Resolución Ejecutiva 054 - 23 de Abril de 2003 - Diario Oficial de Colombia - Legislación - VLEX 43191846

Resolución Ejecutiva 054

EmisorMinisterio de Minas y Energía
Número de Boletín45167

El Presidente de la República de Colombia, en uso de sus facultades legales y, en especial, de las que le confiere el artículo 10 del Código de Petróleos, y

CONSIDERANDO:

Que de acuerdo con lo establecido en el artículo 10 del Código de Petróleos, corresponde al Gobierno declarar que las sociedades extranjeras han cumplido con los requisitos exigidos por la norma mencionada, cuando con la solicitud se presenten los documentos que así lo demuestren;

Que de conformidad con lo previsto en el artículo 3° de la Ley 10ª de 1961, las compañías cuyo asiento principal de negocios esté en algún país extranjero y celebren con el Gobierno o con entidades oficiales o particulares contratos sobre prestación de servicios en el ramo de petróleos, deberán cumplir lo preceptuado en el inciso 2° del artículo 10 del Código de Petróleos, el cual exige constituir y domiciliar en la cabecera del Circuito de Notaría de Bogotá, casa o sucursal, llenando las formalidades del artículo 470 y concordantes del Código de Comercio;

Que la sociedad extranjera Superior Services and Supplies, Corp., constituida de conformidad con las leyes de la República de Panamá, estableció una sucursal en Colombia denominada Superior Services and Supplies de Colombia, contemplando en su objeto social, según consta en el Certificado de Existencia y Representación Legal expedido 18 de marzo de 2003 por la Cámara de Comercio de Bogotá: ¿Operación y prestación de cualquier clase de servicios para la exploración...

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