195.366.
Que en el artículo tercero de la resolución de otorgamiento se requirió a la
Empresa, entre otras cosas, lo siguiente:
b) Una vez el sistema de tratamiento de aguas residuales domésticas implementado
complete el proceso de arranque se deberá realizar una caracterización, con el fin de
evaluar su funcionamiento, anunciando a la Corporación la fecha de la toma de
muestras, con un tiempo prudente para realizar el acompañamiento. Dicha
caracterización se debe realizar de forma compuesta, con una duración mínima de
ocho (8) horas, tomando alícuotas cada 20 minutos, midiendo los valores de PH,
temperatura y caudal instantáneo para cada alícuota. Los parámetros a caracterizar
serán los contemplados en la Resolución 0631 de 2015 para “Aguas residuales
Domésticas -ARD y de las aguas residuales (ARD-ARnD) de los prestadores del
servicio público de alcantarillado a cuerpos de aguas superficiales, con una carga
menor o igual a 625 Kg/dia DBO 5”.
Que la Resolución N°160AN-RES2007-3913 del 10 de julio de 2020, fue
notificada a través de correo electrónico el día 3 de septiembre de 2020, según
fecha y hora de acceso a contenido.
Que mediante comunicación radicada con el No. 160AN-COE2009-26425 del 15
de septiembre de 2020, EMPRESAS PUBLICAS DE MEDELLIN- EPM,
identificada con Nit.890.904.996-1, interpone recurso de reposición, en contra de
la Resolución 160AN-RES2007-3913 del 10 de julio de 2020.
II. PROCEDENCIA DEL RECURSO DE REPOSICIÓN

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR