Resolución Ejecutiva 090 - 26 de Noviembre de 1999 - Diario Oficial de Colombia - Legislación - VLEX 43128331

Resolución Ejecutiva 090

EmisorMinisterio de Justicia y del Derecho
Número de Boletín43795

DIARIO OFICIAL 43.795 RESOLUCIÓN EJECUTIVA 090 25/11/1999 por la cual se decide el recurso de reposición interpuesto contra la Resolución Ejecutiva número 88 del 11 de noviembre de 1999. El Presidente de la República de Colombia, en ejercicio de las facultades que le confiere el artículo 547 del Código de Procedimiento Penal, el artículo 50 del código Contencioso Administrativo, y CONSIDERANDO: 1. Que mediante Resolución ejecutiva número 88 del 11 de noviembre de 1999, el Gobierno Nacional concedió la extradición del ciudadano venezolano Fernando José Flórez Garmendia, identificado con la cédula de ciudadanía número 5967216 expedida en Caracas, Venezuela, solicitado por el Gobierno de los Estados Unidos de América, para que comparezca a juicio ante la Corte Distrital de los Estados Unidos para el Distrito sur de Florida, por los cargos de participación en un concierto RICO (actividades corruptas y de fraude organizado), en violación del Título 18, Secciones 1962 (d) y 1963; Concierto para importar cocaína, en violación del Título 21, Sección 963; Concierto para poseer con la intención de distribuir cocaína, en violación del Título 21, Sección 846; importación de cocaína, en violación del Título 21, Sección 952 (a); y Concierto para lavado de dinero, en violación del Título 21, Sección 1956 (h) del Código de los Estados Unidos. 2. Que la anterior resolución fue modificada en forma personal al ciudadano Fernando José Flores Garmendia, el 17 de noviembre de 1999, cuyo apoderado, dentro del término legal, interpuso recurso de reposición contra el mencionado acto administrativo, con el fin de que sea revocado en su integridad. 3. Que el recurrente fundamenta su recurso en los siguientes argumentos: 3.1 En la Fiscalía Novena Delegada ante los Tribunales Superiores de Santa Fe de Bogotá, D. C., y Cundinamarca, se adelanta el proceso penal radicado bajo el número 328 en contra de su defendido, a quien se le profirió medida de aseguramiento consistente en detención preventiva, como presunto autor responsable de los delitos de falsedad material de particular en documento público en concurso homogéneo y sucesivo, agravado por el uso, y falsedad en documento privado y en concurso heterogéneo con los delitos de voto fraudulento y porte ilegal de armas; proceso en el cual solicitó la realización de la diligencia de sentencia anticipada. Adicionalmente, se adelanta una investigación preliminar ante la Fiscalía Delegada ante los Jueces Especializados...

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