Resolución CREG 135-2011: Por la cual se resuelve el Recurso de Reposición interpuesto por la Empresa de Energía de Boyacá S.A E.S.P., contra la Resolución CREG 082 de 2011. - Normativa - VLEX 841335823

Resolución CREG 135-2011: Por la cual se resuelve el Recurso de Reposición interpuesto por la Empresa de Energía de Boyacá S.A E.S.P., contra la Resolución CREG 082 de 2011.

Número de resolución135-2011
Año2011
Fecha de publicación04 Noviembre 2011

Ministerio de Minas y Energía COMISIÓN DE REGULACIÓN DE ENERGÍA Y GAS
RESOLUCIÓN No. DE 2011

( )

Por la cual se resuelve el Recurso de Reposición interpuesto por la Empresa de Energía de Boyacá S.A E.S.P., contra la Resolución CREG 082 de 2011.

LA COMISIÓN DE REGULACIÓN DE ENERGÍA Y GAS

En ejercicio de sus atribuciones constitucionales y legales, en especial las conferidas por las Leyes 142 y 143 de 1994, y en desarrollo de los Decretos 1524 y 2253 de 1994.

CONSIDERANDO QUE:

  1. ANTECEDENTES

De acuerdo con lo previsto en el artículo 23, literal d), y 41 de la Ley 143 de 1994, es función de la Comisión de Regulación de Energía y Gas fijar las tarifas por el acceso y uso de las redes eléctricas.

Mediante la Resolución CREG 097 de 2008 modificada por las Resoluciones CREG 133, 135 y 166 de 2008, la Comisión aprobó los principios generales y la metodología para el establecimiento de los Cargos por Uso de los Sistemas de Transmisión Regional (STR) y de Distribución Local (SDL).

Mediante la Resolución CREG 120 de 2009, la CREG aprobó el Costo Anual por el uso de los Activos del Nivel de Tensión 4 y los Cargos Máximos de los Niveles de Tensión 3, 2 y 1 de los activos operados por la Empresa de Energía de Boyacá S.A. E.S.P. en el Sistema de Transmisión Regional (STR) y en el Sistema de Distribución Local (SDL).

Mediante la Resolución CREG 084 de 2010, la CREG corrigió un error en los cálculos que sirvieron de base para la expedición de la Resolución CREG 120 de 2009 y modificó dicho acto.

De acuerdo con el artículo 9 de la Resolución CREG 097 de 2008, cuando entren en operación nuevos activos se actualizarán los cargos por uso de los OR, siempre que se cumplan las condiciones establecidas en el capítulo 4 del anexo general de esa resolución.

La Empresa Energía de Boyacá S.A. E.S.P., mediante comunicaciones con radicados CREG E-2010-001921 y E-2010-009111, solicitó a la CREG la actualización del Costo Anual por el Uso de los Activos de Nivel de Tensión 4 por la entrada en operación comercial de la línea Tunja – Chiquinquirá 115 kV.

Con la solicitud la Empresa Energía de Boyacá S.A. E.S.P. entregó la siguiente información:

Listado de unidades constructivas que componen el proyecto, con base en las definidas en el capítulo 5 del anexo general de la Resolución CREG 097 de 2008.

Copia del concepto que sobre el proyecto emitió la Unidad de Planeación Minero Energética con radicado UPME 1878 de abril 6 de 2005.

Copia del certificado de entrada en operación comercial de la línea Tunja – Chiquinquirá 115 kV, expedido por XM.

Mediante comunicación con radicado CREG E-2010-007408, la Unidad de Planeación Minero Energética ratificó el concepto emitido en el año 2005 sobre la viabilidad técnica y económica del proyecto de la línea Tunja – Chiquinquirá 115 kV.

Mediante comunicación CREG S-2011-002571 dirigida al Gerente General de la Empresa de Energía de Boyacá, el Director Ejecutivo solicitó realizar una presentación general con el fin de conocer las características técnicas del proyecto “línea Tunja – Chiquinquirá 115 kV”.

El día 26 de mayo de 2011, la Empresa de Energía de Boyacá se hizo presente en las instalaciones de la CREG y realizó una presentación sobre las características del proyecto.

Como resultado del análisis de la información entregada, durante la actuación administrativa, por la Empresa Energía de Boyacá S.A. E.S.P. y a partir de las consideraciones que se detallan en el documento de soporte CREG-066 de 2011, se ajustó el inventario de activos de la empresa, a través del a Resolución CREG 082 de 2011.

Mediante radicado CREG E-2011-007163 de fecha 29 de julio de 2011, la Empresa de Energía de Boyacá S.A. E.S.P. interpuso un recurso de reposición contra la Resolución CREG 082 de 2011, con los siguientes argumentos:

“1-. Soportados en los análisis realizados al documento CREG-066 del 21 de junio de 2011, en el cual se evalúa el requerimiento de la actualización del costo anual por el uso de los activos de nivel de tensión 4 de la Empresa de Energía de Boyacá S.A. E.S.P. encontramos que no está incorporado en las Unidades Constructivas a reconocer los tres (3) km de línea urbana Tunja – Chiquinquirá, sin [sic] bien es cierto las Unidades Constructivas aprobadas y cuyo concepto fue emitido por la UPME con Unidades Constructivas de la Resolución CREG 082 de 2002, se relacionan a continuación:

De acuerdo con lo anterior la Unidad Constructiva que hace referencia a la bahía de línea ubicada en la...

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