Resolución CREG 003/94: Por la cual se fija la tarifa de venta en bloque de energía eléctrica para efectos de la liquidación de la transferencia establecida en el artículo 45o. de la Ley 99 de 1993. - Normativa - VLEX 841338453

Resolución CREG 003/94: Por la cual se fija la tarifa de venta en bloque de energía eléctrica para efectos de la liquidación de la transferencia establecida en el artículo 45o. de la Ley 99 de 1993.

Número de resolución003/94
Año1994
Por la cual se aclara el artículo 1o. dela <span class="vid_spn">Resolución No. 046 de 1994 expedida por la Comisión de Regulación de Energía y Gas</span>.

RESOLUCION 003

16 DE FEBRERO DE 1994

Por la cual se fija la tarifa de venta en bloque de energía eléctrica para efectos de la liquidación de la transferencia establecida en el artículo 45o. de la Ley 99 de 1993.

COMISION DE REGULACION ENERGETICA

en ejercicio de las atribuciones legales, en especial las conferidas por el artículo 3o. del Decreto 1253 de 1993, en desarrollo del Decreto 2119 del 29 de diciembre de 1992.

C O N S I D E R A N D O:

Que conforme al artículo 45o. de la Ley 99 de 1993, corresponde a la Comisión de Regulación de Energética fijar la tarifa de venta en bloque de energía eléctrica que sirve de base para la liquidación de la transferencia a que están obligadas las empresas generadoras de energía hidroeléctrica y las centrales térmicas, de acuerdo con el mandato señalado en la citada disposición legal.

Que la Comisión de Regulación Energética, en su sesión del día 9 de febrero de 1995, fijó la tarifa de venta en bloque de energía para los efectos previstos en el considerando anterior.

Por lo anterior,

R E S U E L V E:

ARTICULO 1o. Fijar la tarifa de venta en bloque de energía en $ 15,16 por kilovatio hora, para los efectos previstos en el artículo 45 de la Ley 99 de 1993.

ARTICULO 2o. La tarifa que se establece en el artículo tendrá vigencia entre el 1o. de enero y el 31 de diciembre de 1994.

ARTICULO 3o. La presente resolución rige a partir de la fecha de su publicación en el Diario Oficial o en la Gaceta de Ministerio de Minas y Energía y deroga las disposiciones que le sean contrarias.

COMUNIQUESE, PUBLIQUESE Y CUMPLASE

Dada en Santafé de Bogotá, D.C., el día 16 de febrero de 1994

GUIDO ALBERTO NULE AMIN MANUEL IGNACIO DUSSAN

Presidente Coordinador General...

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