Resolución de la Corporación Autónoma Regional del Centro de Antioquia, 2023-12-11 - Normativa - VLEX 971827507

Resolución de la Corporación Autónoma Regional del Centro de Antioquia, 2023-12-11

Fecha de publicación11 Diciembre 2023
Número de radicado160ZF-RES2312-6475
Sistema de Gestión Integral (SGI)
Resolución
Código: F-PGI-31, versión: 03
160ZF-RES2312-6475
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www.corantioquia.gov.co - Municipio: Vegachí, Antioquia
Correo electrónico: zenufana@corantioquia.gov.co
“POR LA CUAL SE ADOPTA UNA DECISIÓN
La Jefe de la Oficina Territorial Zenufaná de la Corporación Autónoma
Regional del Centro de Antioquia en cumplimiento de sus funciones de
conformidad al Acuerdo del Consejo Directivo N°452 del 24 de noviembre de
2014, la Resolución 040-RES1811-6140 del 8 de noviembre de 2018, y la
Resolución de encargo 040-RES2210-6006 del 14 octubre de 2022, y
CONSIDERANDO
Que mediante escrito con radicado corporativo N°160ZF-COE2011-35391
del 25 de noviembre de 2020, el Centro de Diagnóstico Automotor Divecol
Ltda “CDA DIVECOL LTDA” identificado con NIT. 900.198.508-4 a través de
su representante legal, el señor YUVER RAMÍREZ QUINTERO identificado
con cédula de ciudadanía N°79.218.084, solicitó a la Corporación Autónoma
Regional del Centro de Antioquia-CORANTIOQUIA, Oficina Territorial
Zenufaná, la certificación ambiental de las líneas móviles adscritas al mismo,
con miras a cumplir con los requerimientos exigidos para la habilitación de
dichas líneas por el Ministerio de Transporte, y así atender los servicios de
revisión técnico mecánica para vehículos tipo motocicleta de dos tiempos
(2T) y cuatro tiempos (4T), a operar en los municipios de Amalfi, Gómez
Plata, Ituango y Zaragoza, en el Departamento de Antioquia dentro de la
jurisdicción de Corantioquia. Expediente ZF6-2020-1.
Que teniendo como soporte lo identificado en el informe técnico N°160ZF-
IT2104-3502 del 7 de abril de 2021, la Corporación expidió la Resolución
N°160ZF-RES2106-3695 del 24 de junio de 2021, notificada el 29 de junio de
2021, por la cual se ordenó en el artículo primero y segundo lo siguiente:
“Artículo 1°: CERTIFICAR que el Centro de Diagnóstico Automotor
- “CDA DIVECOL LTDA” - unidad móvil, identificada con NIT.
900.198.508-4, CUMPLE con las exigencias en materia de revisión
de emisiones contaminantes, con fundamento en la Norma Técnica
Colombiana 5365:2012., para atender los servicios de revisión
técnico mecánica para vehículos tipo motocicleta de dos tiempos
(2T) y cuatro tiempos (4T), a operar en los municipios de Amalfi,
Gómez Plata, Ituango y Zaragoza en el Departamento de
Antioquia”.
Artículo 2° El certificado se expide para los equipos analizadores de
gases que se registran a continuación:
Sistema de Gestión Integral (SGI)
Resolución
Código: F-PGI-31, versión: 03
160ZF-RES2312-6475
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Correo electrónico: zenufana@corantioquia.gov.co
PARÁGRAFO 1°. Los anteriores equipos, solo pueden operar con el
Software de aplicación marca SOLTELEC SART versión 1.7.3”.
Que así mismo en el artículo de la citada Resolución se estableció lo
siguiente:
“ARTICULO 6°: De conformidad con lo establecido en la Directriz
Corporativa 110-MEM1706-3801 del 08 de junio de 2017, la
certificación a favor del Centro de Diagnóstico Automotor - “CDA
DIVECOL LTDA” - unidad móvil, identificada con NIT. 900.198.508-
4, se otorga con una vigencia de un (1) año, contado a partir de la
notificación de esta actuación administrativa; no obstante, ésta podrá
prorrogarse en el evento que la solicitud se presente antes de su
vencimiento, siempre y cuando sea viable técnicamente la prórroga”.
(Subrayado fuera de texto).
Que de acuerdo a lo anterior, la vigencia de la certificación otorgada mediante
la Resolución N°160ZF-RES2106-3695 del 24 de junio de 2021, venció el 29
de junio de 2022.
Que mediante las comunicaciones con radicado 160ZFCOE2201-1270 del
18 de enero 2022 y 160-COE2202-4449 del 07 de febrero 2022, el Centro de
Diagnóstico Automotor - “CDA DIVECOL LTDA” - unidad móvil, identificado
con NIT. 900.198.508- 4, solicito la inclusión de los municipios del Bagre y
Yolombó para la ampliación del del servicio de revisión técnico-mecánica
para vehículos tipo motocicleta de dos tiempos (2T) y cuatro tiempos (4T).
Que teniendo en cuenta lo identificado en el informe técnico N°160ZF-
IT2210-11905 del 14 de octubre de 2022, se viabiliza técnica y
ambientalmente la posibilidad de prorrogar la certificación expedida por esta
autoridad. Y así las cosas, se expide la Resolución N°160ZF-RES2211-7105
del 29 de noviembre de 2022, notificada el 1 de diciembre del mismo año, por
la cual se adopta la siguiente decisión:
Artículo 1º: Prorrogar, la Resolución N°160ZF-RES2106-3695 del
24 de junio de 2021, por la cual se otorgó certificación al Centro de
Diagnóstico Automotor - “CDA DIVECOL LTDA” - unidad móvil,
identificada con NIT. 900.198.508-4, representado legalmente por el
señor YUVER RAMÍREZ QUINTERO identificado con cédula de
ciudadanía N°79.218.084, o quien haga sus veces, para atender los
servicios de revisión técnico mecánica para vehículos tipo
motocicleta de dos tiempos (2T) y cuatro tiempos (4T), a operar en

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