Resolución de la Corporación Autónoma Regional del Centro de Antioquia, 2023-11-23 - Normativa - VLEX 953753844

Resolución de la Corporación Autónoma Regional del Centro de Antioquia, 2023-11-23

Fecha de publicación23 Noviembre 2023
Número de radicado160AN-RES2311-6060
Sistema de Gestión Integral (SGI)
Resolución
Código: F-PGI-31, versión: 03
160AN-RES2311-6060
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“POR LA CUAL SE PRORROGA UN PERMISO
El Jefe de la Oficina Territorial Aburrá Norte de la Corporación Autónoma
Regional del Centro de Antioquia, CORANTIOQUIA, en uso de las facultades
conferidas en la Ley 99 de 1993 y el Acuerdo Corporativo No. 586 del 14 de
agosto del 2020, en concordancia con la Resolución No. 040-RES-2101-427
del 29 de enero de 2021 y el Memorando No. 040-MEM2104-3047 del 30 de
abril del 2021,
CONSIDERANDO
Que es función de CORANTIOQUA, en su jurisdicción, otorgar concesiones,
permisos, autorizaciones y licencias ambientales requeridas por la ley para el
uso, aprovechamiento o movilización de los recursos naturales renovables o
para el desarrollo de actividades que afecten o puedan afectar el medio
ambiente, de conformidad con el Numeral 9, artículo 31 de la Ley 99 de 1993.
Que, le compete, además, efectuar control y seguimiento a los proyectos,
obras y actividades que en su desarrollo impacten el medio ambiente y los
recursos naturales renovables, durante el uso y/o aprovechamiento de los
recursos.
Que en el expediente AN6-2016-5, se adelantó trámite administrativo, que dio
lugar a la expedición de la Resolución No.160AN-RES1702-726 del 14 de
febrero de 2017, por la cual, se otorgó a la sociedad PROCOPAL S.A.
identificada con Nit.890.906.388-0, permiso de emisiones atmosféricas en los
siguientes términos:
“Otorgar a la empresa PROCOPAL S.A., (…) Permiso de Emisiones
Atmosféricas, para la actividad de explotación a cielo abierto en la
cantera Procopal con Registro Minero de Cantera No.22011, localizada
en la vereda San Esteban del municipio de Girardota, lo anterior teniendo
en cuenta que aunque en el punto denominado “oficinas” en la
evaluación de calidad de aire, se tuvieron emisiones por fuera de la
norma, se deduce por la velocidad del viento que la afectación se
produce al interior de la empresa y de la zona de explotación, y que ya
en la parte final del sitio de explotación, y en dirección del viento, las
evaluaciones dieron dentro de la norma, por lo que se deduce que no
están trascendiendo al exterior.”
Que el permiso se otorgó por cinco (5) años prorrogables, contados a partir de
la firmeza de la resolución, la cual se notificó el 21 de febrero de 2018, es decir
hasta el 8 de marzo de 2022.

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