Resolución CREG 045-2013: Por la cual se ordena hacer público un proyecto de resolución de carácter general “Por la cual se modifica la Demanda Objetivo, se dispone un plazo para la modificación de los parámetros declarados y se modifica la fecha de asignación de Obligaciones de Energía Firme para el período comprendido entre el 1 de diciembre de 2014 y el 30 de noviembre de 2015.” - Normativa - VLEX 841337506

Resolución CREG 045-2013: Por la cual se ordena hacer público un proyecto de resolución de carácter general “Por la cual se modifica la Demanda Objetivo, se dispone un plazo para la modificación de los parámetros declarados y se modifica la fecha de asignación de Obligaciones de Energía Firme para el período comprendido entre el 1 de diciembre de 2014 y el 30 de noviembre de 2015.”

Número de resolución045-2013
Año2013
Fecha de publicación25 Abril 2013

Por la cual se ordena hacer público un proyecto de resolución de carácter general “Por la cual se modifica la Demanda Objetivo, se dispone un plazo para la modificación de los parámetros declarados y se modifica la fecha de asignación de Obligaciones de Energía Firme para el período comprendido entre el 1 de diciembre de 2014 y el 30 de noviembre de 2015.”

LA COMISIÓN DE REGULACIÓN DE ENERGÍA Y GAS

En ejercicio de sus facultades legales, en especial de las conferidas por las Leyes 142 y 143 de 1994 y en desarrollo de los decretos 1524 y 2253 de 1994, y

C O N S I D E R A N D O Q U E:

Conforme a lo dispuesto por el artículo 8 del Código de Procedimiento Administrativo y de lo Contencioso administrativo y el artículo 9 del Decreto 2696 de 2004, la Comisión debe hacer público en su página web todos los proyectos de resolución de carácter general que pretenda adoptar.

La Comisión de Regulación de Energía y Gas en su sesión 554, de abril 19 de 2013, aprobó hacer público el proyecto de resolución “Por la cual se modifica la Demanda Objetivo, se dispone un plazo para la modificación de los parámetros declarados y se modifica la fecha de asignación de Obligaciones de Energía Firme para el período comprendido entre el 1 de diciembre de 2014 y el 30 de noviembre de 2015.”

R E S U E L V E:

ARTÍCULO 1o. Hágase público el proyecto de resolución “Por la cual se modifica la Demanda Objetivo, se dispone un plazo para la modificación de los parámetros declarados y se modifica la fecha de asignación de Obligaciones de Energía Firme para el período comprendido entre el 1 de diciembre de 2014 y el 30 de noviembre de 2015.”

ARTÍCULO 2o. Se invita a los agentes, a los usuarios, a las Autoridades Locales Municipales y Departamentales competentes y a la Superintendencia de Servicios Públicos Domiciliarios, para que remitan sus observaciones o sugerencias sobre la propuesta, dentro de los ocho (8) días calendario siguientes a la publicación de la presente Resolución en la página Web de la Comisión de Regulación de Energía y Gas.

ARTÍCULO 3o. Infórmese en la página web la identificación de la dependencia administrativa y de las personas a quienes se podrá solicitar información sobre el proyecto y hacer llegar las observaciones, reparos o sugerencias, y los demás aspectos que estimen pertinentes.

ARTÍCULO 4o. La presente Resolución no deroga ni modifica disposiciones vigentes por tratarse de un acto de trámite.

PUBLÍQUESE Y CÚMPLASE

Dada en Bogotá, D.C.,

ORLANDO CABRALES SEGOVIA

GERMÁN CASTRO FERREIRA

Viceministro de Energía

Delegado del Ministro de Minas y Energía

Presidente

Director Ejecutivo

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PROYECTO DE RESOLUCIÓN

Por la cual se ordena hacer público un proyecto de resolución de carácter general “Por la cual se modifica la Demanda Objetivo, se dispone un plazo para la modificación de los parámetros declarados y se modifica la fecha de asignación de Obligaciones de Energía Firme para el período comprendido entre el 1 de diciembre de 2014 y el 30 de noviembre de 2015.”

LA COMISIÓN DE REGULACIÓN DE ENERGÍA Y GAS

En ejercicio de las atribuciones legales, en especial las conferidas por las Leyes 142 y 143 de 1994, y en desarrollo de los decretos 1524 y 2253 de 1994, y

C O N S I D E R A N D O Q U E:

Según la Ley 143 de 1994, artículo 4, el Estado, en relación con el servicio de electricidad, tendrá como objetivos en el cumplimiento de sus funciones los de abastecer la demanda de electricidad de la comunidad bajo criterios económicos y de viabilidad financiera, asegurando su cubrimiento en un marco de uso racional y eficiente de los diferentes recursos energéticos del país; asegurar una operación eficiente, segura y confiable en las actividades del sector; y mantener los niveles de calidad y seguridad establecidos.


La Ley 143 de 1994, artículo 20, definió como objetivo fundamental de la Regulación en el sector eléctrico, asegurar una adecuada prestación del servicio mediante el aprovechamiento eficiente de los diferentes recursos energéticos, en beneficio del usuario en términos de calidad, oportunidad y costo del servicio.


Para el cumplimiento del objetivo señalado, la Ley 143 de 1994, artículo 23, le atribuyó a la Comisión de Regulación de Energía y Gas, entre otras, las siguientes funciones:


- Crear las condiciones para asegurar la disponibilidad de una oferta energética eficiente capaz de abastecer la demanda bajo criterios sociales, económicos, ambientales y de viabilidad financiera, promover y preservar la competencia, para lo cual, la oferta eficiente, en el sector eléctrico, debe tener en cuenta la capacidad de generación de respaldo.


- Valorar la capacidad de generación de respaldo de la oferta eficiente.

- Definir y hacer operativos los criterios técnicos de calidad, confiabilidad y seguridad del servicio de energía.

- Determinar las condiciones para la liberación gradual del mercado hacia la libre competencia.

De acuerdo con lo establecido en el literal c) del artículo 74.1 de la ley 142 de 1994, le corresponde a la CREG establecer el Reglamento de Operación, para regular el funcionamiento del Mercado Mayorista.

La CREG mediante Resolución CREG 071 de 2006, adoptó la metodología para la remuneración del Cargo por Confiabilidad en el Mercado Mayorista de Energía, en la cual se estableció que con el fin de garantizar la confiabilidad del servicio de energía eléctrica en el Sistema Interconectado Nacional se definirá una Demanda Objetivo que se debe cubrir mediante Obligaciones de Energía Firme.

La CREG expidió la Resolución CREG 180 de 2010 mediante la cual se fijó la oportunidad en que se asignarán las Obligaciones de Energía Firme del Cargo por Confiabilidad para el período 2014-2015.

Mediante la Resolución CREG 005 de 2013 se definió que la fecha para la publicación de la asignación de la Obligaciones de Energía Firme para el período 2014-2015 será el 15 de mayo de 2013 y la Demanda Objetivo a considerar...

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