Resolución CREG 027-2003: Por la cual se corrigen algunos errores de hecho en la Resolución CREG-082 de 2002. - Normativa - VLEX 841336057

Resolución CREG 027-2003: Por la cual se corrigen algunos errores de hecho en la Resolución CREG-082 de 2002.

Año2003
Número de resolución027-2003
PROYECTO DE RESOLUCIÓN

Por la cual se corrigen algunos errores de hecho en la Resolución CREG-082 de 2002.

LA COMISIÓN DE REGULACIÓN DE ENERGÍA Y GAS

en ejercicio de sus atribuciones legales, en especial de las conferidas por las Leyes 142 y 143 de 1994 y en desarrollo de los Decretos 1524 y 2253 de 1994 y,

C O N S I D E R A N D O:

Que la Comisión de Regulación de Energía y Gas, mediante la Resolución CREG – 082 de 2002 aprobó los principios generales y la metodología para el establecimiento de los cargos por uso de los Sistemas de Transmisión Regional y Distribución Local.

Que la Resolución CREG-082 de 2002 presenta los siguientes errores de hecho, los cuales deben ser objeto de corrección:

  • En la valoración de la Unidad Constructiva N3S31 correspondiente al No. 31 del Cuadro de Unidades Constructivas de equipos de subestación del Nivel de Tensión 3 del Anexo No. 3 de la Resolución CREG – 082 de 2002, se consideraron erróneamente dos (2) sistemas de comunicaciones: El primero, correspondiente al sistema de comunicaciones reducida de los módulos N3S31, N3S32 y N3S33 y, el segundo, correspondiente al módulo común tipo 1 de subestaciones convencionales, encapsuladas o metalclad (N3S30). Este último sistema, por no corresponder a la Unidad Constructiva en cuestión, será excluido.

  • En la valoración de la Unidad Constructiva N3S33 correspondiente al No. 33 del Cuadro de Unidades Constructivas de equipos de subestación del Nivel de Tensión 3 del Anexo No. 3 de la Resolución CREG – 082 de 2002, no se incluyó el concentrador de señales para control remoto, el cual será objeto de inclusión en esta resolución. Adicionalmente, esta Unidad Constructiva, la cual tiene la naturaleza de convencional, contempla elementos de sistemas de comunicaciones y malla de tierra correspondientes a una subestación reducida, debiendo reemplazarse por los respectivos elementos de una subestación convencional.

  • La descripción de la Unidad Constructiva N2S7 correspondiente al No. 7 del Cuadro de Unidades Constructivas de equipos de subestación del Nivel de Tensión 2 del Anexo No. 3 de la Resolución CREG – 082 de 2002, no especifica su aplicación a bahías de transformadores en subestaciones reducidas, por lo cual debe ser objeto de aclaración.

  • En el numerador de la fórmula que permite el cálculo del factor CDj,2 prevista en el literal b) del numeral 2 del Anexo No. 2 de la Resolución CREG – 082 de 2002, se omitió la variable Oj,3, la cual es necesaria para tener en cuenta el pago anual por uso del SDL que el OR hace a otro OR por concepto de conexiones en el Nivel de Tensión 3.


Que la Comisión de Regulación de Energía y Gas, en su Sesión No. 214, aprobó el contenido de la presente Resolución;

R E S U E L V E:

ARTÍCULO 1o. El Cuadro de Unidades Constructivas de equipos de subestación del Nivel de Tensión 3 del Anexo No. 3 de la Resolución CREG – 082 de 2002, queda así:

ARTÍCULO 2o. El Cuadro de Unidades Constructivas de equipos de subestación del Nivel de Tensión 2 del Anexo No. 3 de la Resolución CREG – 082 de 2002, queda así:


ARTÍCULO 3º. La fórmula de cálculo de los cargos máximos para el Nivel de Tensión 2 prevista en el literal b) del numeral 2 del Anexo No. 2 de la Resolución CREG – 082 de 2002, queda así:...

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