Resolución DRTAM-251 - 7 de Febrero de 2006 - Diario Oficial de Colombia - Legislación - VLEX 43233346

Resolución DRTAM-251

EmisorCorporaciones Autónomas Regionales - Corporación Autónoma Regional de Cundinamarca
Número de Boletín46175

El Director Regional del Teq uendama y Alto Magdalena de la Corporación Autónoma Regional de Cundinamarca, CAR, en uso de las facultades legales, en especial las otorgadas mediante delegación de la Dirección General por Resolución número 0129 de enero de 1997, y

CONSIDERANDO:

Que el señor Jorge Jara, identificado con la cédula de ciudadanía número 17113576 de Bogotá solicitó ante la Corporación concesión de aguas con destino al suministro de agua para uso doméstico y abrevadero de Ganado; del hacedero conocido con el nombre Agua Dulce, ubicado en el predio El Rocío, vereda Tapulo, Municipio de Jerusalén, Cundinamarca y de la fuente de uso público denominada Río Seco, igualmente solicita el respectivo permiso de vertimientos.

Que de la misma forma el señor Alfonso Vargas identificado con la cédula de ciudadanía número 9513562 de Sogamoso, solicita concesión de aguas con destino a uso doméstico y abrevadero, de la fuentes de uso público denominadas Agua Dulce y Río Seco, para los predios Andromeda, Porvenir o Diamante y Socaire, ubicados en la vereda Tapulo Municipio de Jerusalén, Cundinamarca, como también solicita el permiso de vertimientos.

Que mediante Auto número DRTAM-827 de fecha noviembre 13 del 2001, se procedió a dar inicio al trámite administrativo correspondiente, de concesión de aguas y permiso de vertimientos a nombre del señor Jorge Jara, identificado con la cédula de ciudadanía número 17113576 de Bogotá y se ordenó la apertura del expediente número DRTAM 3199, dando cumplimiento a lo dispuesto en los artículos 70 de la Ley 99 de 1993 y 36 del Acuerdo 10 de 1989, originario de la Junta Directiva de la CAR (hoy Consejo Directivo), y se ordenó la práctica de una visita de carácter técnico al predio El Rocío ubicado en la vereda Tapulo del Municipió de Jerusalén.

Que mediante Auto número DRTAM-828 de fecha noviembre 13 del 2001, se procedió a dar inicio al trámite administrativo correspondiente, de concesión de aguas y permiso de vertimientos a nombre del señor Alfonso Vargas, identificado con la cédula de ciudadanía número 9513562 de Sogamoso y se, ordenó la apertura del expediente número DRTAM- 3200, dando cumplimiento a lo dispuesto en los artículos 70 de la Ley 99 de 1993 y 36 del Acuerdo 10 de 1989, originario de la Junta Directiva de la CAR (hoy Consejo Directivo), y se ordenó la práctica de una visita de carácter técnico a los predios Andromeda, Diamante y Socaire.

Que se...

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