Resolución de la Corporación Autónoma Regional del Centro de Antioquia, 2023-10-26 - Normativa - VLEX 950554643

Resolución de la Corporación Autónoma Regional del Centro de Antioquia, 2023-10-26

Fecha de publicación26 Octubre 2023
Número de radicado160AN-RES2310-5390
Sistema de Gestión Integral (SGI)
Resolución
Código: F-PGI-31, versión: 03
160AN-RES2310-5390
Corantioquia está comprometida con el tratamiento legal, lícito, confidencial y seguro de sus datos personales. Por
favor consulte nuestra Política de Tratamiento de datos personales en nuestra página web: www.corantioquia.gov.co
Página 1 de 22
Carrera 65 n.° 44A - 32. Tel: 604 493 88 88 - Ext. 2100
www.corantioquia.gov.co - Municipio: Medellín , Antioquia
Correo electrónico: aburranorte@corantioquia.gov.co
“POR LA CUAL SE NIEGA UN PERMISO DE VERTIMIENTOS”
El Jefe de la Oficina Territorial Aburrá Norte de la Corporación Autónoma
Regional del Centro de Antioquia, CORANTIOQUIA, en uso de las facultades
conferidas en la Ley 99 de 1993 y el Acuerdo Corporativo No.586 del 14 de
agosto del 2020, en concordancia con la Resolución No. 040-RES-2101-427 del
29 de enero de 2021 y el Memorando No. 040-MEM2104-3047 del 30 de abril
del 2021,
CONSIDERANDO
Que mediante comunicación oficial externa con radicado No. 160AN-
COE2309-38688 del 18 de septiembre de 2023, la señora MARIA CELINA
HOYOS JIMENEZ identificada con cedula de ciudadanía No. 43.402.929,
presentó solicitud de permiso de vertimientos al suelo, para las aguas
residuales domesticas generadas en un predio identificado con folio de
matrícula inmobiliaria No. 01N-5059967, ubicado en la vereda El Plan del
corregimiento de Santa Elena del municipio de Medellín Antioquia.
Expediente AN7-2023-386.
Que de conformidad con el artículo 70 de la Ley99 de 1993, al recibir una
petición para iniciar una actuación administrativa ambiental la entidad
competente debe dictar un acto de iniciación del trámite, así como notificarlo y
publicarlo.
Que en tal sentido, mediante Acto Administrativo No. 160AN-ADM2309-7044
del 21 de septiembre de 2023, fue admitida la solicitud presentada por la
señora MARIA CELINA HOYOS JIMENEZ identificada con cedula de
ciudadanía No. 43.402.929.
Que el personal técnico de la Corporación procedió a la evaluación técnica de
la solicitud y de la información aportada, cuya valoración generó el Informe
Técnico No. 160AN-IT2310-14912 del 23 de octubre de 2023, que al respecto
determinó lo siguiente:
“(…)
2. SITUACIÓN ENCONTRADA Y ANÁLISIS DE INFORMACIÓN
En atención a la solicitud de la señora María Celina Hoyos Jimenez, identificada
con C.C. 43.402.929, en lo referente a la expedición de permiso de vertimientos,
se llevó a cabo visita de inspección técnica el día 12 de octubre del presente año,
Sistema de Gestión Integral (SGI)
Resolución
Código: F-PGI-31, versión: 03
160AN-RES2310-5390
Corantioquia está comprometida con el tratamiento legal, lícito, confidencial y seguro de sus datos personales. Por
favor consulte nuestra Política de Tratamiento de datos personales en nuestra página web: www.corantioquia.gov.co
Página 2 de 22
Carrera 65 n.° 44A - 32. Tel: 604 493 88 88 - Ext. 2100
www.corantioquia.gov.co - Municipio: Medellín , Antioquia
Correo electrónico: aburranorte@corantioquia.gov.co
se tomaron datos de campo y el respectivo registro fotográfico, ya en la oficina,
se procedió con la evaluación de la información aportada, con el fin de determinar
la viabilidad técnica del permiso de vertimientos, encontrando lo siguiente:
El predio se localiza en las coordenadas Magna Sirgas Origen Nacional X:
4721462,039y Y: 2244505,213 cota 2617 m.s.n.m. (Coordenadas Magna
Sirgas Origen Bogotá X: 840559,929y Y: 118326,961, coordenadas
geográficas WGS 84 6°12’24.59” W y 75°31’4.88”W), en la vereda El Plan,
corregimiento Santa Elena, municipio de Medellín, ver registro 1.
Registro 1. Localización del predio en la vereda El Plan, corregimiento Santa
Elena, municipio de Medellín.
En el sitio de interés del presente permiso está sin construir, y según informó
la acompañante, se tiene pensado edificar una vivienda que sería ocupada
de permanente por una (1) persona en la que se realizarían únicamente
actividades domésticas generando aguas residuales del mismo tipo,
provenientes de cocina, baño, ducha. Se generaría un caudal de aguas
residuales de aproximadamente 0,00330 L/s, suponiendo sea visitada por
otras tres (3) personas, como se muestra en el registro 2.
Registro 2. Cálculo del caudal de ARD
Según informó el acompañante el sistema de tratamiento propuesto fue
instalado hace un par de meses; de acuerdo con lo observado, corresponde
Nº DE PERSONAS 1Nº DE PERSONAS 3
CONSUMO 175 CONSUMO 80
Nº de días 1Nº de días 1
Tasa de retorno 85% Tasa de retorno 85%
Q ARD= 0,00172 L/s Q ARD= 0,00236 L/s
Qtotal ARD 0,00408 L/s
POBLACION PERMANENTE
l/persona -día
l/persona -día

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR