Resolución Ejecutiva 109 - 6 de Julio de 2004 - Diario Oficial de Colombia - Legislación - VLEX 43211108

Resolución Ejecutiva 109

EmisorMinisterio del Interior y de Justicia
Número de Boletín45601

El Presidente de la República de Colombia, en ejercicio de la facultad que le confiere el artículo 509 del Código de Procedimiento Penal, y

CONSIDERANDO:

  1. Que mediante Nota Verbal número 911 del 11 de mayo de 2003, el Gobierno de los Estados Unidos de América, a través de su Embajada en Colombia, solicitó la detención provisional con fines de extradición del ciudadano colombiano Segundo Orlando Moreano Blandón, requerido para comparecer a juicio por delitos federales de narcóticos.

  2. Que el Fiscal General de la Nación mediante resolución del 21 de julio de 2003 decretó la captura con fines de extradición del ciudadano Segundo Orlando Moreano Blandón, identificado con la cédula de ciudadanía número 12913776, la cual se hizo efectiva el 23 de agosto de 2003, por miembros del Departamento Administrativo de Seguridad, DAS.

  3. Que la Embajada de los Estados Unidos de América en nuestro país, mediante Nota Verbal número 1831 del 21 de octubre de 2003, formalizó la solicitud de extradición del ciudadano Segundo Orlando Moreano Blandón.

    En la mencionada nota informa:

    "Segundo Orlando Moreano-Blandón es requerido para comparecer a juicio por delitos federales de narcóticos. Es el sujeto de la Resolución de Acusación número 8:02-CR-371-T-26 EAJ, dictada bajo sello el 19 de septiembre de 2002, en la Corte Distrital de los Estados Unidos para el Distrito Medio de Florida, División de Tampa, mediante el cual se le acusa de:

    -- Cargo Uno. Concierto para importar a los Estados Unidos cinco kilogramos o más de cocaína, desde un lugar fuera de los Estados Unidos, en violación del Título 21, Secciones 963, 960 (b) (1) (B) (ii), y 952 (a) del Código de los Estados Unidos.

    -- Cargo Dos. Concierto para poseer con la intención de distribuir y para distribuir cinco kilogramos o más de cocaína, con la intención y el conocimiento de que dicha sustancia iba a ser importada ilegalmente a los Estados Unidos, en violación del Título 21, Secciones 846, 959, 841 (a) (1) y 841 (b) (1) (A) (ii) (II) del Código de los Estados Unidos; y

    -- Cargo Tres. Concierto para poseer con la intención de distribuir cinco kilogramos o más de cocaína mientras se encontraba a bordo de la embarcación pesquera Douglas I, embarcación que estaba sujeta a la jurisdicción de los Estados Unidos, en violación del Título 46, Sección 1903 (j), (a), y (g) del Apéndice del Código de los Estados Unidos, y del Título 21, Sección 960 (b) (1) (B) (ii) del Código de los Estados Unidos.

    (...)

    Un auto de detención contra el señor Moreano-Blandón...

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