Resolución dm número 0182 de 2023, por la cual se declara el 2023 como el año Centenario del fallecimiento del maestro de Julio Flórez Roa - 27 de Abril de 2023 - Diario Oficial de Colombia - Legislación - VLEX 930662658

Resolución dm número 0182 de 2023, por la cual se declara el 2023 como el año Centenario del fallecimiento del maestro de Julio Flórez Roa

EmisorMinisterio de Cultura
Número de Boletín52378

El Ministro de Cultura (e), en ejercicio de sus facultades legales y en especial las conferidas por la Ley 397 de 1997, el Decreto número 1080 de 2015 y el Decreto número 2120 de 2018, el Decreto número 317 de 2023, y

CONSIDERANDO:

Que el artículo 70 de la Constitución Política señala que "La cultura en sus diversas manifestaciones es fundamento de la nacionalidad. El Estado reconoce la igualdad y dignidad de todas las que conviven en el país. El Estado promoverá la investigación, la ciencia, el desarrollo y la difusión de los valores culturales de la Nación";

Que el artículo 71 de la Constitución Política dispuso que "La búsqueda del conocimiento y la expresión artística son libres. Los planes de desarrollo económico y social incluirán el fomento a las ciencias y, en general, a la cultura. El Estado creará incentivos para personas e instituciones que desarrollen y fomenten la ciencia y la tecnología y las demás manifestaciones culturales y ofrecerá estímulos especiales a personas e instituciones que ejerzan estas actividades";

Que el artículo 2º de la Ley 397 de 1997 señala que: "Las funciones y los servicios del Estado en relación con la cultura se cumplirán en conformidad con lo dispuesto en el artículo anterior, teniendo en cuenta que el objetivo primordial de la política estatal sobre la materia son la preservación del Patrimonio Cultural de la Nación y el apoyo y el estímulo a las personas, comunidades e instituciones que desarrollen o promuevan las expresiones artísticas y culturales en los ámbitos locales, regionales y nacional";

Que el artículo 17 de la Ley 397 de 1997 dispone que "El Estado a través del Ministerio de Cultura y las entidades territoriales, fomentará las artes en todas sus expresiones y las demás manifestaciones simbólicas expresivas, como elementos del diálogo, el intercambio, la participación y como expresión libre y primordial del pensamiento del ser humano que construye en la convivencia pacífica";

Que, por su parte, el artículo 18 de la Ley 397 de 1997 dispone que "El Estado, a través del Ministerio de Cultura y las entidades territoriales, establecerá estímulos especiales y promocionará la creación, la actividad artística y cultural, la investigación y el fortalecimiento de las expresiones...

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