RESOLUCION DDI-013668 RD 4199
Número de Boletín | REGISTRO DISTRITAL 4199 2 MAYO 2009 |
Emisor | Direccion de Impuestos Distritales |
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REGISTRO DISTRITAL • bOGOTÁ dISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 43 • Número 4199 • pP. 1-1 • 2009 • MAYO • 4
RESOLUCIÓN DE 2009
REGISTRO
DISTRITAL
AÑO 43
Número 4199
2009
• MAYO • 4
SECRETARÍA DE HACIENDA
Resolución Número DDI-013668
(Abril 30 de 2009)
“Por medio de la cual se adopta el formulario
oficial para la declaración y pago de del impues-
to Fondo de Pobres, administrado por la Direc-
ción Distrital de Impuestos de la
Secretaría Hacienda de Bogotá, D.C.
LA DIRECTORA DISTRITAL DE IMPUESTOS
En uso de sus facultades legales y en especial
las que le confiere el artículo 13 del
Decreto Distrital 807 de 1993,
CONSIDERANDO:
Que el Distrito Capital, a través de la Secretaría Dis-
trital de Integración Social ha asumido la atención de
las personas benefi ciarias de la atención prestada
con los recursos provenientes del impuesto Fondo de
Pobres, hecho que fue comunicado a la Benefi cencia
de Cundinamarca mediante comunicado de fecha 29
de abril de 2009
Que mediante Resolución SDH-000146 de 29 de abril
de 2009, el Secretario de Hacienda de Bogotá, esta-
bleció los lugares y plazos para la presentación de la
declaración del impuesto Fondo de pobres.
Que para efectos de la presentación y pago ante la
Dirección Distrital de Tesorería de la declaración del
Impuesto Fondo de Pobres se hace necesario adoptar
el formulario único para su declaración y pago, permi-
tiendo así el cumplimiento de la obligación formal de
declarar por parte de los contribuyentes.
Que el formulario que se adopta en la presente reso-
lución, será de carácter obligatorio para los contribu-
yentes responsables del impuesto Fondo de Pobres
el cual será utilizado para los períodos gravables de
2009 y anteriores.
En mérito de lo expuesto este Despacho
RESUELVE:
ARTÍCULO PRIMERO. Adóptese el formulario ofi cial
para la declaración y pago del impuesto Fondo de
Pobres, anexo a la presente resolución y que hacen
parte integral de la misma.
ARTÍCULO SEGUNDO. La distribución de los formula-
rios aquí adoptados no tendrá ningún costo al público;
así mismo estará dispuesto en la página web de la
Secretaría Distrital de Hacienda www.shd.gov.co, para
su diligenciamiento, impresión y presentación ante la
Tesorería Distrital.
ARTÍCULO TERCERO. La presente Resolución rige
a partir de la fecha de su expedición.
PUBLÍQUESE Y CÚMPLASE.
Dada en Bogotá D.C., a los treinta (30) días del
mes de abril de dos mil nueve (2009).
GLORIA NANCY JARA BELTRÁN
Directora Distrital de Impuestos
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