Resolución CREG 052-2003: Por la cual se aprueban el Costo Anual por el uso de los Activos del Nivel de Tensión 4 y el Costo Anual de los Activos de Conexión al Sistema de Transmisión Nacional (STN) de los Sistemas de Transmisión Regional (STR), y los Cargos Máximos de los Niveles de Tensión 3, 2 y 1 del Sistema de Distribución Local (SDL), operados por CENTRALES ELÉCTRICAS DEL NORTE DE SANTANDER S. A. E.S.P. - Normativa - VLEX 841336031

Resolución CREG 052-2003: Por la cual se aprueban el Costo Anual por el uso de los Activos del Nivel de Tensión 4 y el Costo Anual de los Activos de Conexión al Sistema de Transmisión Nacional (STN) de los Sistemas de Transmisión Regional (STR), y los Cargos Máximos de los Niveles de Tensión 3, 2 y 1 del Sistema de Distribución Local (SDL), operados por CENTRALES ELÉCTRICAS DEL NORTE DE SANTANDER S. A. E.S.P.

Número de resolución052-2003
Cargos STR y/o SDL CENS

Por la cual se aprueban el Costo Anual por el uso de los Activos del Nivel de Tensión 4 y el Costo Anual de los Activos de Conexión al Sistema de Transmisión Nacional (STN) de los Sistemas de Transmisión Regional (STR), y los Cargos Máximos de los Niveles de Tensión 3, 2 y 1 del Sistema de Distribución Local (SDL), operados por CENTRALES ELÉCTRICAS DEL NORTE DE SANTANDER S. A. E.S.P.

LA COMISIÓN DE REGULACIÓN DE ENERGÍA Y GAS

En ejercicio de sus atribuciones constitucionales y legales, en especial las conferidas por las Leyes 142 y 143 de 1994, y en desarrollo de los Decretos 1524 y 2253 de 1994.

CONSIDERANDO:

Que de acuerdo con lo previsto en el Artículo 23, literal d), y 41 de la Ley 143 de 1994, es función de la Comisión de Regulación de Energía y Gas fijar las tarifas por el acceso y uso de las redes eléctricas;

Que mediante la Resolución CREG 082 de 2002, la Comisión aprobó los principios generales y la metodología para el establecimiento de los Cargos por Uso de los Sistemas de Transmisión Regional (STR) y de Distribución Local (SDL);

Que CENTRALES ELÉCTRICAS DEL NORTE DE SANTANDER S. A. E.S.P. mediante comunicación radicada en la CREG bajo el No. 011933 recibida el día 31 de diciembre de 2002, sometió a aprobación de la Comisión los Costos Anuales por el uso de los Activos del Nivel de Tensión 4 y el Costo Anual de los Activos de Conexión al Sistema de Transmisión Nacional (STN), y los Cargos Máximos de los Niveles de Tensión 3, 2 y 1, correspondientes al Sistema de Transmisión Regional y al Sistema de Distribución Local que opera;

Que CENTRALES ELÉCTRICAS DEL NORTE DE SANTANDER S. A. E.S.P., en cumplimiento de las Circulares CREG No. 019, 025, 027, 029, 038 de 2002, reportó a la CREG los inventarios de activos eléctricos del STR y SDL que opera, clasificados según el listado de Unidades Constructivas establecido en el Anexo No 3 de la Resolución CREG 082 de 2002;

Que CENTRALES ELÉCTRICAS DEL NORTE DE SANTANDER S. A. E.S.P., en cumplimiento de lo dispuesto en el Parágrafo 2 del Artículo 13° de la Resolución CREG 082 de 2002, publicó en un diario de amplia circulación el resumen del estudio de cargos que presentó a la Comisión, con la información mínima señalada en el Anexo No 6 de dicha Resolución, con el fin de que los terceros interesados pudieran presentar ante la Comisión observaciones sobre tal información, y envió, a la Comisión, copia del aviso de prensa respectivo;

Que CENTRALES ELÉCTRICAS DEL NORTE DE SANTANDER S. A. E.S.P. mediante comunicación radicada en la CREG bajo el No. 002097 recibida el día 4 de marzo de 2003, realizó cambios en la información correspondiente a las unidades constructivas de líneas del nivel 2 y modificó la solicitud de cargos por uso del Sistema de Transmisión Regional y del Sistema de Distribución Local que opera;

Que se analizó la información presentada por CENTRALES ELÉCTRICAS DEL NORTE DE SANTANDER S. A. E.S.P., conjuntamente con la información adicional disponible en la CREG sobre los activos de STR y del SDL que opera, y se solicitaron las aclaraciones pertinentes;

Que en cumplimiento de lo dispuesto en el Anexo No 5 de la Resolución CREG 082 de 2002, la Comisión, a través de la firma MPS INGENIERÍA Y CONSULTORÍA EU., verificó la calidad de la información reportada por CENTRALES ELÉCTRICAS DEL NORTE DE SANTANDER S. A. E.S.P. , para una muestra diseñada por la Comisión, siguiendo la metodología contenida en el citado Anexo;

Que mediante comunicación radicada en la CREG bajo el No. 001704 del 21 de febrero de 2003, la firma MPS INGENIERÍA Y CONSULTORÍA EU. presentó el informe de verificación de la calidad de la información reportada por CENTRALES ELÉCTRICAS DEL NORTE DE SANTANDER S. A. E.S.P., del cual se dio traslado a dicha empresa con el objeto de que ejerciera su derecho de defensa y se pronunciara sobre las diferencias de información relacionadas en el mencionado informe de verificación;

Que una vez revisado el informe de verificación de la calidad de la información, por parte de la CREG, se encontró necesario solicitar a la firma MPS INGENIERÍA Y CONSULTORÍA EU., aclaración de la información presentada en su respectivo informe;

Que mediante comunicación radicada en la CREG bajo el No. E-2003-003398 del 4 de abril de 2003, la firma MPS INGENIERÍA Y CONSULTORÍA EU., rindió las aclaraciones solicitadas, de las cuales se dio traslado al Operador de Red CENTRALES ELÉCTRICAS DEL NORTE DE SANTANDER S. A. E.S.P., con el objeto de que ejerciera su derecho de defensa;

Que CENTRALES ELÉCTRICAS DEL NORTE DE SANTANDER S. A. E.S.P., mediante comunicaciones radicadas en la CREG bajo los Nos. E-2003-003951 del 21 de abril de 2003, E-2003-004555 del 6 de mayo de 2003 y E-2003-005714 del 5 de junio de 2003, presentó las aclaraciones solicitadas por la Comisión y se pronunció en relación con el informe de verificación de calidad de la información;

Que como resultado del análisis de la información y de las...

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