RESOLUCION DDI-001381 RD 6245 - 30 de Enero de 2018 - Registro distrital - Legislación - VLEX 702865781

RESOLUCION DDI-001381 RD 6245

Número de BoletínREGISTRO DISTRITAL 6245 30 ENERO 2018
REGISTRO DISTRITAL • bOGOTÁ dISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 51 • Número 6245 • pP. 1-4 • 2018 • ENERO 30
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PARÁGRAFO. El servidor público responsable del
manejo operativo de la Caja Menor, deberá efectuar
los descuentos y retenciones (retención en la fuente,
retención de IVA, retención de ICA, etc.), a que hu-
biere lugar.
ARTÍCULO 11. Entrega de avances. Constituyen
avances los adelantos en dinero entregados a fun-
cionarios pertenecientes a la planta de empleos de la
Secretaría Jurídica Distrital, con el objeto de atender
los gastos urgentes, imprescindibles o inaplazables
necesarios. Para ello, se requiere de la existencia
del requerimiento respectivo y la aprobación escrita
del ordenador del gasto, así como la expedición del
respectivo recibo provisional de caja.
PARÁGRAFO. El responsable del manejo operativo
de la Caja Menor, está autorizados para la entrega de
los dineros y la legalización de los mismos.
ARTÍCULO 12. Legalización de los avances. La
legalización de los avances deberá efectuarse durante
los tres (3) días hábiles siguientes a la fecha de entrega
de los dineros y dos (2) días antes del cierre del mes.
El recibo provisional de caja será destruido una vez
se realiza la respectiva legalización. Los funcionarios
a quienes se les concedan avances se harán respon-
sables scal, disciplinaria, penal y pecuniariamente por
el incumplimiento en la legalización oportuna y por el
manejo de tales dineros, sin perjuicio de las acciones
legales a que hubiere lugar.
PARÁGRAFO 1. No podrá concederse un nuevo avan-
ce a un servidor público, hasta tanto no haya legalizado
el gasto anterior, salvo que no hubiere transcurrido el
tiempo de legalización de que trata el inciso anterior.
PARÁGRAFO 2. La legalización denitiva de la Caja
Menor, se hará de acuerdo con la programación es-
tablecida por la Dirección Distrital de Tesorería de la
Secretaria Distrital de Hacienda, para efectos del cierre
scal. El responsable del manejo operativo de la Caja
Menor deberá consignar en la Tesorería respectiva el
dinero disponible en caja y bancos. El incumplimiento
de este requisito al cierre de la vigencia scal, dará
lugar a que el Contador de la Secretaría Jurídica
Distrital registre el valor no legalizado en el rubro de
responsabilidades en proceso, dándole el tratamiento
de faltantes de fondos, e informe al Director de Gestión
Corporativa y autoridades competentes para que se
realicen las investigaciones respectivas.
ARTÍCULO 13. Prohibiciones. No se podrán realizar las
siguientes operaciones con los fondos de la Caja Menor:
1. Adquirir elementos cuya existencia esté compro-
bada en el almacén o depósito de la Secretaría
Jurídica Distrital.
2. Fraccionar compras de un mismo elemento y/o
servicio.
3. Realizar desembolsos para sufragar gastos con
destino a entidad distinta a la Secretaría Jurídica
Distrital.
4. Reconocer y pagar gastos por conceptos de ser-
vicios personales y contribuciones que establece
la ley sobre nómina, cesantías y pensiones.
5. Cambiar cheques o efectuar préstamos.
6. Efectuar pagos por la adquisición de bienes o
servicios que se encuentren previstos en el plan
de contratación de la Secretaría Jurídica Distrital.
ARTÍCULO 14. Normas Aplicables. El funciona-
miento y manejo de la Caja Menor que se constituye
mediante la presente Resolución, debe sujetarse a lo
dispuesto en el Decreto Distrital 061 de 2007, en la
Resolución 000226 de 2014 de la Secretaria Distrital
de Hacienda, en el Manual para el Manejo y Control
de Cajas Menores adoptado mediante Resolución
DDC-000001 de 2009 del Contador General de Bogotá,
D.C., y las disposiciones que las adicionen, modiquen,
sustituyan y las que se expidan sobre austeridad en el
gasto público del Distrito Capital.
ARTÍCULO 15. Vigencia. La presente Resolución rige
a partir del día siguiente a su publicación y deroga la
PUBLÍQUESE, COMUNÍQUESE Y CÚMPLASE.
Dada en Bogotá, D.C., a los veintiséis (26) días
del mes de enero de dos mil dieciocho (2018).
DALILA ASTRID HERNÁNDEZ CORZO
Secretaria Jurídica Distrital
SECRETARÍA DE HACIENDA
Resolución Número DDI-001381
(Enero 30 de 2018)
“Por la cual se modifica la Resolución DDI-
040733 de 22 de septiembre de 2017”
EL DIRECTOR DISTRITAL DE IMPUESTOS DE
BOGOTÁ
En uso de sus facultades legales y en especial
las que le confiere el artículo 13 y 16 -1 del
Decreto Distrital 807 de 1993 y,

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