RESOLUCION DDI-000010 RD 6229 - 4 de Enero de 2018 - Registro distrital - Legislación - VLEX 700812893

RESOLUCION DDI-000010 RD 6229

Número de BoletínREGISTRO DISTRITAL 6229 4 ENERO 2018
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REGISTRO DISTRITAL • bOGOTÁ dISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 51 • Número 6229 • pP. 1-1 • 2017 • ENERO 4
RESOLUCIONES
SECRETARÍA DE HACIENDA
Resolución Número DDI-000010
(Enero 2 de 2018)
“ Por la cual se ajustan al múltiplo de mil más
cercano, los valores expresados en salarios
mínimos diarios vigentes en el Acuerdo 27 de 2001.”
EL DIRECTOR DISTRITAL DE IMPUESTOS
DE BOGOTÁ
En uso de sus facultades legales y en especial
las que le confiere el artículo 18 del Acuerdo 671
de 2017
CONSIDERANDO:
Que mediante el Acuerdo 27 de 2001, se adopta
el régimen sancionatorio para el Distrito Capital de
Bogotá, disposición que en su artículo 3º ja en sa-
larios mínimos las sanciones mínimas, incluidas las
sanciones reducidas, que deban ser liquidadas por el
contribuyente, declarante o la Administración Tributa-
ria Distrital, derivadas del impuesto predial unicado,
impuesto sobre vehículos automotores, impuesto de
industria y comercio, avisos y tableros, impuesto de
delineación urbana e impuesto unicado de fondo de
pobres, azar y espectáculos.
Que el mencionado Acuerdo establece igualmente en
salarios mínimos las sanciones derivadas de empla-
zamientos para declarar, sanciones ociales por no
declarar así como las sanciones por no inscribirse,
inscribirse extemporáneamente o por no informar no-
vedades en el Registro de Información Tributaria - RIT.
Que de conformidad con el artículo 18 del Acuerdo 671
de 2017, el Director de Impuestos mediante resolución
ajustará al múltiplo de mil más cercano los valores ab-
solutos a pagar en salarios mínimos diarios vigentes.
Que el Gobierno Nacional mediante Decreto 2269 del
30 de diciembre de 2017, estableció a partir del primero
(1º) de enero del año 2018 como Salario Mínimo Legal
Mensual para los trabajadores de los sectores urbanos
y rural, la suma de SETECIENTOS OCHENTA Y UN
MIL DOSCIENTOS CUARENTA Y DOS ($781.242)
MONEDA CORRIENTE.
Que es de anotar que en cumplimiento del artículo 8 de la
Ley 1437 de 2011, el proyecto de Resolución se publicó
en el Portal Web de la Secretaría Distrital de Hacienda,
durante los días 22 y 26 de diciembre de 2017, sin que se
hubieran recibido comentarios por parte de la ciudadanía.
Aclarando que una vez se conociera el monto del Salario
Mínimo Legal se haría el pertinente ajuste.
En mérito de lo expuesto este Despacho,
RESUELVE:
ARTÍCULO 1°. Ajustar al múltiplo de mil más cercano
los valores absolutos a pagar en salarios mínimos
diarios vigentes para el año 2018, de conformidad
con lo establecido en el artículo 39 del Acuerdo 27
de 2001, así:
Salarios
Mínimos Diarios
Vigentes
Ajuste de Valores al Múltiplo de Mil
0.5 $13.000
1$26.000
1.5 $39.000
5$130.000
6 $156.000
8 $208.000
10 $260.000
ARTÍCULO 2°. Vigencia. La presente Resolución rige
a partir de su publicación
AÑO 51
Número 6229
2017 ENERO 4
REGISTRO
DISTRITAL

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